Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2, 15 de Noviembre de 2016, expediente CFP 015131/2007/TO01

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 CFP 15131/2007/TO1 Buenos Aires, 15 de noviembre de 2016.

  1. al principal el Legajo de Suspensión de Juicio a prueba de W.R.D.A., corrigiéndose su foliatura para que la misma resulte correlativa.

F., pasen los autos a despacho para resolver.

Ante mí:

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Conste.

Fecha de firma: 15/11/2016 Firmado por: J.A.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.U. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO DE JUZGADO #632926#165555849#20161115143207773 Fecha de firma: 15/11/2016 Firmado por: J.A.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.U. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO DE JUZGADO #632926#165555849#20161115143207773 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 2 CFP 15131/2007/TO1 T.O.C.F. N° 2, causa N..

2120 caratulada “TEDALDI, M.E. y otros s/ inf.

arts. 210, 258, 275, 288, 292 y 299 del C.P. y art. 33 inc. “b”

y “c” de la ley 20.974

Registro de interlocutorios N.:

nos Aires, 15 de noviembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa respecto de la situación procesal de Wenceslaa Rivarola Diarte (de nacionalidad paraguaya, titular del DNI Nro. 92.155.139, nacida el 28 de septiembre de 1953 en Arroyo Care, Misiones, República del Paraguay, hija de S.R. y de Exaltación Alberta Diarte).

Y CONSIDERANDO:

Que con fecha 13 de mayo de 2014, este Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 resolvió en la causa N.. 2120 caratulada “TEDALDI, M.E. y otros s/ inf. arts. 210, 258, 275, 288, 292 y 299 del C.P. y art. 33 inc. “b” y “c” de la ley 20.974” suspender el juicio a prueba por el término de dos años y seis meses, respecto de W.R.D., quien en ese período debía: a) Fijar residencia y someterse al cuidado de un Fecha de firma: 15/11/2016 Firmado por: J.A.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.U. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO DE JUZGADO #632926#165555849#20161115143207773 Patronato (art. 27 bis, inciso 1° del Código Penal); b) Realizar tareas comunitarias no remuneradas en el Centro de Jubilados y Pensionados “Loma Verde” ubicado en la calle P. 134 de Adrogue, Partido de Almirante Brown, Provincia de Buenos Aires por un total de doscientos ocho (208) horas (artículo 27 bis, inciso 8°, del Código Penal de la Nación)-conforme fojas 17923/17929-

Asimismo, con fecha 26 de octubre de 2016 la Delegación Almirante Brown I del Patronato de Liberados Bonaerense informó que la nombrada cumplimentó con sus obligaciones. -conforme fojas 19242/19245-

De conformidad con la certificación de antecedentes obrante a fojas 19241, W.R.D., no registra condenas anteriores ni procesos pendientes más que el presente.

A fojas 19246 obra el dictamen de la Sra...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR