Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5, 12 de Octubre de 2016, expediente CCC 064420/2014/TO01

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 CCC 64420/2014/TO1 M., de octubre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver sobre la competencia de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de San Martín, para intervenir en la presente causa CCC 64420/2014 (registro interno n° 3507) seguida contra C.F.G..

RESULTA:

  1. Que en el requerimiento de elevación a juicio de fs. 99/101 se le imputa a C.F.G. haber receptado con conocimiento de origen ilícito y con fines de lucro, el moto vehiculo marca Honda, modelo F., dominio colocado 349-HHZ, la cual había sido sustraída a L.M.M. en Capital Federal el 14 de abril de 2014.

    Asimismo, entendió que la conducta desplegada por el incuso debía calificarse como infracción a los arts. 45 y 277, inciso primero, apartado “c”, e inciso tercero, apartado “b” del CP, en calidad de autor.

  2. Que, por otro lado, tal como surge de las constancias obrantes a fs. 131 y 132, ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 1 de S.M., C.F.G. registra en trámite las causaS nro. 3062 y sus acumuladas 3124 y 3145, en las que se le imputa, entre otros, los delitos de asociación ilícita en concurso real con Fecha de firma: 12/10/2016 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AUGUSTO J.M., SECRETARIO AD HOC #27200186#163683787#20161004105857850 privación coactiva de la libertad agravada por el número de intervinientes en su ejecución –dos hechos-; secuestro extorsivo agravado por la concurrencia de más de tres personas en su comisión, en grado de tentativa –un hecho-, en concurso ideal con el de robo agravado por haberse cometido con armas, en poblado y en banda –en tres hechos-, los que a su vez concurren realmente con los delitos de tenencia ilegal de arma de guerra de uso civil condicional, en calidad de coautor (arts. 45, 54, 55, 142 bis primer párrafo inc. 6°, 166 inc. 2°, en función del 167 inc. 2°, 170 primer párrafo inc. 6°, 189 bis inc. 2° y 210, primer párrafo del C.P.).

    Y CONSIDERANDO:

    Que de lo expuesto en los resultas se infiere, en primer lugar, que ambas causas resultan conexas en virtud de lo dispuesto por el inciso 3ro. del artículo 41 del Código de forma, toda vez que se trata de una misma persona –

    C.F.G.- a la que se le imputan varios delitos.

    En segundo lugar, la primera regla de conexidad, establecida en el artículo 42...

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