Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 5 de Diciembre de 2016, expediente CCC 006160/2013/TO01

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 6160/2013/TO1 Buenos Aires, 5 de diciembre de 2016.-

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 24 M.C.M., en su condición de presidente, Raúl H.

Llanos y M.A., con la presencia de la secretaria M.E.D.R., para dictar sentencia en las causas n° 6160/13 (registro interno 4119 M) seguida a G.S.Z. (argentino, nacido el 19 de enero de 1995 en esta ciudad, hijo de V.J. y de M.R.P., titular del DNI N° 38.708.904, identificado con prontuario policial R.H. n° 299.767 y n° 3.651.302 del Registro Nacional de Reincidencia, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal n° II –Marcos Paz-) e I.A.D. (argentino, nacido el 24 de diciembre de 1991 en esta ciudad, hijo de J.F. y de M.A.G., titular del DNI N°

36.726.462, identificado con prontuario policial C.

  1. n° 17.581.678 y expediente 02957226 del Registro Nacional de Reincidencia, domiciliado en la calle Algarrobo 2391 de la ciudad de Guaymallén, provincia de Mendoza) por el delito de robo calificado por haber sido cometido en poblado y en banda y lesiones graves en concurso real con falsa denuncia (estos últimos sólo respecto de D., y la causa n°

    31.261/16 (registro interno 4404 M) seguida al mencionado G.S.Z. por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada.

    Concluida la deliberación se dispone leer la parte dispositiva de la sentencia y fijar la audiencia del 14 de diciembre de 2016 a las 13:00 horas, para la lectura integral de sus fundamentos.

    Fecha de firma: 05/12/2016 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.D., SECRETARIO DE CAMARA #27306177#168424588#20161205152206851 En virtud de ello, el Tribunal, por mayoría RESUELVE:

  2. CONDENAR a G.S.Z., de filiación ya consignada, a la pena de CUATRO AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, en concurso real con robo agravado por haber sido cometido con arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse de ningún modo por acreditada, también en calidad de coautor (arts. 12, 29 inc. 3°, 45, 55, 166, inc. 2°, último párrafo y 167, inc. 2° del Código Penal; arts. 403 y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR