Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 18 de Noviembre de 2016, expediente FCR 019370/2014/TO01
Fecha de Resolución | 18 de Noviembre de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 19370/2014/TO1 Comodoro Rivadavia, 18 de noviembre de 2016.-
Y VISTOS:
Este expediente Nº 7648/2013/TO1, caratulados "TASCON, M.R. s/Infracción Ley 23.737" del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia.-
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 300/3 la Defensa Particular de D.O.B. interpone recurso de casación contra la sentencia definitiva del 3 de octubre de 2016 (fs. 289/98) de este Tribunal, enmarcando su pretensión en el art. 456 incs. 1 y 2 del Código Procesal Penal.-
Que la parte recurrente propicia se case sentencia definitiva que resolvió: “1) RECHAZANDO el planteo de nulidad formulado por la Defensa Particular de D.O.B. (arts.166, 167, 183, 230 bis del Código Procesal Penal, Art. 18 de la Constitución Nacional; 2). CONDENANDO a D.O.B., DNI N°
28.461.222, de las demás condiciones personales obrantes en autos, como autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, en concurso real con el delito de resistencia a la autoridad y lesiones leves, en concurso ideal con este último, a la pena de siete años de prisión que deberá cumplir en una cárcel federal, multa de pesos cinco mil ($
5.000), accesorias legales y las costas del juicio (arts. 1,5, 12, 29 inc. 3. 40, 41, 45, 77, 89 y 239 del Código Penal, art. 5 inc. C de la ley 23.3737; y arts. 399, 403, 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal); 3) ORDENANDO que por Secretaría se practique oportunamente el cómputo de pena, el comiso del vehículo Fiat Siena dominio IVE-291 y demás elementos usados en el delito, y se destruya la droga incautada (art. 30 de la ley 23.737)”.-
En cuanto al art. 456 incs. 1 y 2 del CPP, sostiene: 1) la nulidad del operativo de prevención policial; 2) la ausencia de análisis de los distintos elementos que componen el tipo penal de resistencia a la autoridad; 3) que la víctima no instó la acción por el delito de lesiones leves; y 4) la arbitrariedad y falta de motivación en la fijación de la pena, pretendiendo que la Cámara Federal de Casación Penal revoque la resolución atacada y absuelva a su asistido o modifique su calificación jurídica.-
Hace reserva del Caso federal.-
Que el fallo impugnado reúne los requisitos objetivos del art. 457 del Código Procesal Penal de la Nación, habiéndose hecho la presentación dentro del término legal, teniendo en cuenta los feriados judiciales y días declarados...
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