Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 3 - SECRETARIA, 20 de Septiembre de 2016, expediente FSM 051004999/2012/TO01

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 3 - SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN M. 3M., 20 de septiembre de 2016.

Y VISTOS:

Reunidos los Señores Jueces integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 3 de S.M., doctores G.A.C., en su carácter de P., E.O.S. y M.L.C., con la presencia de la señora secretaria, doctora M.J.E., para dictar sentencia en la causa nro. 3158 (FSM 51004999/2012/TO1 y acumulada 41014959/2012/TO1) seguida a:

L.E.E., titular del Documento Nacional de Identidad nro. 29.667.252, hijo de O.C.E. y R.E.R., nacido el 28 de junio de 1980 en la localidad de Tigre, Provincia de Buenos Aires, domiciliado en calle Córdoba y M. -no recuerda la numeración exacta-, Barrio El Progreso, B., partido de Tigre, provincia de Buenos Aires, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal II, M.P., del Servicio Penitenciario Federal; M.G.O., titular del Documento Nacional de Identidad nro. 33.895.361, hijo de H.D.O. y A.M.O., nacido el 4 de septiembre de 1988 en la localidad de Tres de Febrero, provincia de Buenos Aires, domiciliado en Av. De la Montonera nro. 338 o 348, General R., provincia de Buenos Aires, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal II, M.P., del Servicio Penitenciario Federal; O.P.E., titular Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: O.S.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.G.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARÍA LUCÍA CASSAIN, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.J.E., SECRETARIO DE JUZGADO #16359007#162464161#20160921122157250 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 3 del Documento Nacional de Identidad nro. 31.468.495, hijo de O.C.E., nacido el 26 de marzo de 1985 en la localidad de Escobar, provincia de Buenos Aires, con domicilio actual en calle Córdoba 454, B., partido de Tigre, provincia de Buenos Aires; C.D.S.E., titular del Documento Nacional de Identidad nro. 27.106.493, hijo de A.A.G. y S.N.E., nacido el 17 de marzo de 1979 en la localidad de Escobar, provincia de Buenos Aires, con domicilio actual en calle Australia 4596, M., provincia de Buenos Aires; y H. M.

B..

Intervienen en el proceso el señor fiscal general, doctor E.A.C., los señores defensores oficiales, doctores H.R.T.O. en favor de L.E.; N.B.R. en favor de los acusados M.G.O., O.P.E., C.D.S.E. y H.M.B.; y L.M. como Asesora de Menores respecto del encartado B..

Y CONSIDERANDO:

I.

A- Que los hechos que han sido materia de acusación, según la requisitoria formulada por el doctor S.B., F. ante el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 1 de M., son los siguientes:

[…]

III- CONDUCTAS IMPUTADAS.

Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: O.S.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.G.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARÍA LUCÍA CASSAIN, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.J.E., SECRETARIO DE JUZGADO #16359007#162464161#20160921122157250 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 3

a) Reprocho a L.E.E., M.G.O., O.P.E. y C.D.S.E., haber formado parte -junto a otras personas aún no individualizadas-, de una organización criminal que tenía como actividad principal (cuando no exclusiva) el realizar diversos delitos contra la propiedad y las personas con el propósito de obtener de manera ilícita, dinero, vehículos y otros bienes de valor pecuniario.

La organización estaba conformada por varias personas que cumplían papeles diferentes conforme los hechos ilícitos que realizaban mediante la utilización de armas de fuego de distinto tipo y calibres. Estas conductas venían siendo desarrolladas desde fecha incierta, pero con anterioridad al 23 de noviembre de 2012, oportunidad en la que se inició la presente investigación y hasta la fecha en que fueron detenidos los encartados, el 27 de diciembre de 2012 y 13 de enero de 2013.

b) Asimismo, atribuyo a L.E.E. y M.G.O. el haber participado, junto a al menos cuatro o más personas y mediante la utilización de armas de fuego, en el secuestro extorsivo que derivó en la sustracción, retención y ocultación para obtener rescate, logrando su objetivo, en perjuicio de M.J.M.. […]

c) De igual manera, imputo a L.E.E. y M.G.O., en las mismas circunstancias en que tuvo lugar el hecho ilícito antes comentado, haberse apoderado de los Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: O.S.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.G.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARÍA LUCÍA CASSAIN, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.J.E., SECRETARIO DE JUZGADO #16359007#162464161#20160921122157250 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 3 siguientes elementos que se encontraban en poder de M.J.M., a saber: Un maletín de color negro que contenía:, un peine de bolsillo de color negro, una lupa con el marco superior roto; una calculadora básica del tamaño de un celular; lapiceras con inscripción de la Universidad de Morón; un frasco de fijador para el cabello de color rojo; un celular sin chip, marca Sony Ericsson con tapa; borradores y marcadores de pizarras y varios medicamentos, un par de anteojos de vista, licencia de conducir expedido por la municipalidad de M., su DNI, dos tarjetas de crédito VISA del banco STANDARD BANK, tarjeta de la obra social OSDE, carnet de socio del ACA, carnet de socio de la asociación química argentina, dos tarjetas PAY LINK del Citibank, una chequera de cuenta corriente del STANDARD BANK, tarjeta del Banco Francés de caja de ahorro de la Universidad de Morón, tarjeta de Identificación de la Universidad de Morón, alrededor de tres mil pesos ($3.000) en efectivo y la llave de su vehículo marca VW Voyage.

d) También enrostro a L.E.E., la portación ilegal de la subametralladora marca Intratec, calibre .22, n° de serie 031356 y la tenencia, sin la debida autorización, de una pistola Browning, calibre 9mm, número de serie 11-237350; una pistola, marca G., calibre .40, n° de serie FFM985 y de una pistola marca Tanfoglio, calibre .40, con numeración suprimida. […]

e) Igualmente, endilgo a L.E.E. la conversión de parte del dinero proveniente de los botines obtenidos en los hechos Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: O.S.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.G.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARÍA LUCÍA CASSAIN, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.J.E., SECRETARIO DE JUZGADO #16359007#162464161#20160921122157250 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 3 delictivos contra la propiedad que protagonizara, mediante la compra de una motocicleta marca Honda, modelo N.F. 100 Wave, dominio 984 DZQ, a M.A.R., el día 20 de diciembre de 2012, por la suma de tres mil quinientos pesos ($3500) que page en efectivo.

f) Por otra parte, reprocho a M.G.O. haber desoído y desobedecido la voz de alto impartida por personal policial, intentando darse a la fuga en forma presurosa a bordo del rodado en el que se trasladaba, marca Volkswagen, modelo Gol, dominio FNO 887 -no logrando su cometido-. […]

g) También le imputo a O. haber ocasionado, en las circunstancias antes descriptas, daños de considerable magnitud en la parte delantera del móvil no identificable marca Fiat, modelo Siena, dominio HSN 113, utilizado por la prevención, al embestirlo de frente cuando intentaba darse a la fuga y, a consecuencia de ello, lesiones de carácter leve al Teniente Primero de la policía de la provincia de Buenos Aires, L.L.A..

h) Asimismo, enrostro a M.G.O., la portación ilegal del revolver marca "El Bravo", calibre .38 largo, número de serie 14994 y la tenencia, sin la debida autorización legal de la pistola marca Taurus, modelo PT917, calibre 9 mm, número de serie TAY20440 y de la pistola marca B., modelo 85, calibre 3.80 ACP, número de serie 202517. […]

Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: O.S.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.G.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARÍA LUCÍA CASSAIN, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.J.E., SECRETARIO DE JUZGADO #16359007#162464161#20160921122157250 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 3 i) Por Ultimo, reprocho a O.P.E. haber portado una pistola calibre .40, marca G., serie FFM985 y una pistola marca Tanfoglio calibre .40, con numeración suprimida y haber codetentado junto con L.E.E., la pistola marca Browning, calibre 9mm, número de serie 11-237350. […]

IV- CALIFICACIÓN LEGAL.

Sin perjuicio de lo que en definitiva se determine en la etapa de juicio, estimo que L.E.E. deberá responder como coautor del delito de secuestro extorsivo agravado por haber obtenido rescate, por el número de personas participantes y por el uso de armas de fuego, en concurso ideal con el de robo agravado por haber sido cometido con armas de fuego, en concurso real con los delitos de asociación ilícita, tenencia ilegitima de armas de guerra, portación de un arma de guerra y lavado de activos de origen delictivo, éstos dos últimos en carácter de autor (arts. 41 bis; 45; 54; 55; 166, inciso 2°; 170, primer párrafo e inciso 6°; 189 bis, apartado 2, párrafos primero a cuarto, 210 y 303, inciso 4°, en función del inciso 1°, todos del Código Penal).

Por su parte, M.G.O., deberá

responder como coautor del delito de secuestro extorsivo agravado por haber obtenido rescate, por el número de personas participantes y por el uso de armas de fuego, en concurso ideal con el de robo agravado por haber sido cometido con armas de fuego, en concurso Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: O.S.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.G.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARÍA LUCÍA CASSAIN, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.J.E., SECRETARIO DE JUZGADO #16359007#162464161#20160921122157250 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 3 real con los delitos de asociación ilícita y como autor de los...

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