Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA, 16 de Agosto de 2016, expediente FRO 083000072/2009/TO01

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 83000072/2009/TO1 Nº 185/16. Rosario, 16 de agosto de 2016.-

Y VISTOS: En acuerdo dentro de los autos caratulados “C.M.F. y C.N.F. s/

art. 174 inc. 5° en función del art. 172 del CP”, expediente número FRO 83000072/2009/TO1 del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Rosario, Y CONSIDERANDO QUE:

El Sr. Defensor Público Coadyuvante Dr.

A.P. solicitó, mediante escrito de fs. 713 de autos, la declaración de prescripción de la acción penal y el consiguiente sobreseimiento de su pupilo M.F.C..

Expresó, en dicho marco de postulación, que conforme lo normado por el art. 62 y 67 inc. “c” del C.P. y el art. 361 del Código de rito, ha prescripto la acción penal en virtud de que han transcurrido, hasta la fecha, más de los seis años que prevé como máximo de la pena el delito por el cual ha sido requerido a juicio (art. 174 del Código Penal en función del art.

172 del Código Penal).

Manifestó que, en fecha 24 de agosto de 2009, se citó a las partes a juicio conforme lo previsto por el art.

354 del C.P.P.N.

Y, siendo que son seis los años que prevé

como máximo de la pena el delito por el cual ha sido requerido a Fecha de firma: 16/08/2016 Firmado por: O.R.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.E., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.P., SECRETARIO DE CAMARA #8847227#158490200#20160816083939191 juicio su defendido, solicitó, en consecuencia, se declare el sobreseimiento de M.F.C. por prescripción de la acción penal.

Del planteo efectuado, se corrió vista al Ministerio Público Fiscal.

La Sra. Fiscal General S., a fs.

723, solicito que, previo a contestar la vista que le fuera corrida, se requiera al Registro Nacional de Reincidencia informe actualizado sobre los antecedentes que pudiera registrar el imputado.

Habiéndose diligenciado el mismo, se corrió nueva vista a la Fiscalía –fs. 753 -.

En ocasión de contestar la vista conferida, la Sra. Fiscal General S.D.. A.S., mediante escrito obrante a fojas 754, expresó, que a M.F.C. el requerimiento de elevación a juicio formulado con fecha 10 de julio de 2008 le atribuyó la presunta comisión del delito previsto y penado en el art. 174 inc. 5° en función del art.

172 del CP, que sanciona la conducta allí tipificada con una pena máxima de 6 años de prisión.

Indicó que por este hecho se citó a las partes a juicio en fecha 15 de octubre de 2009 y, con fecha 07 de...

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