Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5, 24 de Octubre de 2016, expediente FSM 001800/2009/TO01

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Causa nº 2425 Año 2016 Registro Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 1800/2009/TO1 M., de octubre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el marco de la presente causa FSM 1800/2009/TO1 caratulada “C.M., R.D. y otros s/ secuestro extorsivo”, de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 5 de San Martín.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el imputado M.J.P. requirió

    a fs. 1913/4vta, 1917/8vta, 1939/40vta y 2045 la unificación de las condenas impuestas a su respecto de acuerdo a lo establecido en el art. 58 del C.P. y, asimismo, que se revea su situación en relación al art. 13 del C.P.

    Conferida la vista al defensor público oficial, este sostuvo que la unificación de las penas conforme lo normado por el art. 58 del C.P. colocaría a su asistido P. en una situación procesal más favorable teniendo en cuenta las penas impuestas y los lapsos que permaneció

    en detención.

    Concretamente requirió que se aplique al caso el sistema composicional imponiéndose a M.J.P. el mínimo legal proveniente de la unificación de penas, esto es, 18 años de prisión. Ello, teniendo en cuenta que una pena de mayor gravedad a la solicitada no beneficiaría a su rehabilitación social.

    Por último y como consecuencia de aquello, entendió que corresponde se practique un nuevo cómputo de pena y se le otorgue la libertad asistida al nombrado (fs.

    1929/1930 y 2053/4).

    Fecha de firma: 24/10/2016 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AUGUSTO J.M., SECRETARIO AD HOC #8962043#164256454#20161024090707883 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Causa nº 2425 Año 2016 Registro Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

    TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 1800/2009/TO1

  2. Que, el 13 de diciembre de 2010, M.J.P. fue condenado en la presente causa FSM 1800/2009 (RI N° 2425) a la pena de 18 años de prisión, con accesorias legales y costas, manteniendo la declaración de reincidencia efectuada a su respecto, por ser coautor de los delitos de secuestro extorsivo, agravado por la minoridad de la víctima y por haber sido cometido con la intervención de tres o más personas, y de robo mediante el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada, agravado por haber sido cometido en poblado y en banda (hecho 1, víctima B.J.M., de fecha 1/02/2009), los que concurren idealmente entre sí; y de los delitos de secuestro extorsivo agravado por haber sido cometido con la intervención de tres o más personas y de robo mediante el uso de armas de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada, agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, los que concurren idealmente entre sí (hecho 2, víctima A.J.P.P., de fecha 21/02/2009); concurriendo realmente entre sí los hechos identificados como 1 y 2; todo ello conforme los arts. 45, 50, 54, 55, 166 último párrafo, 167 inciso segundo y 170 incisos 1° y...

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