Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 9 de Agosto de 2016, expediente FSA 052000228/2012/TO01

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA FSA 52000228/2012/TO1 En la ciudad de Salta capital, Provincia de Salta, a los 9 días del mes de agosto del año 2016, reunidos los Sres. Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta, D.M.L.S., como P., M.M.J.A. y F.S.D., vocales, con la asistencia del Sr. Secretario Dr. H.F.M. a los efectos de redactar los fundamentos del veredicto recaído en la causa caratulada “TORRES, J.M. s/ Infracción a la Ley 23.737”, que tramita en el Expediente FSA 52000228/2012/TO1 (nº4428/15T.O), seguida en contra del imputado J.M.T. de sobrenombre “Mala”, DNI Nº 25.324.945, argentino, soltero, prestamista, nacido el día 31 de Julio de 1976 en San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta, hijo de M.T. y de E.P., con domicilio en Pje. Siria sin número, Bº Juventud Unida de la ciudad de Orán, provincia de Salta quien es representado por el abogado particular Dr. W.A.D..

Actuando por el Ministerio Público Fiscal, los Dres. F.S.S. y C.M.A..

RESULTANDO:

I) Plataforma Fáctica:

I.a) Que el juicio oral y público se llevó a cabo en los términos prescriptos por el art. 367 y ss. del CPPN, oportunidad en la que el imputado J.M.T. fue instruido acerca de sus derechos y habiendo tomado conocimiento de la plataforma fáctica de la acusación contenida en el requerimiento de elevación a juicio de fs. 273/277 del cual se desprende el siguiente hecho: “Que el día 02 de Marzo de 2.012, siendo horas 21:45 aproximadamente, personal de la Brigada Drogas Peligrosas Fecha de firma: 09/08/2016 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA-JUEZ DE EJECUCIÓN Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M., SECRETARIO #27755075#158851975#20160809132502543 Orán, dependiente de la Policía de la Provincia de Salta, a los fines de dar cumplimiento a la Orden de Allanamiento librada por el Sr Juez Federal Orán, a raíz de tareas investigativas que se encontraban realizando, implantó consigna fija de manera discreta en la vivienda del investigado J.M.T., ubicada en la Asentamiento Juventud Unidad, de esta ciudad de Orán informando personal actuante que se observó al causante a bordo de una motocicleta de color azul, por lo que se le realizó

una persecución, siendo interceptado en calle Santa Fe casi C., en la vía pública, para luego ser trasladado hasta el domicilio ubicado en Pasaje Luis Cisterna Nº 1.080, entre Av. E. y calle M. de esta ciudad de Orán, a los fines de dar cumplimiento a la referenciada Orden de Allanamiento, pudiendo observar en la vivienda a dos ciudadanos masculinos y una ciudadana femenina, procediendo en primer lugar a asegurar el lugar, haciendo ingresar luego a los testigos hábiles requeridos al efecto, H.O.M. y S.B.S.. Una vez en el interior de la vivienda, personal actuante procedió a dar lectura en voz alta a la orden de allanamiento, exhibiendo el oficio correspondiente, e identificando al investigado, resultando ser J.M.T., quien de manera espontánea y voluntaria manifestó “que en el lugar no tiene nada, que todo lo tiene en su vivienda ubicada en el Asentamiento Juventud Unida, que no son sus deseos de involucrar a sus padres”, por lo que se dispuso el traslado del nombrado al lugar indicado, realizándosele al causante una requisa personal, no obstante, no se le secuestró ningún elemento de interés para la causa; luego se identificó a los moradores, resultando ser el Sr. M.T., padre del investigado, la Sra.

E.P., madre del mismo y el Sr. M.A.T., quien sería el sobrino del causante. Posteriormente, se les preguntó a los moradores si poseía elementos de valor en el interior de la vivienda, a lo que respondieron que no, procediendo luego a realizarles una requisa Fecha de firma: 09/08/2016 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA-JUEZ DE EJECUCIÓN Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M., SECRETARIO #27755075#158851975#20160809132502543 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA FSA 52000228/2012/TO1 personal, primero a los ciudadanos masculinos nombrados, arrojando resultado negativo en cuanto a elementos de interés para la causa; luego a la ciudadana femenina, arrojando igual resultado negativo. Acto seguido, se inició la requisa domiciliaria, por la parte del fondo, arrojando resultado negativo, al igual que las habitaciones Nº 1 y Nº 2; mientras que de la galería ubicada antes de las dos habitaciones del frente, se secuestró una caja una caja de color de color roja con la leyenda 22 L.R., la que contenía treinta y cinco (35) cartuchos calibre 22. Luego, la Sra. Paredes solicitó ir al baño, por lo que ingresó a su habitación, y abrió el placard, del cual extrajo un trapo de color verde, realizando una requisa el personal interviniente, secuestrándose la suma de Pesos Diez Mil Cien ($10.100) en efectivo, por lo que se le preguntó nuevamente, en presencia de los testigos, si poseía elementos de valor, respondiendo que no. Por su parte de la habitación Nº 3, se secuestró un recipiente de plástico envuelto con una franela de color naranja, el que se encontraba oculto entre el techo y un fibra de madera, conteniendo en su interior una billetera de color verde con la suma de pesos siete mil cien ($7.100), luego una billetera de color marrón tipo cuerina, la que estaba en el mismo recipiente, con la suma de Pesos Cuatro mil ($4.000), todos discriminados en billetes de Pesos Cien ($100), y un (01) teléfono celular marca Nokia de color negro. Asimismo, la requisa realizada en la habitación Nº 4 y la parte del frente de la vivienda, arrojó resultado negativo en cuanto a elementos de interés para la causa.

El día 02 de Marzo de 2.012 siendo horas 22:50 aproximadamente, personal de la Brigada de Drogas Peligrosas de Orán, a raíz de las manifestaciones vertidas por el causante J.M.T., se hizo Fecha de firma: 09/08/2016 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA-JUEZ DE EJECUCIÓN Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M., SECRETARIO #27755075#158851975#20160809132502543 presente el domicilio ubicado en Pasaje Siria sin número, del Barrio Juventud Unida de esta ciudad de Orán, con la presencia de los testigos hábiles M.Á.S. y G.S.H., dándose lectura a la correspondiente orden de allanamiento. P. en primer lugar a realizar la requisa corporal del causante, dando resultado negativo; realizando luego la requisa de la vivienda, secuestrándose de la habitación Nº 1, donde reside el causante, un (01) envoltorio de plástico conteniendo sustancia blanquecina pulverulenta, el que estaba sobre una silla; una (01) bolsa de plástico transparente conteniendo envoltorios de plástico tipo “bochitas”, por lo que se procedió a abrir la bolsa, en presencia de los testigos mencionados, contabilizando los mismos, los que hicieron un total de cincuenta (54) envoltorios, dos (02) pendrives y dinero en efectivo de baja denominación; asimismo, sobre la cama se encontraron recortes de envoltorios de plástico con una tijera. Por último se requisó el fondo de la vivienda, arrojando resultado negativo para elementos de interés para la causa. Seguidamente sobre una muestra de la sustancia contenida en el primer envoltorio encontrado, el que estaba sobre la silla, se realizó la prueba de orientación N., reaccionando cromáticamente en forma positiva al grupo de las ecgoninas (cocaína).

El pesaje de los cincuenta y cinco (55) envoltorios secuestrados al incoado J.M.T., efectuado en balanza eléctrica marca METTLER, arrojó un peso total de veinticuatro coma un gramo (24,01) de cocaína.

Efectuado el pesaje en sede judicial (fs. 218), en ocasión de la entrega del estupefaciente para la práctica de la Pericia Química correspondiente, en balanza marca SF-400, modelo 1.5 Vx2 AAA battery, obteniéndose un peso total de veinticinco (25) gramos de cocaína básica con envoltorio incluído, contenido en cincuenta y cinco (55) envoltorios. Lo que quedó confirmado con la Pericia Química practicada a fs. 258/271 que concluyó que “las Fecha de firma: 09/08/2016 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA-JUEZ DE EJECUCIÓN Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M., SECRETARIO #27755075#158851975#20160809132502543 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA FSA 52000228/2012/TO1 sustancias analizadas … sujetas a estudios periciales surge que las mismas se tratan de cocaína básica…”, en una concentración del 72,158 % del mínimo de pureza y del 78.915% del máximo de pureza”.

Conforme esos hechos el Ministerio Público Fiscal calificó la conducta de Torres, al requerir la causa a juicio, como autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inciso “c”

de la ley 23.737 y art. 45 del CP).

I.b) Establecido aquello, las partes no efectuaron planteos preliminares...

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