Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 11 DE LA CAPITAL FEDERAL, 15 de Diciembre de 2016, expediente CCC 051157/2014/TO01

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 11 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 11 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 51157/2014/TO1 Buenos Aires, 15 de diciembre de 2016.

Y VISTOS:

Se reúnen los señores Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 11 de la Ciudad de Buenos Aires, doctores Jorge H.

Romeo -Presidente-, F.R.D. De Laurentiis y E.M.P. - con la presencia del señor S. de Cámara, doctor Martín S.

Peluso, para dictar sentencia en la presente causa Nº 5047 por los delitos de resistencia a la autoridad en concurso real con daño agravado por haber sido cometido contra un bien de uso público contra L.E.R., titular del D.N.

  1. nro. 39.772.305, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, nacido el dÍa 21 de agosto de 1996, hijo de L.A. y K.E.R., con domicilio en la Avenida Iriarte 3600, manzana 15, casa 46 del Barrio de Emergencia denominado "Villa 21" de esta ciudad, identificado en la Policía Federal con el prio. AGE 160945, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal II Anexo Unidad 24 de Jóvenes Adultos a exclusiva disposición del Juzgado Nacional de Menores n°

    3, Secretaría n° 8) .

    Son partes en la presente causa el señor F. General, doctor C.O.G.B. y la señora Defensora Oficial de Cámara, doctora L.N., de cuyas constancias.

  2. Que en lo que hace a la materia de juicio y conforme surge del requerimiento fiscal de fs. 83/86, se le imputa a L.E.R. “Hecho 1…haberse resistido a las ordenes impuestas por personal de la Brigada de Investigaciones de la Comuna 4 de la Policía Metropolitana, en momentos en que estos procuraban su detención.

    Dicho suceso tuvo lugar el día 21 de agosto de 2014, siendo alrededor de las 15.30 horas, sobre la calle O.C. a F. de firma: 15/12/2016 Firmado por: FLOREAL R DE LAURENTIIS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: ENRIQUE MARIO POSE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.E.L., SECRETARIA DE CAMARA #28537307#168826892#20161221125805541 pocos metros de su intersección con el Pasaje Montesquieu, frente a la manzana 24, del barrio de emergencia denominado "Villa 21" de esta ciudad.

    En aquella oportunidad, los numerarios de la fuerza mencionada, S.E.J.L., los O.G.P., L.C.V., G.E.R.. y el O.M.J.A.R. viajaban por el lugar mencionado a bordo de un m6vil no identificable Orden S.I 137, marca Chevrolet, modelo Corsa, dominio IOW-062, abocados a tareas investigativas relacionadas al sumario identificado como FN.

    29.867/2014 caratulad: "NN s/homicidio simple. Damn: PANIAGUA, C.E.", donde reconocieron al imputado entre un grupo de 10 personas aproximadamente, quien se encontraba rebelde en el marco de la causa nro. 46.076/2013 (44022/2012) caratulada "RAMOS, L.E. s/ homicidio simple" del Tribunal Oral de Menores nro. 3.

    Atento a ello, los preventores descendieron del vehiculo dando la voz de "alto policía", momento en el cual R. al verse descubierto intento darse rápidamente a la fuga. Esta situación fue evitada por V. y R., quienes lograron tomarlo del cuerpo comenzando así un forcejeo entre ellos.

    Al mismo tiempo, los vecinos del barrio intentaron frustrar la labor policial, al arrojarles todo tipo de elementos, tales como cascotes y varillas metálicas, resultando lesionados Ríos y R. y dañado el móvil en el cual viajaban.

    Hecho II:

    Se le endilga también a R. haber provocado daños en el móvil policial antes señalado.

    Transcurridos unos minutos del episodio antes descripto, los preventores lograron hacer ingresar al automóvil a R., una Fecha de firma: 15/12/2016 Firmado por: FLOREAL R DE LAURENTIIS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: ENRIQUE MARIO POSE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.E.L., SECRETARIA DE CAMARA #28537307#168826892#20161221125805541 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 11 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 51157/2014/TO1 vez dentro el acusado intento zafarse nuevamente de la situación, tirando todo tipo de golpes y patadas, lo que provocó el desprendimiento del panel interno de la puerta derecha trasera.

    Finalmente, uno de los oficiales solicitó apoyo radial y se hicieron presentes en la zona personal de Prefectura Naval y otro móvil de la Policía Metropolitana, quienes logaron allanar el camino para que puedan retirarse del lugar y así terminar el procedimiento en las oficinas de la Comuna 4, donde se logró identificar fehacientemente al encartado, su formal detención y lectura de derechos….”.

    La Fiscalía de Instrucción, a cargo del doctor M.M.L., acusó al imputado como autor del delito de resistencia a la autoridad, en concurso real con daño agravado por haber sido cometido contra un bien de uso público (arts. 45, 55, 184 inc. 5, 239 del C.P.).

  3. Elevada la causa a esta instancia, el señor F. General de Juicio, a fs. 126, presentó propuesta en los términos del art. 431 bis C.P.P.N. Surge de la misma que el acusado, asistido por su defensa técnica, prestó conformidad sobre la existencia de los hechos reprochados y su participación en los mismos, conforme fueran descritos en el requerimiento de elevación a juicio de fs.

    83/86.

    La Fiscalía postuló, en...

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