Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 21 de Septiembre de 2016, expediente FCT 036019469/2007/TO01

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional"

Corrientes, 21 de septiembre de 2016.-

Y VISTO: Estos autos caratulados “D.B., G.R.Y.P., RAUL ANGEL S/ SUP. PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD AGRAVADA, ETC”, Expte. N° FCT 36019469/1991/TO1; Y CONSIDERANDO: Que en estos autos, mediante Sentencia Nº 41 del 27/12/12 obrante a fs. 2482/2533, fue condenado R.Á.P. a la pena de DIECISÉIS (16) años de prisión, e inhabilitación absoluta por igual término, como autor penalmente responsable del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por la comisión con violencia y por el tiempo de duración, en perjuicio de E.H.A. (desaparecido), previstos y reprimidos por el art. 144 bis inc. 1° y último párrafo en función del art. 142 incs. 1° y 5° (según texto ley 14.616), en concurso real (art. 55 CP) con el delito de asociación ilícita, como autor y en calidad de miembro, previsto y reprimido por el art. 210 del Código Penal, más accesorias legales y costas (artículos 12, 19, 40, 41, 45, del Código Penal y 530, 531 y 533 del C.P.P.N.).

La Sentencia recaída fue recurrida por la defensa y la causa se elevó a la Cámara Federal de Casación Penal para su tratamiento, siendo recibida por el Tribunal ad quem el 22/04/13 según cargo de fs. 2627 vta.

El abogado defensor Dr. H.P.C. a fs.

2688/2690 denuncia ante la CFCP el fallecimiento de su defendido R.Á.P., acompañando copia del Certificado médico de defunción. A raíz de ello, se solicitó a esta M. la remisión del Acta de defunción del imputado, cuya copia fue agregada a fs. 2697. Seguidamente, el 29/04/16 la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal dictó la Resolución de fs. 2701, Registro Nº 589/16, declarando inoficioso adentrarse al recurso de casación interpuesto, devolviendo las actuaciones a este Tribunal para que se pronuncie respecto a los arts. 59, inc. 1º del CP y 361 del CPPN.

Vueltos los autos a estos estrados, se procedió a agregar la Carátula Provisoria, y se pusieron los autos para el Acuerdo.

A fs. 2814 se halla glosada Acta de defunción original de R.Á.P..

El Acta de referencia del Registro del Estado Civil y de la Capacidad de las Personas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber que se encuentra registrado en el Tomo 107, Número 164 del año 2015, el Fecha de firma: 21/09/2016 Firmado por: V.A.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M. ROJAS DE BADARO , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por...

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