Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL, 2 de Septiembre de 2016, expediente CCC 048894/2015/TO01

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 48894/2015/TO1 Buenos Aires, 2 de septiembre de 2016.

Y VISTO:

Se reúnen los jueces de este Tribunal Oral en lo Criminal N° 23, C.A.R.M., quien presidió el debate, L.M.R. y J.A., actuando como S.S.M.G., con el objeto de redactar los fundamentos del fallo dictado el 26 de agosto de 2016, en la causa N° 4965 (48.894/15) seguida por el delito de abuso sexual de una menor de trece años con acceso carnal agravado por el vínculo en concurso real con abuso sexual simple reiterado y agravado del mismo modo, todos en concurso ideal con corrupción de menores agravada por el vínculo, seguida contra O.O.C., titular del DNI n° 21.956.041, de nacionalidad argentino, nacido el 16 de octubre de 1970 en Escobar, Provincia de Buenos Aires, hijo de O.O.C. y de N.B.M., con P.P.R.H.

257.255 y de Reincidencia 2.434.876, y actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal II de Fecha de firma: 02/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28277001#161160436#20160902144149544 Marcos Paz.

Intervinieron en el debate, en representación del Ministerio Público Fiscal, el F. General F.C., y a cargo de la defensa del imputado, H.S., a cargo de la Unidad de Letrados Móviles N°6.

Y CONSIDERANDO:

  1. La acusación.

    El representante del Ministerio Público requirió la elevación a juicio de la presente causa en los siguientes términos (fs. 607/614):

    [...] Se le imputa al prenombrado [Oscar Osvaldo

    Carrasco] el haber abusado sexualmente con acceso carnal de su

    hija N., de actuales 12 años de edad, el día 22

    de agosto de 2015, a las 17.00 horas aproximadamente, dentro de la

    Reserva Ecológica de esta ciudad.

    En dicha oportunidad, E. transitaba por

    una zona de matorrales, arbustos y montes, dentro del predio

    cuando escuchó una voz femenina que gritaba “pará dejame, pará

    dejame

    por lo cual se acercó y vio que O. estaba con

    su hija, ambos completamente desnudos en el torso y con los

    pantalones bajos, parados frente a frente, a una distancia de un

    metro. Ante dicha situación le dijo a C. “¿Qué hacés?”, e

    inmediatamente los dos se vistieron y salieron del lugar.

    Se le atribuye además el haber abusado sexualmente

    de su hija en múltiples ocasiones imposibles de individualizar, desde

    Fecha de firma: 02/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28277001#161160436#20160902144149544 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 48894/2015/TO1 el mes de abril de 2015 hasta ese mismo 22 de agosto, lapso

    durante el cual fueron vistos dentro del Centro de Inclusión

    Costanera Sur sito en Av. España 2265 de esta ciudad, por otros

    residentes besándose en la boca acariciándose, escondiéndose

    juntos, con marcas en el cuello y saliendo a fumar cigarrillos de

    tabaco y de marihuana. También se la vio a N. sentada en la

    pelvis del imputado con las piernas abiertas, o a C. recostada

    sobre ella, quien le acariciaba la zona pectoral, mientras él le

    efectuaba tocamientos en los glúteos por debajo de la ropa; y

    escucharon que algunos fines de semana los pasaban juntos en un

    hotel alojamiento.

    Dichos comportamientos promovieron la corrupción de la

    sexualidad de la menor [...].

    El A.F. calificó el hecho como constitutivo del delito de abuso sexual de una menor de trece años con acceso carnal agravado por el vínculo en concurso real con abuso sexual simple reiterado y agravado del mismo modo, todos en concurso ideal con corrupción de menores agravada por el vínculo, y consideró que O.O.C. debía responder en calidad de autor.

  2. La declaración indagatoria.

    En la ocasión prevista en el art. 378 del Código Procesal Penal de la Nación, el acusado O.O.C. manifestó:

    Fecha de firma: 02/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28277001#161160436#20160902144149544 “[...] Es verdad muchas cosas. Jamás haría un acceso

    carnal a su hija. La corrupción también es todo mentira. Jamás se

    acostó con su hija. Es una cosa muy fuerte, muy pesada. Alguna vez

    la habrá tocado, le habrá dado un beso de más. Pide perdón por

    eso, puede que lo haya mal interpretado alguna persona. Esta es

    una mochila muy pesada. Fue delincuente toda la vida, quiso

    reinvindicarse, estuvo nueve años sin caer preso. Pide perdón

    porque a lo mejor ha cometido algún abuso simple [...]”

  3. Las pruebas traídas al juicio.

    1. A pedido de las partes y en los términos del art. 391, inc. 1°, del Código Procesal Penal de la Nación, se introdujeron por lectura al juicio las siguientes declaraciones testimoniales:

      C.E.A. (fs. 209/210):

      [...] El sábado pasado, 22 de agosto, a las 4:30 o 5:00

      horas de la tarde yo estaba afuera de la Reserva Ecológica con mi

      mujer, J., y mis cuatro hijos, estábamos por

      ingresar a la reserva pero yo quería orinar, entonces le dije a mi

      mujer que ingresara con los chicos y yo me aparté para buscar un

      lugar oculto. Fui para el lado de los juegos de tenis, dentro de la

      reserva; entonces escuché una voz de mujer que decía “salí dejame,

      salí dejame

      (sic), miré para abajo para donde está la reserva

      propiamente dicha, la parte de arbustos, yuyos y monte, y lo ví a

    2. desnudo con su hija. Yo estaba a una distancia de tres

      Fecha de firma: 02/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28277001#161160436#20160902144149544 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 48894/2015/TO1 metros de ellos, había luz porque en esta época del año la

      vegetación es más escasa, no hay tantas hojas y por más que ellos

      estaban ocultos en los matorrales, se los podía ver perfectamente.

      No estaban teniendo relaciones, yo no vi que en ese momento él

      estuviera penetrándola ni nada, tampoco tenía el pene erecto ni

      nada, pero estaban los dos completamente desnudos, la parte de

      abajo y de arriba del cuerpo sin ropa, los dos parados, frente a

      frente, a una distancia de un metro. Yo ví eso y le grité “¿qué

      hacés?” (sic) y él me miró y se rió. Ambos se cambiaron, se pusieron

      su ropa y salieron de la reserva rumbo al Hogar. La nena no lloraba

      ni decía nada. Entonces me fui y le dije a mi mujer lo que había

      pasado y que yo vivo en el hogar con mi hijita, que no puedo dejar

      que estas cosas pasen donde vivimos porque así no va, y me fui

      para el Hogar que queda a cinco cuadras de la reserva. Llegué

      después que C. y su hija, y le conté a S. que es una

      empleada administrativa del hogar, lo que había visto. Después de

      eso yo lo crucé dentro del hogar a C. y le dije un par de

      cositas, por eso se armó un poco la bronca, pero él no decía nada.

      Habló dentro de la oficina con la Administración y yo no vi más nada.

      Hace tiempo que esto viene pasando, la gente que vive en el hogar y

      la gente de seguridad del hogar, todos sospechaban que pasaba

      algo así entre ellos porque no sólo andan juntos siempre, andan

      abrazados, tocándose, besándose, se esconden detrás de la sección

      de logística, detrás de ropería, se besan en la boca cuando van por

      la calle como si fueran novios. Un empleado de seguridad del Hogar,

      Fecha de firma: 02/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28277001#161160436#20160902144149544 que no recuerdo cómo se llama, me contó ante todo esto que él los

      había visto besarse en la calle. Actúan como si fueran una pareja y

      la nena no lo rechaza, no se niega a eso que le hace el padre. Yo no

      me hablaba con la nena así que nunca le pude preguntar si pasaba

      algo. Con él sí hablaba, pero de su hija nunca decía nada. Una vez

      yo me puse a hablar con C. y mientras me hablaba yo me dí

      cuenta que tenía una marca en el cuello de un chupón y después

      pasó la hija y tenía el mismo chupón que el padre, también en el

      cuello; los dos tenían la misma marca, eso me llamó la atención,

      pero no dije nada en ese momento. Dentro del hogar, hombres y

      mujeres duermen por separado, hay un sector de hombres y uno de

      mujeres, por eso ellos se escondían detrás de diferentes sectores

      del hogar para estar juntos. Nosotros lo sabíamos, los que estamos

      en el hogar, pero nunca los enganchábamos, entonces no podíamos

      hacer ni decir nada. Ahora que pasó esto hay mucha gente que

      quiere declarar y contar las cosas que vio de ellos. Ésta es la

      primera vez que los veo en una situación así. Yo no los había

      enganchado antes en una situación así, por eso hablo ahora, es la

      primera vez que los veo así pero ya lo sospechábamos todos. Las

      personas que viven en el hogar y quieren venir a declarar son

      R.

      y “C.” apodado “El paragua”. Hay otra gente pero no

      me acuerdo los nombres, igualmente me comprometo a aportar a los

      testigos a la brevedad para ayudar en esta investigación. Yo no me

      quería meter, pero tengo una nena de cuatro años de edad y no

      puedo dejar que pasen estas cosas en el lugar en el que vivimos”

      Fecha de firma: 02/09/2016 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #28277001#161160436#20160902144149544 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 48894/2015/TO1 (sic). Preguntado para que diga cuánto hace que reside en el

      hogar, dice: “cuatro meses” (sic). Preguntado para que...

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