Sentencia de TRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 3, 1 de Diciembre de 2016, expediente CPE 990000111/2013/TO01

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 3

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 3 CPE 990000111/2013/TO1 Buenos Aires, 1 de diciembre de 2016.

AUTOS y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N° N° 2256 caratulada “E., diego pablo s/inf. art. 302 del C.P.” (CPE 990000111/2013/TO1), del registro de este Tribunal Oral Penal Económico N° 3 seguida contra D.P.E., argentino, nacido el 8 de septiembre de 1969 en Avellaneda, PBA, DNI nro. 20.698.281, instruido, divorciado, con domicilio en la calle Brandsen nro. 1770, piso 9° de la CABA.. Interviene en representación del Ministerio Público Fiscal, el Dr. M.A.V., a cargo de la Fiscalía N° 4 y como parte querellante el Sr.

M.S., con el patrocinio del Dr. L.E., con domicilio constituido en Esmeralda 614, piso 1ro. “B” de esta ciudad; Y CONSIDERANDO :

  1. Que a fs. 485/490 la Sra. Fiscal de instrucción, Dra. G.R.M., imputó a D.P.E. la comisión del delito previsto en el art. 302, inc. 3ro. primer supuesto del CP, en calidad de partícipe primario (art. 45 del CP), ello en relación al libramiento y posterior rechazo por “orden de no pagar”, fuera de los casos que la ley autoriza, de los siguientes cheques de pago diferido del Banco Francés, todos de la Sucursal Quilmes, cuenta corriente nro. 109-20-011041-9-00, de la firma “Corporación Punto Group S.A.”: nro. 00338426 - librado el 8/06/09 y fecha de pago 10/9/09-; nro.00338427 - librado el 8/06/09 y fecha de pago 29/9/09; nro.

    00338428 - librado el 8/06/09 y fecha de pago 15/10/09 -, nro.

    00338429 - librado el 8/06/09 y fecha de pago 29/10/09 y nro.

    00338430 - librado el 8/06/09 y fecha de pago 27/08/09 – Cada uno de los cartulares fue emitido por la suma de nueve mil pesos ($

    9.000).

  2. Que a fs. 542/544 este Tribunal resolvió hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba respecto del nombrado por el término de UN AÑO, estableciendo como reglas de conducta, las siguientes:

    Fecha de firma: 01/12/2016 Firmado por: K.R.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.H.R., SECRETARIO #11674769#168093616#20161202122002649 a) Fijar domicilio y notificar al Tribunal de cualquier modificación del mismo (art. 27 bis inc. 1ro. del CP).b) S. al control de la Secretaría de Ejecución Penal de este Tribunal;c) Abstenerse de ser titular de cuentas corrientes u operar en las de terceras personas. d)

    Realizar durante el tiempo de suspensión tareas no remuneradas en la Asociación de Fomento Crucecita...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR