Sentencia de TRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 1, 14 de Noviembre de 2016, expediente CPE 000691/2014/TO01

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación «Tribunal Oral Penal Económico N°1»

CPE 691/2014/TO1 n la ciudad de Buenos Aires, a los quince días del mes de septiembre de dos mil dieciséis, se reúne el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº 1, integrado por los Dres. J.P. y S.B.C. de P.L., con la asistencia del Secretario autorizante Dr. A.J.L., para dictar sentencia en la presente causa Nº CPE 691/2014/TO1 (2539/14), caratulada: “C.L.B.; ROJAS SANCHEZ Yorleidy S/CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES”, respecto de la encartada L.B.C., argentina, con D.N.

  1. Nº 24.738.008, nacida el día 19 de junio de 1975 en la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, encargada de edificio, con domicilio real en la calle 530 entre 139 y 140 del Barrio San Carlos, La Plata, Provincia de Buenos Aires, hija de G. y N.L.S..

    Asimismo interviene como letrada Defensora de la nombrada, la Dra. M.M.M., Defensora Pública Coadyuvante de la Unidad de Letrados Móviles ante los Tribunales Orales en lo Penal Económico, con domicilio constituido en la calle 25 de mayo 691, piso 6º, frente, de esta Ciudad; y como Fiscal de Juicio, el Dr. M.A.V., a cargo de la Fiscalía Nº 4 ante los Tribunales Orales en lo Penal Económico; de la cual:

    RESULTA:

  2. Que el objeto procesal de la presente causa se ciñe al intento por parte de L.B.C., de egresar del territorio nacional, sustancia estupefaciente disimulada en el interior de un envío postal internacional encaminado a través del Centro Postal Internacional, sito en Fecha de firma: 14/11/2016 Firmado por: S.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.J.L., SECRETARIO DE CAMARA #23791685#166854900#20161114112956269 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación «Tribunal Oral Penal Económico N°1»

    CPE 691/2014/TO1 Av. Antártida Argentina y Pasaje Letonia de esta Ciudad, identificado con el Track and Trace Nº CX104525678 AR, cuyo destino era la Ciudad de Sidney, Australia. Tal conducta fue calificada por la Sra. Fiscal de Instrucción como constitutiva del delito de contrabando de exportación agravado por tratarse de estupefacientes destinados a ser comercializados arts. 864, inc. “d”, 866, segundo párrafo y 871 del Código Aduanero; debiendo responder en calidad de autora (art. 45 del Código Penal).

  3. Que a fs. 460/464, el Sr. Juez de Instructor resolvió decretar la clausura de la instrucción respecto de estas actuaciones y disponer la elevación a juicio en relación a una de las imputadas L.B.C. y su consorte de causa, procediendo en consecuencia.

  4. Radicada la causa en la sede de este Tribunal, la Fiscalía, la procesada y su Defensa, conforme lo normado por el art. 431 bis del C.P.P.N., arribaron al acuerdo incor

    porado a fs. 877/878, de cuyo contexto resulta que L.B.C. reconoció el hecho imputado y su intervención a título de autora en el mismo, como también aceptó la pre

    tensión punitiva del Ministerio Público.

  5. A fs. 881 obra el acta labrada con fecha 1 de septiembre del corriente año, por el Actuario, dando cuenta de la toma de conocimiento "de visu" de la procesada por parte del Tribunal y de las manifestaciones que la misma vertiera en el mentado acto.

    Fecha de firma: 14/11/2016 Firmado por: S.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.J.L., SECRETARIO DE CAMARA #23791685#166854900#20161114112956269 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación «Tribunal Oral Penal Económico N°1»

    CPE 691/2014/TO1 Y CONSIDERANDO:

  6. ELEMENTOS DE PRUEBA:

    Se han incorporado al proceso los siguientes elementos de prueba, de los que se hace mérito:

    1) Acta Nro. 3625/14 de la División Drogas del Departamento de Inspecciones Aduaneras de la AFIPDGA de fs. 5/9, y Constancia de fs. 1/3, 2) Actas de fs. 10/12 y 13/15, 3) Original de factura nro. 000100000650 de electrónica RE a nombre de L.C. y papel manuscrito con datos de destinatario agregados a fs. 16, 4) Original de Boletín de Expedición de Correo Argentino de 15 MAY 2014 con sticker de track y trace Nro. CX104525678AR, obrante a fs. 17 y copia en carbónico con sticker de fs. 18, 5) O. de formulario de Declaración de Aduana que reza “4 tonner 1mouse 1 apoya/Mouse” obrantes a fs. 19, 20 y 22, 6) Original de factura nro. 270300524859 de Correo Argentino de fecha 15/5/14 a nombre de C. de fs. 21, 7) Actuaciones de la AFIPDGA de fs. 23/33, 34/39, 84/93, 8) Listado de llamadas de los abonados 1122907810 y 2216742066 de fs. 274/278 aportado por Telefónica de fs.

    279/280, 9) Ficha correspondiente a C.S. de fs. 405/406 remitida por el Registro Nacional de las Personas, 10) Actuaciones Nro. 15180382014 de AFIP de fs. 408/412, 11) Copia de la factura nro. 000100000650 de Electrónica RE a nombre de L.C. de fs. 435, Fecha de firma: 14/11/2016 Firmado por: S.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.J.L., SECRETARIO DE CAMARA #23791685#166854900#20161114112956269 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación «Tribunal Oral Penal Económico N°1»

    CPE 691/2014/TO1 12) DNI duplicado Nº 24.738.008, perteneciente a L.B.C., dos celulares y tres chips, descriptos a fs.

    222/241, 413/414 y 473/474, 13) Certificaciones actuariales de fs. 47/vta., 54, 100/vta. y 139, 14) Informe del Registro Nacional de las Personas respecto de CHAVES obrante a fs. 95, 15) Informe de AFIP de Registro de Infractores Aduaneros de fs. 99, 16) Informe técnico efectuado por la División Apoyo Tecnológico de la PFA de fs. 222/241, 17) Informe previsto por los arts. 26 y 41 del CP respecto de CHAVES de fs. 269/272, 18) Informe de telefónica de fs. 274/280 respecto de las líneas 2216742066 –SIM card 8954071100437122254, que habría sido utilizado por CHAVES, 19) Informe de Correo Argentino de fs. 344/345, 20) Pericia química efectuada por la Prefectura Naval Argentina de fs. 351/vta. y anexo fotográfico de fs.

    353/vta, 21) Informes de la PFA de fs. 376 y 380, 22) Acta de declaración testimonial de C.A.R. de fs. 428/vta, 23) Acta de declaración testimonial de L.M.A. de fs. 436/vta., 24) Protocolos de Análisis confeccionados por el Instituto Técnico de Exámen de Mercaderías obrantes a fs. 522/536.

    25) Informe...

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