Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 15 de Septiembre de 2016, expediente CFP 001344/2015/TO01

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 1344/2015/TO1 Causa nro. 1977/16 “F., É.E. s/inf. ley 23.737

T.O.F. n° 3 Reg. n° 6860 Buenos Aires, 15 de septiembre de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Toda vez que en las presentes actuaciones se da el supuesto previsto en el art. 41, inc. 3°, del Código Procesal Penal de la Nación, en virtud de la regla establecida en el art. 42, inc. 2°, del mismo cuerpo normativo, respecto de la causa N° 1912/16, corresponde aceptar la competencia atribuida.

Asimismo, habrá de unificarse la representación del Ministerio Público Fiscal de la Nación en la Fiscalía General ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal Nro. 2, que viene interviniendo en la referida causa N° 1912/16.

En virtud de ello, el tribunal, RESUELVE:

  1. DECLARAR LA COMPETENCIA de este tribunal para entender en la presente causa la que, tramitará en forma separada de la causa nro. 1912/16 de este tribunal.

  2. UNIFICAR LA REPRESENTACIÓN del Ministerio Público de la Nación, en la Fiscalía General ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal Nro. 2.

    Fecha de firma: 15/09/2016 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.M.P., JUEZ FEDERAL...

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