Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL, 29 de Septiembre de 2016, expediente CCC 056710/2013/TO01

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 56710/2013/TO1 la Ciudad de Buenos Aires, se reúnen los Sres.

Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N° 25, D..

R.B.L. como Presidente, A.D.D.H. y R.G.G. como vocales, con la asistencia de la Sra. Secretaria, Dra. Patricia G.

BECCHI, para dictar los fundamentos de la sentencia recaída a fs. 133/134 en esta causa N° 4387 del registro de dicho Tribunal, instruída en orden al delito de falsedad ideológica contra H.A.H., apodado “B.”, de nacionalidad argentina, titular del D.N.

  1. n° 14.942.183, nacido el 4 de junio de 1962 en la Localidad de Claypole, Provincia de Buenos Aires, hijo de H.A.H. (f)

y de A.G. (f), identificado con P.L.C.N.° 9744045 de la Policía Federal Argentina, de estado civil divorciado-actualmente en concubinato, de ocupación Suboficial Escribiente de la Policía Federal Argentina y con último domicilio registrado en autos en la calle Liniers 188, de la Localidad de Claypole, Provincia de Buenos Aires.

Intervienen en este proceso la Sra. Fiscal General, Dra. D.P. y la Dra. M.G.F., asistiendo al imputado.

Han venido estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 92/95 en el cual el Ministerio Público Fiscal atribuyó al imputado H.A.H. el delito de falsedad ideológica en calidad de autor. (arts. 45 y 293 del Código Penal)

En base a los hechos fijados de la siguiente manera: “…Se inicia la presente causa con fecha 13 de octubre de 2013 en virtud de la remisión a la Oficina de Sorteos de la Excma. Cámara del Fuero de los testimonios de la causa n° 3826/3892 del registro del Fecha de firma: 29/09/2016 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #24441983#163001202#20160929163027158 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 56710/2013/TO1 Tribunal Oral en lo Criminal n° 23. Así, de las constancias de aquellos surge que con fecha 6 de abril de 2012, alrededor de las 05.40 hs. y en las inmediaciones del bar denominado “Metro-Bar”, sito en la calle Cerrito 528 de esta Ciudad, en la inteligencia de que J.M.C. había roto el blindex de la puerta de acceso al comercio e intentando apoderarse ilegítimamente de los elementos que se hallaban en su interior, se procedió

a su detención, la cual fue llevada a cabo por personal de la policía de la Provincia de Buenos Aires y luego concluída por el imputado H.A.H., oficiando como testigo del procedimiento, de la detención y del secuestro de diversos elementos S.P. y otra persona llamada P.D..

Dicho proceso avanzó hasta el juicio oral y en instancias de llevarse a cabo el debate, el testigo D. no pudo ser habido mientras que P. sostuvo no haber oficiado como testigo de ningún procedimiento, resultando que el Sr. Fiscal de Juicio solicitó la absolución del encartado C. en orden a este suceso y la extracción de testimonios para que se investigue la posible comisión de un delito de acción pública, lo que se ejecutó en esa línea y dio origen a la sustanciación de la presente causa.

En oportunidad de prestar declaración testimonial S.R.P. manifestó no sólo que no ofició como testigo en el referido procedimiento, sino que las firmas obrantes en las actas de mención no le pertenecían, confeccionando un cuerpo de escritura, respecto del cual se dispuso una pericia caligráfica donde se concluyó que tal como Fecha de firma: 29/09/2016 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #24441983#163001202#20160929163027158 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 56710/2013/TO1 éste lo manifestara las firmas obrantes en las actas originales no se correspondían con las suyas.

Concretamente, se le imputa a H.A.H. que con fecha 6 de abril de 2012, alrededor de las 5.40 horas, y en el marco de sus funciones como personal policial, introdujo en las actas de detención y secuestro labradas-las cuales resultan ser instrumentos públicos-con motivo del procedimiento policial llevado a cabo en las inmediaciones del bar denominado “Metro-bar” sito en la calle Cerrito 528 de esta Ciudad que culminó con la detención de J.M.C., declaraciones falsas concernientes a un hecho que estas debían probar.

Ello así por cuanto, conforme se desprende de los testimonios remitidos de la causa n° 3826/3892 del registro del Tribunal Oral en lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR