Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 20 de Septiembre de 2016, expediente CCC 056125/2015/TO01

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 56125/2015/TO1 Causa n° 4767 seguida a E.G.R.M. y F.M.G. en orden al delito de robo agravado por haber sido cometido mediante la utilización de armas en grado de tentativa- TOC N° 27-

Buenos Aires, 20 de septiembre de 2016.-

Y VISTOS:

Reunidos los señores integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal n° 27, doctores J.H.R., F.M.S.

y J.E. de la Fuente, con la presencia de la señora S.I.M.B., para dictar sentencia en la causa n° 4767 seguida por el delito de robo agravado por haber sido cometido mediante la utilización de armas en grado de tentativa, seguida a F.M.G. (titular del DNI N° 31.483.022, nacido el 8 de marzo de 1985 en la Localidad de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, hijo de F.G. y de N.A., con estudios secundarios Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27854446#161543967#20160926103833897 completos, con último domicilio en la calle Pampa 2225, Quilmes, Provincia de Buenos Aires, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, LPU N° 360424, E.. del Registro Nacional de Reincidencia n° 2.844.814, P.. Policial Serie RH n°

307.391) y a E.G.R.M. respecto de quien se suspendió el proceso a prueba a fs. 257/260.

RESULTA:

El Dr. J.H.R. dijo:

  1. El F. General, Dr. P. de la Fuente, presentó por ante la Secretaría del Tribunal, el escrito de fs. 297 por el cual solicitó

    que se le imprima a la presente causa el trámite previsto por el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación.

  2. La propuesta cuenta con el expreso consentimiento del imputado, quien con la asistencia letrada del Dr. P.O., Defensor Coadyuvante de la Defensoría Oficial n° 6, suscribió el escrito de mención, por el cual asumió la responsabilidad penal del hecho Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27854446#161543967#20160926103833897 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 56125/2015/TO1 descrito como robo agravado por haber sido cometido con un arma en grado de tentativa, y aceptó la imposición de la pena de dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, con su consecuente declaración de reincidencia y costas, y la pena única de doce años y ocho meses de prisión, accesorias legales y costas, declarándoselo reincidente, comprensiva de la referida precedentemente y de la impuesta el 16 de septiembre de 2013 en la causa n° P5827/P5879 del Tribunal Oral en lo Criminal n° 3 de Quilmes, pena de once años de prisión, accesorias legales y costas, por ser autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el empleo de arma de fuego y encubrimiento agravado por el ánimo de lucro y portación ilegal de arma de fuego de uso civil en concurso real entre sí, debiendo revocarse la libertad asistida en los términos de libertad condicional que le fuera otorgada en el Legajo n° 5868/C del Juzgado Nacional de Ejecución Penal n° 2, el 8 de junio de 2015.

  3. Realizada la audiencia de visu de G. y dictado el Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27854446#161543967#20160926103833897 correspondiente llamado de autos para sentencia, la presente quedó en condiciones de ser resuelta conforme lo estable el art. 431 bis, incisos 3 y 5, del C.P.P.N. rigiendo el caso el art. 399 C.P.P.N.-

  4. Conforme surge del requerimiento fiscal de fs. 178/181., suscrito por el doctor A.E.M., titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 14, se le atribuye al imputado junto con E.G.R.M. “…haberse apoderado ilegítimamente, mediante la utilización de un cuchillo con la inscripción “Tramontana” –secuestrado en autos-, de la suma de seiscientos cincuenta y dos pesos ($652) y demás documentos, propiedad de A.C.T., el día 22 de septiembre de 2015, alrededor de las 19:30 hs., en el interior de su domicilio sito en la calle E.M. 477, piso 2°, departamento B, de esta Ciudad.-

    En efecto, en el día y hora indicados, mientras C. tasilla se encontraba en el domicilio señalado se apersonó allí su amigo R.R. –a la postre identificado como E.G.R.F. de firma: 20/09/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27854446#161543967#20160926103833897 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 56125/2015/TO1 M.- junto a otro sujeto desconocido, que se dio a conocer con el nombre de “Lucas” –identificado luego como F.M.G.-.

    Fue así, que ni bien ingresaron a su propiedad, aquel le solicitó hablar en privado, dirigiéndose por tal motivo hacia el dormitorio, en ese trayecto, chiocoma Tasilla fue abordado por G., quien tras apoyarle en el cuello un chuchillo tipo tramontina –secuestrado en autos-, le exigió la entrega de sus pertenencias.-

    Sin embargo, el damnificado logró soltarse, dirigiéndose hacia la cocina, donde consiguió escudarse detrás de su amigo, al solo fin de evitar ser agredido por G., que lo amedrentaba con el cuchillo, pese lo cual resultó igualmente lesionado en el cuello. Fue en ese momento, en el que les entregó su billetera, en cuyo interior contenía la suma de seiscientos cincuenta y dos pesos ($652) y demás documentos de su propiedad.-

    Asimismo, temiendo por su integridad, comenzó a gritar solicitando auxilio, instante en el que G. se dio a la fuga en poder Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27854446#161543967#20160926103833897 de sus elementos, permaneciendo sin embargo a su lado R.M..-

    En su huida, más precisamente al llegar a la planta blaja del edificio, G. atravesó el blindex de la puerta de entrada, continuando luego su trayecto por la calle E.M.. Dicha secuencia fue advertida por un uniformado que se encontraba prestando servicio en la cuadra, quien en ese mismo instante comenzó su persecución por la arteria referida, hasta B., tomando luego por V.M. con dirección a P.G., girando por Ferry hasta Valle, dándole finalmente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR