Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL, 1 de Febrero de 2017, expediente CCC 029052/2013/TO01

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 29052/2013/TO1 FUNDAMENTOS DEL VEREDICTO DICTADO EL 26/12/2016, EN LA CAUSA N° 4460, SEGUIDA DE OFICIO Y POR QUERELLA CONTRA D.S.R., POR ABUSO SEXUAL AGRAVADO.

RESULTA:

REQUERIMIENTO DE ELEVACIÓN A JUICIO A fs. 262/6 el Señor Fiscal de Primera Instancia expresó

…Se lo acusa a R. de haber abusado sexualmente, en reiteradas oportunidades, de su hija C.Á.R., cuando ésta tenía 3 años de edad.

Ello acaeció durante los primeros seis meses del año 2013, cuando la niña quedaba a su cuidado, en el domicilio sito en la calle Salas 887, piso 2°, “C”, de esta ciudad, oportunidad en la que en repetidas veces le efectuó tocamientos connotación sexual en la zona vaginal, en las nalgas y el estómago, sobre todo cuando la bañaba.

Asimismo, se le endilga el haberle introducido uno de sus dedos en la vagina y en el ano, lo que también sucedió en reiteradas oportunidades, a raíz de lo cual le provocó dolores y ardor en dicha zona a la menor, todo lo cual le ocasionó trastornos de índole psicológica que se exteriorizaron en su conducta…

.

Calificó el hecho como abuso sexual gravemente ultrajante, cometido en forma reiterada contra una menor de trece años de edad, doblemente agravado por ser padre de la víctima y por la situación de convivencia preexistente.

ALEGATOS QUERELLA La parte querellante comenzó el alegato expresando que luego de celebrado el debate, se ha probado el hecho por el que fue elevada la causa a juicio y la participación de R., esto es que abusó sexualmente de su hija C. quien se encontraba a su Fecha de firma: 01/02/2017 Firmado por: P.M.L., JUEZ Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado por: A.N.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L., SECRETARIO #24469503#170496912#20170201093015200 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 29052/2013/TO1 cuidado, el 4/6/2013 cuando el imputado en su casa efectuó

tocamientos por el cuerpo de la niña, las nalgas y el cuerpo en el domicilio de Salas 887.

Dijo que se detectó que con anterioridad el primer semestre del 2013 hubo otro tipo de ataques sexuales, consistentes en la introducción de dedos en la vagina y el ano los cuales se evidenciaron por el comportamiento inhabitual de la menor, ostensibles para el entorno social, por ej, perturbada cuando tenía que ir a la casa del Padre, alterada, llanto, resistencia a ser revisada por los médicos o por los psicólogos para hacer perfil psicológico y esto es porque fue lastimada por el Padre.

En cuanto a las pruebas citó la declaración de la menor en Cámara Gesell; la de su M.L.C., quien a su juicio brindó un relato difícil, se mostró impactada por el hecho; narró que comenzó la relación con R. en el 2008 y que C. nació el 1 de mayo de 2010; que la relación era compleja, que R. tenía un trato denigrante hacia ella, que hubo violencia física que no denunció hasta que se separaron a fines del 2011; que la denuncia en OVD la realizó el 6/6/2013; que C. no se dejaba bañar, tocar, rechazo de la menor y que el hecho puntual fue el de la noche del 6 de junio de 2013 en que comenzó a tocarse compulsivamente la vagina, diciendo que le había prometido al Padre que no le diría nada a la Madre; que el P. la llamó para decirle que la nena se había hecho caca y C. volvió sin bombacha en estado de shock y pasó a un estado de conmoción, enojo y a romper cosas.

Continuó aludiendo a la declaración de C. y expuso que C. cambió, empezó a ser temerosa, a tener pesadillas, sólo la Madre podía acercarse; que a sus 3 años y estando al cuidado del Padre sufrió hechos traumáticos que menoscabaron su personalidad; en reuniones sociales quería tocar las zonas íntimas del Tío, al tiempo que decía que el P. le tocaba la “colacha”.

Fecha de firma: 01/02/2017 Firmado por: P.M.L., JUEZ Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado por: A.N.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L., SECRETARIO #24469503#170496912#20170201093015200 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 29052/2013/TO1 Citó la declaración de R.C. quien habló del cambio emocional de la menor y de los tocamientos, diciendo C. que el Padre la tocaba; en cuanto a la prima L., dio cuenta del mismo suceso de la quinta, que quiso tocar al tío en los genitales; que no se dejaba siquiera dar la mano; mencionó conductas sexualizadas en la casa de unos tíos, L. la vio masturbándose y que en general lo hacía en el baño.

Relataron que a pocos días de hacer la denuncia, cuando A. sacó un burbujero que le había llevado de regalo a la menor, C. dijo “no me metan eso”; que la Madre mencionó que luego de la denuncia, llevó a C. a la Pediatra Patafio para ser revisada respecto del abuso sexual, concurriendo al consultorio con E.K.; que allí fueron sorprendidas por la presencia de R. que estaba como escondido, que la Dra. P. le dijo que el P. había ido a informarle que A. le tocó la cola a L. y que él no había sido; dijo la Letrada que la Pediatra se desentendió del conflicto; que fue abordada antes de que llegara la menor; esto significa que es claro que R. fue a cubrir la responsabilidad porque no sabía las consecuencias que derivarían de la revisación; que lo mencionado es un indicio vehemente de autoría en los hechos porque ningún adulto tuvo contacto con C. salvo el Padre; reiteró

que R. procuraba intentar la impunidad.

Agregó que P. no fue enteramente sincera, ya que en el consultorio la Secretaria lloraba porque no sabía por qué

  1. había ido y negó haber recibido un comentario como el señalado, pero que su declaración no modifica el relato de C. que lo ratificó en el careo; P. no quería líos en el consultorio y la negativa de revisarla hizo que C. tuviera que ir al Hospital de Niños; allí la Dra. V. contó que no pudo revisarla porque el llanto desmedido.

    Fecha de firma: 01/02/2017 Firmado por: P.M.L., JUEZ Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado por: A.N.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L., SECRETARIO #24469503#170496912#20170201093015200 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 29052/2013/TO1 Añadió que fue asistida por L.Z., quien no realizó

    diagnóstico, pero la profesional comentó lo sucedido; señaló que la trató entre octubre 2013 y abril 2014 y cuando concluyó que no podía asegurar que hubiera existido abuso sexual porque no era perito para verificarlo, pero señaló que en los juegos se veía mucha ambivalencia entre lo que estaba bien y mal; en cambio en el cambio de roles, se veía situaciones de dolor físico, comentando que jugando con la dicente, los chicos elaboran las situaciones que viven y que actuaba lo que había padecido en forma pasiva; que llamó la atención que no había solo pesadillas sino conjunto de síntomas, un conflicto importante, un juego tortuoso, en el que había insistencia en el que había padecimiento y destrucción; los profesionales leen a partir del juego los conflictos que los chicos llevan al espacio; dijo que la profesional afirmó que no podía asegurar que se tratara de episodios de violencia doméstica.

    Siguió diciendo la querellante que en la actualidad C. está bien pero que no quiere ver al P.; asegurando la letrada que tiene un motivo, siente un rechazo genuino; asimismo dijo que G. no mencionó síntomas de apego parental; que se descartó

    que Cárcano haya interferido dolosamente para alejarla de sentimientos de afecto hacia el Padre; y que en la declaración de C. a los 6 años, dijo que no tenía P. y eso es porque a los 3 fue sometida; situación que si superó fue por los cuidados de la Madre; que el Licenciado Novaro manifestó que no había cicatrices de victimización sexual.

    Señaló que la querellante hizo la denuncia para que la hija volviera a ser feliz, pero que esté bien hoy, no significa que el hecho no haya existido porque repasando la prueba surge lo contrario:

    que el autor fue R., porque lo dijo la nena a los 3 años; los testigos lo sitúan en el hecho y no basta el informe de Chicatto, ya que para cometer el hecho no se requiere tener patologías perversas, sólo Fecha de firma: 01/02/2017 Firmado por: P.M.L., JUEZ Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado por: A.N.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L., SECRETARIO #24469503#170496912#20170201093015200 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 29052/2013/TO1 el conocimiento de vulnerar la libertad sexual y la voluntad de querer hacerlo.

    Se refirió a la escuela y citó el testimonio de Lo Votrico a quien dijo que se le leyó la anterior declaración y recordó que jugando C. dijo que el P. le metió el dedo en la cola de adelante y que al poco tiempo cuando tuvo que ir a declarar se lo repitió; la maestra recordó que dio cuenta de un problema con el P. y J.R. así lo consignó en el cuaderno de comunicaciones; hay una nota del 24 de abril en donde se consignó que la menor habría dicho “No tengo P. me metió los dedos y mi M. se porta bien”.

    Añadió que le suma a lo anterior los cambios de personalidad en la menor, que en estos hechos no hay testigos pero que más prueba no es posible reunir; ya que se cometieron en la privacidad e intimidad. Asimismo, dijo que C. nunca volvía feliz de la casa del padre, que estaba con crisis, lloraba y se angustiaba.

    En cuanto a los profesionales que declararon, la querella repasó que A.M.C., quien entrevistó a C. casi después de denunciar; indico que ésta estaba muy afectada, conmocionada y sindicaba al Padre como autor de los abusos; que hizo una mirada lateral de C., que estaba angustiada porque jugaba con una muñeca a la que maltrataba y decía que tenía dolor.

    La Licenciada C.F. ratificó el informe de fs.

    126/9 y señaló que le costó mucho hacer las entrevistas con la menor, que había rechazo al P.; que tocaba las zonas genitales de los muñecos; alguien la había lastimado; las sensaciones de rechazo dijo que son normales en niños...

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