Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2, 4 de Noviembre de 2016, expediente CCC 061684/2015/TO01

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 CCC 61684/2015/TO1 T.O.F. N° 2, Causa N° 2625 “O.R.G.D. y otro s/inf.

art. 189 y 277 del C.P.

Reg. de interlocutorios n°

Buenos Aires, 4 de noviembre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N° 2625, del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, seguida contra G.D.O.R. y N.R. en orden a los delitos de portación de arma de guerra sin la debida autorización legal en concurso real con el encubrimiento de su sustracción, con ánimo de lucro, en calidad de coautores (arts. 45, 55, 189 bis inc. 2°, cuarto párrafo y art. 277 inc. 1 punto c) e inc.

  1. , punto b) del CP).

Y CONSIDERANDO:

  1. Los presentes actuados llegan a conocimiento de estos estrados con motivo de la resolución dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal nro. 1 en que se dispuso “…no aceptar la competencia para entender en la presente causa contra G.D.O.R. y N.R. y remitirla al Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2, donde actualmente tramita la Fecha de firma: 04/11/2016 Firmado por: J.A.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.U. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.P.B., SECRETARIO DE CAMARA #28887905#166181664#20161107161027993 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 CCC 61684/2015/TO1 causa originaria nro. 9916/2014…invitando a sus integrantes a que en caso de discrepar con lo aquí resuelto eleven la presente al Tribunal Superior para que dirima la cuestión…” (fs. 281/283).

    Dicho temperamento fue fundado en la estrecha vinculación existente entre los delitos de tenencia ilegítima de arma de guerra y la comercialización de estupefacientes que le son enrostrados a los nombrados en estas actuaciones y en el expediente nro. 9916/2014 respectivamente.

    En este sentido, nuestros distinguidos colegas consideraron que “…separar la continencia de la causa significaría perjudicar una mayor celeridad y eficiencia de las decisiones, lo que debe ser evitado, más aún cuando en atención a que tanto la sustancia estupefaciente como el armamento fueron hallados como resultado de una única investigación en el domicilio de los imputados; ello a fin de satisfacer las exigencias del principio de economía procesal y mejor administración de justicia…”.

  2. Corresponde señalar que la imputación efectuada a los encausados por la titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción nro. 19 se circunscribe al “…hecho ocurrido el 27 de agosto de 2015, en el Hotel Carrasco, sito en P.G. 531, habitación 2, donde residían los imputados, lugar que fue allanado por orden del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal nro. 7, en el marco de la causa nro. 9916/14, en la que se investigaba el delito de comercialización de estupefacientes. En Fecha de firma: 04/11/2016 Firmado por: J.A.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.U. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.P.B., SECRETARIO DE CAMARA #28887905#166181664#20161107161027993 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 CCC 61684/2015/TO1 dicha oportunidad se secuestró, del interior de una cartera de neopreno negra con cierre, con la inscripción “Each Degitalcase”, ubicada en la parte superior de un placar existente en la habitación, una pistola marca “Mini Thunder”, calibre 9mm, color negro, con nro. de serie 443847, con almacén cargador colocado con diez cartuchos intactos del mismo calibre, ambos elementos aptos para producir disparos. Además, se les atribuye la recepción del...

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