Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 29 de Julio de 2016, expediente FGR 012000995/2012/TO01

Fecha de Resolución29 de Julio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 12000995/2012/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CARDENAS, J.G. s/Fe Pública General Roca, 29 de julio de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CARDENAS, J.G. s/Fe Pública”, expediente n° 12000995/2012/TO1; puestos a despacho para resolver el pedido de suspensión de juicio a prueba y; CONSIDERANDO:

Que mediante presentación de fs. 206, el defensor particular, doctor R.H.V., solicitó la aplicación del instituto de suspensión de juicio a prueba a favor de su asistido, J.G.C..

Que se corrió vista a la señora F. General, doctora M.B., quien a fs. 209 (dictamen 276/16)

se expidió a favor de la concesión del beneficio, por entender que se encontraban verificados los extremos formales para su otorgamiento, manifestando además que se imponga al causante, en sustitución de tareas comunitarias, la donación de un monto acorde en favor de una institución de bien público que el Tribunal disponga, y el cumplimiento de las pautas de conducta que detalla el art. 27 bis del CP, ello por el plazo de un año.

Que a fs. 214 obra el acta de la audiencia celebrada (Art. 293 C.P.P.N.), en la cual el imputado ratificó los términos de la aplicación del beneficio impetrado, haciendo lo propio su defensor.

Durante la audiencia se peticionó que la suma destinada en sustitución de tareas comunitarias sea de dos mil pesos ($2.000) y que dicho monto se descuente del dinero depositado en la cuenta de autos.

  1. Atendiendo a la razonabilidad del ofrecimiento, que cuenta con la anuencia de las partes, y el criterio amplio adoptado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Acosta, Alejandro Esteban”

    Fecha de firma: 29/07/2016 Firmado por: ORLANDO ARCANGEL COSCIA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.M.P., SECRETARIO DE CAMARA #28341172#158129366#20160729134822606 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 12000995/2012/TO1 (Fallos: 311:858), seguido por este Cuerpo en “Montecino Duschek” (R.

  2. 65/2010), “Lacroix Pollich” (R.

  3. 107/2010), “Alvarellos” (R.

  4. 9/2012) y “Vivanco” (R.I.27/2013), entre otros, en función del monto de la pena prevista para el delito investigado, la ausencia de antecedentes al momento de la comisión del hecho, consideramos que la...

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