Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA, 28 de Septiembre de 2016, expediente FCT 091014312/2000/TO01

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional"

CORRIENTES, 28 de Septiembre de 2016.

Y VISTO: Para resolver sobre el instituto de la Prescripción en ésta causa caratulada: “AMARILLA, J.A. S/CONTRABANDO ART. 863CODIGO ADUANERO”, EXPTE. Nº FCT 91014312/2000/TO1 y su acumulada Nº 208/2002.

CONSIDERANDO:

I) Que vienen los autos a estudio del Tribunal a fin de resolver la situación procesal que pesa sobre J.A.A. a través del instituto de la prescripción, esto es la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo -art. 59 siguientes y concordantes del CP y art. 336 CPPN, en la presente causa y su acumulado.-.

Que por decreto de fs. 271 de fecha 27 de agosto 2004 se ordenó la acumulación por cuerda de la causa N° 208/02 “Amarilla, J.A.S./ Tentativa de Contrabando y Resistencia a la Autoridad”.

Así se advierte que, en la causa N° 291/03, el representante del Ministerio Público Fiscal requirió la elevación de la causa a juicio en fecha 03 de julio de 2002 de J.A.A. por el presunto delito de contrabando de importación agravado en grado de tentativa, previsto y reprimido en los arts. 863, 864 inc. d), 865 inc. d), 871 y 949 del Código Aduanero -Ley 22.415 y Atentado y Resistencia a la Autoridad artículo 239 del Código Penal - cuya escala penal en abstracto que al momento del hecho preveía una pena que va de seis (6) meses a ocho (8) años de prisión y quince (15) días a un (1) año respectivamente (Conf. fs. 216/219 y vta.); recepcionada la causa en esta instancia se dictó el decreto de citación a juicio en fecha de 02 de marzo de 2004 (fs. 245), librándose las comunicaciones pertinentes.

A su vez, en la causa N° 208/02 caratulada “AMARILLA, J.A. S/

Tentativa de Contrabando”; el señor fiscal requirió la elevación de la causa a juicio sindicando a J.A.A. como presunto Contrabando de Importación en grado de tentativa, arts. 949 inc. b, in fine en función de los arts. 863 y 864 inc. d) y 871 del código aduanero; una vez ingresada se citó a juicio en fecha 21 de octubre de 2002, C.. fs. 103.

II) Ahora bien cabe recordar que el instituto de la Prescripción es de orden público, opera de pleno derecho y debe ser declarada aún de oficio una vez comprobado el transcurso del tiempo que la ley establece en cada caso particular.

Que al analizar las causas referidas surge sin lugar a dudas que los actos que interrumpieron el plazo de la prescripción de los hechos, fueron dictados en fecha 21 de octubre...

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