Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 3 de Febrero de 2017, expediente CCC 065594/2013/TO01
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 65594/2013/TO1 Buenos Aires, 1 de febrero de 2017.
Autos para dictar sentencia.
Fecha de firma: 03/02/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B. #24324495#170980952#20170203135727972 Fecha de firma: 03/02/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B. #24324495#170980952#20170203135727972 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 65594/2013/TO1 nos Aires, 3 de febrero de 2017 Y VISTOS:
Reunidos los Señores Jueces de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal nº 27 de la Capital Federal, D..
J.H.R., F.S. y J.E. de la Fuente, para dictar sentencia de conformidad al instituto del juicio abreviado, por el delito de estafa cometida mediante el uso de documento privado falso, en concurso ideal, contra L.A.B., argentino, nacido el 2 de diciembre de 1964 en San Martin, Pcia. de Buenos Aires, empleado, instruido, con domicilio en Ameghino 333 de B., Provincia de Buenos Aires.
Son partes, el F. General, Dr.
G.P. de la Fuente y el señor Defensor, Dr. F.A.D..
RESULTA:
El Dr. J.H.R. dijo:
El F. General, D.P. de la Fuente, presentó por Mesa de Entradas la propuesta de Juicio abreviado que obra a fs. 240 mediante la cual con la firma del imputado y su defensor solicitan al Tribunal que las presentes actuaciones tramiten bajo las reglas del artículo 431 bis del Código Procesal Penal.
A tal efecto, B. reconoce su culpabilidad en orden al delito de estafa cometida mediante el uso de documento privado falso y acepta la pena de un año de prisión en suspenso y costas (arts. 54, 172 y 292 del Código Penal) de Fecha de firma: 03/02/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B. #24324495#170980952#20170203135727972 conformidad con el requerimiento F. de elevación a juicio antes citado.
Y CONSIDERANDO:
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La conformidad del imputado y su defensa en la propuesta que hace llegar el Ministerio Público Fiscal (fs.240); más la ratificación en la audiencia de visu del mencionado acuerdo por parte del imputado y el llamado de autos para sentencia (fs.241 vta. y 242), perfecciona el procedimiento que se peticiona (art. 431 bis incisos 2º y 3º del CPPN).
En tal sentido, con los elementos de prueba incorporados a la causa durante la instrucción y la admisión...
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