Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2, 14 de Noviembre de 2016, expediente CFP 017848/2007/TO01

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 CFP 17848/2007/TO1 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL NRO. 2, CAUSA NRO. 2487 “SCHLIETER, J.A. y Otros s/

Infracción Art. 172 del Código Penal de la Nación; y Art. 31, inciso ‘B’ de la Ley 22.362”.-----------------------------------------

Reg. de Interlocutorios nro._________.-

Buenos Aires, 14 de noviembre de 2016.-

AUTOS:

Para resolver respecto del pedido de solicitud de suspensión del juicio a prueba formulado por las defensas de los imputados J.A.S., J.S.C. y H.O.B. en la causa nro. 2487 del registro de este tribunal.-

VISTOS:

  1. Que conforme surge del requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 1197/1214 se imputa a los nombrados el delito de estafa, en concurso ideal con el delito de uso de marca registrada falsa, ambos en 29 oportunidades que concurren materialmente entre sí, en calidad de autores (Arts. 45, 54, 172 del Código Penal de la Nación y Art. 31 inciso ‘B’ de la Ley 22.362).-

  2. A fs. 1296, 1323 y 1353, los Dres. G. –defensor de C.-, B. –defensor de Brasesco- y T. –defensor de S.-, solicitaron la suspensión del juicio a prueba en favor de sus asitidos. Así, el tribunal dispuso fijar audiencia en los términos del art. 293 del C.P.P.N., que, conforme surge de fs. 1358/1360, se celebró

    el día 9 de noviembre pasado.-

  3. Del acta labrada en consecuencia –que deberá

    considerarse parte integrante del presente- surge que S. ofreció

    Fecha de firma: 14/11/2016 Firmado por: J.A.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.U. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.B., SECRETARIO DE JUZGADO #27640777#166885821#20161115134628721 realizar tareas comunitarias en el lugar que el Tribunal estime, por el plazo de seis (6) horas semanales durante dos (2) años, aceptando por otra parte, abonar el pago del mínimo de la multa establecido por ley de $136,86.-

    Concedida la palabra a su defensa, a fin de que fundamente técnicamente la petición, el Dr. Thomander solicitó se haga lugar al pedido de suspensión de juicio a prueba toda vez que dicho instituto resulta procedente en virtud del delito que se le imputa a su pupilo y que en caso de recaer condena y ser impuesta una pena, la misma sería de ejecución condicional. Asimismo, hizo saber que su asistido no cuenta con antecedentes penales y que resultaba adecuado el ofrecimiento de realizar tareas comunitarias en el lugar que estime el Tribunal por el plazo de seis (6) horas semanales durante dos (2) años.

    Finalmente, expuso que a su criterio no corresponde el pago de una indemnización a la AFIP ya que dicho organismo no sufrió un menoscabo en sus arcas, pero que se mantiene la oferta de pagar trescientos pesos ($ 300) a cada contratante de publicidad (presuntos damnificados), los cuales no se han presentado en el presente proceso.-

    Por su parte, C. ofreció realizar tareas comunitarias en el lugar que el Tribunal estime por el plazo de doce (12) horas semanales durante un (1) año, aceptando abonar el pago del mínimo de la multa establecido por ley de $136,86.-

    Su defensa -el Dr. Griselli- solicitó se haga lugar al pedido de suspensión de juicio a prueba en los mismos términos que el Dr.

    Thomander, agregando que su ahijado procesal no es funcionario público, sino un empleado público, y que sin perjuicio de ello, el delito en cuestión no fue cometido en ejercicio de sus funciones. Asimismo, Fecha de firma: 14/11/2016 Firmado por: J.A.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.U. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.B., SECRETARIO DE JUZGADO #27640777#166885821#20161115134628721 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 CFP 17848/2007/TO1 expuso que su asistido ofreció pagar la suma de quinientos pesos ($500)

    a cada eventual víctima que se presente; quince mil pesos ($15.000) a la AFIP y realizar tareas comunitarias en el lugar que el tribunal estime por el plazo de un (1) año, a razón de doce (12) horas semanales.-

    Por último, B. ofreció realizar tareas comunitarias en el lugar que el Tribunal estime por el plazo de seis (6) horas semanales durante catorce (14) meses, aceptando abonar el pago del mínimo de la multa establecido por ley de $136,86.-

    Su defensor, el Dr. B., también solicitó se haga lugar al beneficio de suspensión de juicio a prueba en virtud del delito que se le imputa a su pupilo, su falta de antecedentes penales y que, en caso de ser impuesta una pena, sería de ejecución condicional.

    Asimismo, peticionó se le otorgue el beneficio en cuestión cumplimentando las tareas comunitarias en el lugar que estime el Tribunal por el plazo de seis (6) horas semanales durante catorce (14)

    meses y ofreció el pago de dos pesos ( $2.000) en concepto de reparación.-

  4. Concedida la palabra a la parte querellante, la representante de la AFIP, Dra. M.G.S., manifestó que tal como surge del poder otorgado por la AFIP, no es...

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