Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 6 de Septiembre de 2016, expediente FPO 000023/2016/TO01

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 23/2016/TO1 En la ciudad de Posadas, capital de la Provincia de Misiones, a seis días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis, reunidos para deliberar los Sres. Jueces integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, D.. MARIO HACHIRO DOI, N.L. y M.A.J.M. bajo la presidencia del primero de los nombrados, asistidos por el actuario Dr. E.M.U., con el objeto de dictar sentencia de conformidad con las normas del Juicio Abreviado contenidas en el art. 431 bis -incorporado al C.P.P.N. por la ley Nº 24.825-, en los autos Expte.

FPO Nº 23/2016/TO1 caratulados “A.G.L. s/INFRACCION LEY 22.415”, del registro de este Tribunal Oral, con respecto a L.A.G., de nacionalidad paraguaya, titular de la C.

  1. (py) Nº 4.317.888, de 41 años de edad, de estado civil casado, de ocupación chofer de camiones, nacido en San Pedro de Caumnidiyú, Nueva Germania, República del Paraguay, el 19 de octubre de 1974, hijo de A.A. y de D.G., con último domicilio antes de ser detenido en el Km. 20 de Capiatá, Asunción-Paraguay, sin instrucción escolar, no sabe leer ni escribir, si firmar, no posee antecedentes penales condenatorios (informe de fs. 88) y, actualmente, se encuentra cumpliendo prisión preventiva en la Unidad N° 17 “Candelaria” del Servicio Penitenciario Federal procesado como AUTOR (art. 45 del Código Penal) del delito de TENTATIVA DE CONTRABANDO DE IMPORTACION DE ESTUPEFACIENTES AGRAVADO, previsto y reprimido en los arts. 863, 864 inc. “d” y 866 segundo párrafo, en función del 871 de la Ley 22.415 -Código Aduanero- (Sumario de Prevención N° 2401/2016 DGA Posadas).

La plataforma fáctica de las presentes actuaciones ha quedado enmarcada de la siguiente manera: el día 07 de enero de 2016, aproximadamente a las 17:00 horas, en oportunidad en que un automóvil marca MITSUBISHI, modelo M., de color gris, dominio colocado (py) AUR-846, conducido por L.A.G., acompañado por una persona de sexo femenino, se presentó ante el control aduanero del sector de ingreso al país por el carril Nº 5 de la cabecera argentina del Puente Internacional “San Roque González de Santa Cruz”, al ser consultado a donde se dirigía, éste manifestó

que a Chile, por lo que se solicitó la documentación personal y la del rodado, advirtiéndose una coloración inusual en la misma.

Ello motivó la derivación del automotor al sector de dársenas, a fin de realizar una revisión más exhaustiva, donde se observó que la rueda delantera derecha tenía una cantidad inusual de contrapesos de plomo -utilizados para el balanceo- por lo cual se envió el vehículo para un control a través del scanner móvil, propiedad de la AFIP.

Del escaneo surgió que las ruedas colocadas como la de Fecha de firma: 06/09/2016 auxilio, tenían una estructura que no se condecía con la que habitualmente se Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.M.U., SECRETARIO DE JUZGADO #28310625#159918126#20160906103138104 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 23/2016/TO1 visualiza en los neumáticos. Fue por ello que se extrajo la rueda de auxilio para su escaneo individual, a través del cual se observó que por la densidad y la distribución alrededor de la llanta, era presumible la existencia de estupefaciente dentro de la misma.

Seguidamente, en presencia del encartado, de dos testigos hábiles civiles y de una persona de oficio ‘gomero’, a fin que proceda con la extracción de todas las ruedas del automotor para separar los neumáticos de sus llantas y sacar lo que estuviera en su interior; se comenzó con la rueda de auxilio, en la que una vez abierta se observó que contenía paquetes de diferentes formas, envueltos en cinta marrón claro y sobre ésta una cobertura de plástico color azul.

Continuando con el procedimiento con las ruedas delanteras, se halló en la del lado derecho, varios bultos idénticos a los anteriormente encontrados; luego, en las traseras, también se observaron y extrajeron similares envoltorios a los demás.

Los paquetes hallados - ocultos en las ruedas del automóvil -fueron contabilizados en DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO (248), conteniendo una sustancia vegetal, la que sometida a la prueba de Narcotest -de fs. 20- para la variedad Cannabis Sativa (marihuana) arrojó resultado positivo. El peso total de la sustancia fue de SESENTA Y NUEVE KILOS con OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO GRAMOS (69,875kgs.) -acta de fs. 6/9 -.

Puesto en conocimiento lo sucedido de la Sra. Juez Federal de Instrucción de Posadas, mediante la Secretaria Penal en turno, ordenó la detención de L.A.G., de su acompañante, el secuestro del vehículo y del estupefaciente hallado.

En relación a la persona que acompañaba al procesado L.A.G. al momento del hecho que dio inició al presente proceso, la misma fue sobreseída a fs. 163/164 y vta.

Cumplidas las medidas procesales de la Instrucción, este proceso ingresó al Tribunal con Requerimiento de Elevación a Juicio del Sr.

Fiscal Federal N° 1, Dr. J.H.C., obrante a fs. 173/176 y vta.

contra L.A.G. como AUTOR – art. 45 del Código Penal -

penalmente responsable del delito de TENTATIVA DE CONTRABANDO DE IMPORTACIÓN DE ESTUPEFACIENTES AGRAVADO (previsto y penado por los arts. 863, 864 inciso “d”, 866 segundo párrafo en función del 871 del Código AduaneroLey 22.415-) y el decreto de elevación a juicio de fs. 183 respecto del nombrado, de conformidad al requerimiento fiscal señalado.

A fs. 194 se constituyó este Excmo. Tribunal citando a juicio a las partes. A fs. 205 y vta. la Sra. Fiscal General Oral Federal, Dra. V.F. de firma: 06/09/2016 B., presentó la propuesta de A. conversión al trámite de JUICIO Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.M.U., SECRETARIO DE JUZGADO #28310625#159918126#20160906103138104 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 23/2016/TO1 ABREVIADO, requiriendo la imposición para L.A.G. de la pena de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES y COSTAS, como AUTOR penalmente responsable del hecho por el que se requiriera la Elevación a Juicio que calificó como TENTATIVA DE CONTRABANDO DE IMPORTACIÓN DE ESTUPEFACIENTES AGRAVADO (previsto y penado por los arts. 863, 864 inciso “d”, 866 segundo párrafo y 871 del Código Aduanero, arts. 12, 29, inciso 3° y 45 del Código Penal); con la expresa conformidad del enjuiciado L.A.G., con la asistencia técnica de la Sra. Defensora Pública Oficial, Dra. S.B.C.A., respecto de la calificación de su conducta, responsabilidad penal y sanción solicitada.

Admitido por el Tribunal el trámite acordado previsto en el Art.

431 bis -incorporado al CPPN por Ley 24.825- a fs. 206 y cumplida la audiencia exigida en el inciso 3º de dicha norma a fs. 208 y vta., se llamaron estos autos para dictar sentencia a fs. 209, quedando así la causa en estado de resolver en definitiva.

En cumplimiento del mandato establecido en el art. 398 y concordantes del código de forma y a...

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