Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 6 DE LA CAPITAL FEDERAL, 27 de Diciembre de 2016, expediente CCC 007645/2015/TO01

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 6 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 6 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 7645/2015/TO1 Buenos Aires, 27 de diciembre de 2016.

VISTA:

La causa N° 7645/2015 (Nº interno 4759)

seguida a A.D.A. (o A.S.R. o D.A.A. o A.D.A. o D.A.A. o A.D.A. o D.A.A.G. o D.A.A.) –de nacionalidad argentina, nacido el 12 de agosto de 1974 en esta Ciudad, de estado civil soltero, hijo de O.A.A. y de Salustiana Gamarra, identificado con documento nacional de identidad 23.552.576 y legajo serie de la P.F.A. RH 267.122, con ultimo domicilio en la calle A. de Vedia 2325, manzana 5, casa 263 del Barrio Illia de esta ciudad- en orden a los delitos de resistencia a la autoridad y lesiones graves calificadas.

A fin de dictar sentencia, se reúnen los señores jueces integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 6 de la Capital Federal, D.. R.M.R., G.J.Y. y A.M.B., con la asistencia de la secretaria, Dra.

M.C.C..

Intervienen en el proceso el señor fiscal, D.D.T.N. y la Defensora Pública Coadyuvante Dra. G.R., en la representación del procesado.

Y CONSIDERANDO:

Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIA #26782472#170000251#20161227151911183 Que a fs. 221/222 las partes han presentado un acuerdo por el que solicitan que se someta la causa seguida al imputado A.D.A. al instituto del juicio abreviado previsto en el art. 431 bis del código de rito. En tal sentido, el Ministerio Público Fiscal ha convenido con el acusado y su defensa, la imposición de una pena de un año y cuatro meses de prisión y costas, con más la declaración de reincidencia, para que de esta manera responda como autor penalmente responsable del delito de resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones culposas; y la pena única de un año y ocho meses de prisión y declaración de reincidencia, comprensiva del pedido que se realiza en la presente causa y de la pena de siete meses de prisión y reincidencia que le impuso este Tribunal el 15 de julio de 2016 en la causa 4759 (arts. 29 inc. 3°, 45, 50, 54, 58, 94, primer párrafo y 239 del Código Penal, y 530 y 531 del C.P.P.N.).

Concretada la audiencia de visu prevista en la ley adjetiva y ratificado el acuerdo por el imputado ante el tribunal (fs. 224), corresponde analizar el cuadro probatorio reunido en la etapa instructora, con el fin de verificar si satisface las exigencias constitucionales y procesales que permiten concluir en un fallo condenatorio.

Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIA #26782472#170000251#20161227151911183 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 6 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 7645/2015/TO1 En tal dirección, el Dr. Ricardo M.

Rojas dijo:

  1. Los elementos de juicio reunidos en la causa que aquí se analizan son suficientes, evaluados de conformidad con los principios de la sana crítica y la doctrina del precedente “C.” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos 328:3399), para tener por demostrada la intervención penalmente responsable del imputado en el hecho que a continuación se indica.

    De esta manera, está fuera de toda duda razonable que el 9 de febrero de 2015, siendo alrededor de las 9.30, en la Avenida Fernández de la Cruz al 1300 de esta Ciudad, A.D.A. resistió las órdenes impartidas por los O.M.E.P. y H.G.F., de la Policía Metropolitana, provocando con dicho accionar que el último de los nombrados sufriera lesiones consistentes en la fractura de la base de la cabeza del quinto metacarpiano de su miembro superior derecho.

    En esa oportunidad, mientras el imputado se hallaba durmiendo frente a la puerta de un domicilio en dicha arteria, se aproximó el Oficial Pogonza y le solicitó que se retirara de dicho lugar, ante lo cual aquél se mostró molesto, caminando unos metros y volviéndose a acostar en la vía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR