Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 28 de Junio de 2016, expediente FPO 013009780/2012/TO01

Fecha de Resolución28 de Junio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 13009780/2012/TO1 En la ciudad de Posadas, Misiones, a veintiocho días del mes de junio del año dos mil dieciséis, reunidos para deliberar los Sres. Jueces de Cámara, integrantes del Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, D..

M.A.J.M., N.L. y MARIO HACHIRO DOI bajo la presidencia del primero de los nombrados, asistidos por la actuaria, Dra. L.Y.K., con el objeto de dictar sentencia de conformidad con las normas del Juicio Abreviado contenidas en el art 431 bis -incorporado al C.P.P.N por la Ley Nº 24.825-, en la causa Expte. FPO Nº 13009780/2012/TO1 caratulada “M.D. s/INFRACCION LEY 22.415”, del registro de este Tribunal Oral, con respecto al enjuiciado en libertad D.M., titular del D.N.

  1. 33.395.886, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación agricultor, de nacionalidad argentina, nacido en Santa Rita, Alba Posse, provincia de Misiones, el 18 de febrero de 1987, hijo de P.M. y de G.A., con domicilio en Colonia Alborada a 6 km. de la Ruta N° 2, provincia de Misiones, con instrucción primaria incompleta, que sabe leer y escribir, por considerarlo prima facie responsable del delito de ENCUBRIMIENTO DE CONTRABANDO DE IMPORTACION, previsto y penado por el art. 874, inciso primero, apartado “d” del Código Aduanero en calidad de PARTÍCIPE NECESARIO en concurso real con el delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y penado por el artículo 296 en función del artículo 292, segundo párrafo del Código Penal, en calidad de AUTOR (art. 45 del Código Penal). Asimismo, de conformidad a constancia actuarial de fs. 328 in fine, D.M. posee una causa penal abierta por ante este Tribunal Oral Federal de Posadas, bajo la presidencia de la Señora Juez de Cámara, Dra. N.L., autos E.. FPO N° 11009631/2012/TO1 caratulada “M.D. s/Infracción Ley 22.415”, en la cual, en fecha 21/05/2013, se dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de D.M. como autor penalmente responsable del delito de Contrabando de Exportación en grado de tentativa, conforme surge del informe del Registro de Reincidencias (fs. 356/359).

    La plataforma fáctica de las presentes actuaciones, ha quedado enmarcada de la siguiente manera: aproximadamente a las 14:30 horas del día 10 de mayo del año 2012, en la guardia de prevención de la Sección “Jardín América” de Gendarmería Nacional, el Señor Jefe de la misma recepcionó un llamado telefónico, de una persona de sexo femenino que, sin darse a conocer, que puso en conocimiento que unos vehículos estaban llevando cigarrillos de contrabando por la Ruta Nacional N° 12 y luego por la Ruta Provincial N° 6. Asimismo, dio detalles de los vehículos: que uno se trataba de un vehículo marca VOLKSWAGEN, modelo Gol, de color gris, dominio FJJ-

    858, que hacía de “puntero” y otros tres (3) vehículos que transportaban la mercadería Fecha de firma: 28/06/2016 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.Y.K., SECRETARIA 1 #27908864#152454123#20160628120436437 Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

    TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 13009780/2012/TO1 ilegal que eran una camioneta marca FIAT, modelo S., de color blanco, dominio ISC-967, un vehículo marca FORD, modelo Fiesta Max, de color negro, dominio FSG-

    028 y un vehículo marca VOLKSWAGEN, modelo Gol, de color gris, dominio BJX-

    067.

    Consecuentemente, a fin de corroborar la información recibida, se ordenó que una patrulla realizara un control, el que resultó positivo pues fueron divisados, transitando por la Ruta Nacional N° 12 con dirección hacia la Ruta Provincial N° 6, dos de los vehículos cuyos datos fueron aportados por la persona que hizo el llamado telefónico anónimo: primero al VOLKSWAGEN, modelo Gol, de color gris, dominio FJJ-858 y a los pocos minutos al FIAT, modelo S., de color blanco, dominio ISC-967, pero como no se los pudo controlar, se avisó telefónicamente al S.J. del Escuadrón 11 “San Ignacio” y al Jefe del grupo “Santo Pipó”, ambos de G.N, a fin de que puedan instalar un control sobre la Ruta Nacional N° 12 para un reconocimiento de los vehículos mencionados.

    Ínterin la patrulla integrada por personal de la Sección “Jardín América” de Gendarmería Nacional salió por la ruta en busca de los otros rodados cuyos datos fueron aportados y se constató, a la altura del km. 1428 de la R.N 12, Paraje “Los Paraísos”, la presencia de los dos vehículos: uno marca FORD, modelo Fiesta Max, de color negro, dominio colocado FSG-028 y el otro marca VOLKSWAGEN, modelo Gol, de color gris, dominio BJX-067, que regresaban hacia Jardín América, por lo que el personal, munido de chaleco refractario identificatorio de la Fuerza, procedió a controlar a los mismos.

    De ello, resultó que el conductor del FORD Fiesta Max con dominio colocado FSG-028 era D.M., DNI N° 33.395.886, quien exhibió la Cédula de Identificación del Automotor Control N° 33753520 perteneciente a dicho dominio, rodado en el cual se observó que transportaba en su interior la cantidad de MIL NOVECIENTOS (1900) CARTONES DE CIGARRILLOS de la marca “51”, de origen y procedencia paraguaya, sin el aval aduanero correspondiente, en infracción a la Ley N°

    22.415.

    Asimismo, fueron hallados y, luego, secuestrados: un teléfono celular marca NOKIA, de color negro con vivos azúl, N° IMET 012821005278226, con el chip de la empresa “Personal” N° 89543410710964709829; un certificado de revisión técnica Serie “C” N° 000155645, perteneciente al dominio FSG-028; una póliza de seguro de la aseguradora “Federal Seguros” a nombre de P.L.T., con seis comprobantes de pago de la misma, perteneciente al dominio FSG-028; una factura “C” N° 0001000000 por la compra de una batería de 45 amperes a nombre de P.T..

    Fecha de firma: 28/06/2016 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.Y.K., SECRETARIA 2 #27908864#152454123#20160628120436437 Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

    TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 13009780/2012/TO1 Seguidamente, se compulsó al sistema de antecedentes de la Fuerza, del cual surgió que: para el dominio FSG-028, un vehículo marca FORD modelo Fiesta Max, motor N° CDJC800370, chasis N° 9BFZF26N368000370, titular A.R.A., DNI N° 11.463.455, domicilio en Block 20, D.. 4, Barrio Aget, Tucumán, sin impedimentos; conforme el número de chasis “9BFZF26N368000384”

    estampado en el rodado involucrado el mismo le corresponde el dominio FSU-622, sobre el cual surgió pesaba un pedido de secuestro por hurto de fecha 13/10/2011, solicitado por la Policía Federal.

    Ante ésta situación, por intermedio de la Jefatura del Escuadrón 11 “San Ignacio” de G.N el hecho fue puesto en conocimiento vía telefónica al Juzgado Federal de Posadas, que a través de la Secretaría Penal N° 3 dispuso que se procediera a: iniciar el sumario de prevención judicial; dar intervención a la Policía Científica de la Unidad, para la verificación de sobre la numeración estampada en el motor y chasis del rodado en cuestión; secuestrar la totalidad de lo hallado: la mercadería extranjera, la documentación, la Cedula de Identificación del Automotor Control N° 33753520, el rodado y el teléfono celular.

    En orden a este hecho, a fs. 315 y 348, el Sr. Fiscal Federal de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR