Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 24 de Octubre de 2016, expediente FGR 012000534/2010/TO01

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 12000534/2010/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: HERNANDEZ OBREQUE, SERGIO FRANCISCO Y OTRO s/Fe Pública General Roca, 24 de octubre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes actuados caratulados: “HERNANDEZ OBREQUE, S.F. y otro s/ Fe Pública” (Expte N°

FGR 12000534/2010/TO1); puestos a despacho para resolver, y CONSIDERANDO:

Que con fecha 29 de junio de 2015, se suspendió a prueba el juicio seguido contra P.A.H. y S.F.H.O., por el término de un año (fs. 302/304), disponiéndose que los nombrados cumplan con las condiciones impuestas, de acuerdo a lo establecido por el artículo 27 bis del Código Penal.

A fs. 310/313, se incorporaron copias de lo resuelto en los Incidentes de suspensión de juicio a prueba, formados a raíz de lo dispuesto en el interlocutorio anteriormente citado, piezas de las cuales se desprende que los enjuiciados cumplieron con las reglas de conducta impuestas.

En este escenario, el señor Fiscal Federal subrogante, doctor M.S.H., señaló que los probados cumplieron con las reglas de conducta impuestas y atendiendo al lapso de tiempo transcurrido, el Tribunal se encontraría en situación de resolver definitivamente la suerte procesal de los imputados en el marco de estos actuados.

Fecha de firma: 24/10/2016 Firmado por: A.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.M.P., SECRETARIO DE CAMARA #26926831#165123682#20161025091837213 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 12000534/2010/TO1 En virtud de ello, y en función de lo dispuesto por los artículos 76 ter y cuarto párrafo del Código Penal, 336 inciso primero del C.P.P.N., el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca, RESUELVE:

I)DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal y en consecuencia SOBRESEER a S.F.H.O., D.N.

  1. 18.774.003, cuyos datos filiatorios se encuentran acreditados en autos, conforme lo establecido por los artículos 76 ter, cuarto párrafo del Código Penal y 336 inciso primero del CPPN.

    II)DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal y en consecuencia SOBRESEER a P.A.H., D.N.

  2. 35.600.098, cuyos datos...

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