Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL, 15 de Septiembre de 2016, expediente CCC 007049/2016/TO01
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 7049/2016/TO1 Buenos Aires, 15 de septiembre de 2016.
Y VISTO:
Se reúnen los jueces de este Tribunal Oral en lo Criminal N° 23, C.A.R.M., quien presidió el debate, L.M.R. y J.A., actuando como S.S.M.G., con el objeto de redactar los fundamentos del fallo dictado el 8 de septiembre de 2016, en la causas Nº 3590 (43.233/10), 3970 (17.116/12); 4914 (6223/11); 4917 (44.922/13) y 4953 (7049/16), seguidas a J.R.F., titular del D.N.
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20.602.531, de nacionalidad argentina, nacido el 29 de abril de 1968 en Lanús, provincia de Buenos Aires, hijo de J.R.F. y de A.B.B..
Intervinieron en el debate, en representación del Ministerio Público Fiscal, el F. ad hoc N.B., y a cargo de la defensa del imputado, la Defensora Oficial C.A.G..
Fecha de firma: 15/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28119514#162207649#20160915135747924 Y CONSIDERANDO:
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La acusación.
A. El representante del Ministerio Público requirió la elevación a juicio de la causa N° 3590 en los siguientes términos (fs. 130/132):
“[...] Se les imputa a los nombrados precedentemente, el
hecho acaecido el 7 de noviembre de 2010, aproximadamente a las 17.45
hs., consistente en haber intentado sustraer diversos elementos de valor
que se encontraban en el interior de una obra en construcción, sita en la
Avenida Avellaneda 2444, de esta ciudad, a cargo de la empresa
denominada “MARDT CONSTRUCCIONES S.R.L.” (constituida por
T. y M. –ver fs. 105/112); para lo cual
forzaron el candado del portón de ingreso y cortaron un alambre ubicado
a unos 4 metros de la entrada.
En efecto, en las circunstancias de tiempo y lugar descriptas,
los imputados aprovecharon la ausencia del sereno, U. V., para
ingresar a la obra aludida, tras violentar el candado que sujetaba la puerta
de acceso. Una vez dentro, sustrajeron diversas herramientas para la
construcción allí alojadas, a saber: tres correajes de obrero, los cuales
contenían en sus estuches dos cintas métricas de madera y dos martillos;
dieciocho correajes de trabajo de obrero con sus respectivas porta
herramientas; tres sierras eléctricas cuyas inscripciones rezan “M.”,
Skilsaw
, y “De Walt”; dos vibradores marcas “Flexibon” y “S.”;
cuatro amoladoras eléctricas cuyas denominaciones rezan “M.”, “De
Fecha de firma: 15/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28119514#162207649#20160915135747924 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 7049/2016/TO1 Walt”, “B.”, y “Black and Decker”; una bomba con manguera color
negra; una soldadora eléctrica color azul; un taladro de piso con la
inscripción “De Walt”; tres palas, una de punta y dos anchas; diez martillos
con mango de madera; dos niveladores, color rojo; y un casco amarillo de
plástico.
Tras ello, estos sujetos cortaron una alambre que
resguardaba el acceso al cuarto del sereno, de cuyo interior sustrajeron
una cédula de identidad N°2.052.965 a nombre de J..
Finalmente, en momentos en que ambos pretendían escapar
a bordo del vehículo marca “Peugeot”, modelo 206, del dominio
alfanumérico DGI245, con el botín en su poder, fueron detenidos por el
S. de la Policía Federal Argentina, el
que previamente había sido alertado del suceso acaecido, por un vecino
del lugar, C. M. B., quien fuera testigo de la escena
anteriormente narrada [...]”
El A.F. calificó el hecho como constitutivo del delito de robo agravado por haberse cometido con efracción en grado de tentativa, y consideró que J.R.F. debía responder en calidad de autor.
B. El representante del Ministerio Público requirió la elevación a juicio de la causa N° 3970 en los siguientes términos (fs. 112/113):
Fecha de firma: 15/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28119514#162207649#20160915135747924 “[...] Se acusa a F. O. F. ó Jorge Raúl
Fernández por el hecho ocurrido el día domingo 13 de mayo de 2012,
cerca de la hora 14.30, cuando intentó sustraer una mezcladora de
materiales de la construcción conocida como “Trompito”, que se
encontraba en la obra de la calle J. 3265 de esta ciudad,
para lo cual procedió a cortar un eslabón de la cadena utilizada para
cerrar la puerta de ingreso.
Todo ello aconteció mientras el predio estaba desocupado, y
aquel no pudo concretar su accionar por causas ajenas a su voluntad.
En efecto, desde el domicilio ubicado al frente (Azurduy
3630), la vecina N. N. observó el instante en que F.
efectuaba aquel daño con un objeto que a la distancia le pareció una tijera
de grandes dimensiones, pero que resultó ser una barreta de metal.
Por ese motivo, se comunicó con la policía al 911, en tanto el
ayudante P. se presentó y vio al imputado queriendo
salir con la mezcladora que se encontraba próxima a la puerta, por lo que
le dio la voz de alto y lo detuvo, a la vez que además de tal objeto
procedió al secuestro de la barreta y del eslabón [...]”
El A.F. calificó el hecho como constitutivo del delito de robo en grado de tentativa, y consideró que J.R.F. debía responder en calidad de autor.
Fecha de firma: 15/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28119514#162207649#20160915135747924 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 7049/2016/TO1 C. El representante del Ministerio Público requirió la elevación a juicio de la causa 4914 en los siguientes términos (fs. 261/263):
[...] Se atribuye al nombrado haberse apoderado
ilegítimamente, mediante fuerza en las cosas, de distintas herramientas,
del interior de la obra en construcción sita en la calle P. 243/45 de esta
ciudad, el día 10 de octubre de 2011, cerca de las 17.30 horas.
Ese día, se presentó allí a bordo de un automóvil marca Fiat,
modelo Duna, blanco, dominio TRW179, y lo estacionó frente a la altura
catastral 274 de la calle P.. Luego, propinó varios puntapiés a la puerta
de acceso al predio, hasta vencer la cadena de seguridad que tenía
colocada, en orden a ingresar y sustraer parte de los materiales, que
guardó en el baúl del auto. Tras ello, se marchó del lugar conduciendo por
la calle P., y giró a la derecha en Cossio.
Todo ello fue observado por C. desde
el balcón de su vivienda –sito al 274 de la calle P., quien dio aviso
inmediato a la policía a través del 911.
Al cabo de unos momentos, S. advirtió nuevamente
la presencia del autor en la obra, esta vez sin el rodado descripto.
Entonces, el personal de la comisaría 42° desplazado, tras entrevistarse
con el denunciante, se dirigió a la obra y observó que el portón de ingreso
se encontraba sin cadenas. Asimismo, una vez dentro del predio, los
efectivos advirtieron que sobre el suelo de entrada había una cadena
metálica con uno de sus eslabones rotos, y que a aproximadamente 70
Fecha de firma: 15/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28119514#162207649#20160915135747924 metros de distancia se encontraba el imputado guardando herramientas
dentro de bolsos de tela.
En ese contexto, se produjo la identificación y detención de
F. y el secuestro de los siguientes elementos: un cinturón símil
cuero de color marrón con bolsillos que contenían una pinza tipo tenaza,
un metro de madera y un nivel de material símil aluminio con detalles en
color amarillo; un cinturón símil cuero de color marrón con bolsillos que
portaban un martillo de metal con mango de madera, una pinza tipo
tenaza de metal y un metro de madera, un hacha de metal con mango de
madera, un pico pequeño con mango de madera, un destornillador con
mango de plástico color azul, un cepillo para madera, una cuchara de
albañil con mango de madera; un bolso color verde de tela que en su
interior contenía un porta herramientas de cuero color marrón, una pinza
tipo tenaza de metal, un martillo con mango de madera, una palanca de
metal, un medidor de tres metros con la inscripción “S.”, una
plomada metálica color azul, con la inscripción “made in China”, un
medidor de 5 metros con la inscripción “E.”, un metro de madera, un
medidor de 10 metros de largo con la inscripción “Essamet”, una espátula
con mango de madera.
Con posterioridad, se encontró estacionado, sobre la calle
C., a metros de su cruce con P., a mano derecha, el vehículo
marca Fiat, modelo Duna, dominio TRW179. Y tras la apertura del baúl,
se incautó una sierra circular eléctrica de color gris amarillo y negro con la
inscripción “De Walt”, un cinturón símil cuero color negro y marrón con
bolsillos que en su interior contenían una pinza tipo tenaza de metal, un
Fecha de firma: 15/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28119514#162207649#20160915135747924 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 7049/2016/TO1 martillo de metal con mango de madera, un metro de madera, un alargue
eléctrico de plástico de aproximadamente 10 metros de largo [...]
El A.F. calificó el hecho como constitutivo del delito de robo, y consideró que J.R.F. debía responder en calidad de autor.
D. El representante del Ministerio Público requirió la elevación a juicio de la causa N° 3917 en...
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