Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 27 de Junio de 2016, expediente CCC 068060/2013/TO01

Fecha de Resolución27 de Junio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 68060/2013/TO1 Buenos Aires, 27 de junio de 2016. REGISTRO Nº 86 / 2016 Y VISTA:

La causa nº 4693, conexa con las causas n° 4521 y 4692 del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal nº 30, seguidas contra J.A.A. ALBORNOZ (o S.Z.A.R. o J.A.A. o C.G.A.S. o J.A.A.A. o J.A.A.A. o S.Z.A.A. o Y.A.A. o Y.A.A.A. o B.S.A.A. o B.S.A.R. o B.S.A.R. o S.Z.A.R. o T.L.E.A. o C.E.A. o T.L.E.A. o M.G.V. o M.G.V. o M.G.V.) – de nacionalidad chilena, CI chilena n° 13.437.348-2, nacida el 24 de enero de 1978 en Chile, hija de S.A.P. y de C.G.A.S., P.. Pol. RH 261.659-, por el delito de por el delito de hurto simple en grado de tentativa, cometido en forma reiterada –tres oportunidades-, en calidad de autora (arts 42, 55 y 162 del CP – causa 4693); robo de automotor o vehículo dejado en la vía pública en grado de conato, en calidad de autora (arts 42, 45, y167 inc 4° en función del art 163 inc 6° del CP-causa 4521); robo simple en grado de conato, en calidad de autora (arts 45 y 164 del CP – causa 4692)..-

Y RESULTA:

En la presentación que luce a fs 478/9, la señora F. General, doctora A.P.P., interinamente a cargo de la Fiscalía General n° 26, con el consentimiento de la imputada J.A.A.A., en lo que al respecto es requerido por ley y contando la encartada con la asistencia del señor Defensor Oficial doctor R.L., solicitaron se Fecha de firma: 27/06/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #27964845#156273186#20160630082241757 diera curso a un juicio abreviado, todo ello según las previsiones del art. 431 bis del Código Procesal Penal.

El Tribunal tomó conocimiento “de visu” de la imputada, quien fue oída en todo cuanto quiso expresar, en la oportunidad de la que da cuenta el acta de fs 481, por lo que no existiendo circunstancia alguna de aquellas que, conforme el texto legal, autorizan el rechazo de la solicitud del juicio abreviado, corresponde el dictado de la sentencia, luego del llamado de fs. 482.-

Y CONSIDERANDO:

PRIMERO

La materialidad del hecho y la prueba recopilada en el expediente.

  1. El hecho investigado en autos.

    Por requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 219/22 de la causa 4693 se le imputa a A.A.:

    HECHOA (CAUSA 4693).

    HECHO 1.

    “(...) el día 2 de diciembre de 2013, alrededor de las 15.20 hs, en el interior del local comercial demonizando “I.” sito en Av Rivadavia nro. 4985 de esta ciudad, oportunidad en que intentó apoderarse ilegítimamente sin fuerza en las cosas ni violencia en las personas, de una cartera color azul con una etiqueta con la inscripción “I.”, una cartera color verde con una etiqueta con la inscripción “I.”, una billetera de color rosa con vivos verdes y dorados con una etiqueta con la inscripción “I.”. La maniobra no pudo ser consumada pues fue advertida por R.V.F., encargada del comercio aludido, quien al notar el accionar de aliste A., salió del local y la siguió por la Av Rivadavia hasta detenerla a bordo de un taxi en la intersección de la citada arteria con la Fecha de firma: 27/06/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #27964845#156273186#20160630082241757 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 68060/2013/TO1 Av Acoyte de esta ciudad, lugar donde dio aviso a personal policial, el cual procedió a su detención”.-

    HECHO 2.

    (...) el día 23 de marzo de 2014, alrededor de las 19.55 hs, en la Av Lope de Vega 1155 de esta ciudad, en el interior del supermercado Día %, oportunidad en la cual intentó apoderarse ilegítimamente, sin fuerza en las cosas ni violencia en las personas, de tres envases de shampoo, dos envases de acondicionar, todos con la inscripción P. de 750 ml, además de tres desodorantes de inscripciones Dove y una jalea de frutilla de 110 gr. Marca Día %, todos los elementos sin abrir, los cuales colocó en su cartera para luego cruzar la línea de cajas sin abonarlos, siendo que en ese momento el empleado Y. solicitó que exhibiera sus pertenencias, entre las que se encontraban los elementos detallados

    .-

    HECHO 3.

    (...) el día 5 de mayo de 2014, alrededor de las 17.30 hs, en el interior del supermercado denominado “Easy” sito en la Av Rivadavia nro.

    5771 de esta ciudad, cuando intentó apoderarse ilegítimamente de ocho candados doble paleta marca Travex, un candado blindado marca Travex, dos candados en caja con inscripción 505. Una vez que la nombrada A.A. estaba en el interior del local, tomó un par de guantes y escondió en su mochila los once candados descriptos anteriormente con el objeto de no abonarlos al pasar por el sector de cajas, donde solamente pagó los guantes.

    Al traspasar por la línea de cajas fue sorprendida por personal de seguridad, quien le solicitó que exhiba su mochila, constatando el personal de seguridad los once candados aludidos

    .-

    Asimismo, por requerimiento de elevación a juicio obrante a fs Fecha de firma: 27/06/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #27964845#156273186#20160630082241757 93/5 de la causa 4521 se le imputa a Aliste Albornoz:

    HECHO B (CAUSA 4521).

    (…) haber intentado sustraer, el 15 de junio de 2015 a las 00:11 hs aproximadamente, un vehículo automotor de color rojo, marca Ford, modelo Fiesta LX, dominio DYG-943, el cual se encontraba estacionado sobre el pasaje Ohm, a la altura catastral 2285 de esta ciudad, habiendo violentado la cerradura de la puerta delantera izquierda de dicho rodado y el plástico inferior del cubre volante.-

    La encausada fue sorprendida por personal policial mientras se encontraba sentada en el asiento del conductor del rodado simulando estar dormida.-

    En esa oportunidad el personal uniformado procedió a identificarla y al descender del vehiculo logró observar que el plástico inferior del cubre volante se encontraba con todos los cables colgados y que sobre el asiento del acompañante se encontraba un cricket, un destornillador con mango color verde y una llave de metal para sacar tuercas.-

    Se procedió a la detención de la nombrada y al secuestro de los elementos que tenía en el interior del rodado: cricket, destornillador, llave de ruedas, bolsa de nylon negra que contenía en su interior una llave cruz, tres paquetes con bolsas de regalo, una bufanda blanca y negra, una cartera marrón con detalles gris y negro la cual contenía en su interior una linga amarilla con ganchos, un par de anteojos de lectura y 16 CD con estuches y otros en bolsas de nylon (se encontraron en el interior del baúl del automotor)

    .-

    En igual sentido, por requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 142/5 de la causa 4692 se le imputa a Aliste Albornoz:

    Fecha de firma: 27/06/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #27964845#156273186#20160630082241757 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 68060/2013/TO1 HECHO C (CAUSA 4692).

    (…) el haber intentado sustraer con violencia sobre las personas un aparato de telefonía celular marca Samsung modelo GT-S5360L a H.A.I. el día 23 de enero del año en curso (2015), siendo aproximadamente las 14:15 horas.-

    En efecto en las circunstancias de tiempo señaladas en oportunidad en la que la nombrada I. egresaba de un comercio ubicado en Álvarez Thomas y F.R. sobre la segunda de las arterias mencionadas, fue increpada por la encartada –quien se encontraba acompañada por un menor de 9 años- que por la espalda le provocó un empujón ocasión en la que aprovechó para sustraerle el aparato celular que llevaba en el bolsillo trasero derecho de su pantalón.-

    Que ante ello, la damnificada tomó del brazo a la imputada produciéndose un forcejeo en el transcurso del cual alegaba inocencia y ponía como excusa que la menor se había tropezado, el que culminó con la llegada de personal de la Policía Metropolitana que fuera alertado por una ocasional transeúnte.-

    Que tras rastrillar las inmediaciones se logró recuperar el teléfono celular de I. arrojado cerca de la alcantarilla, a metros de donde se produjo el forcejeo y donde se encontraba la menor, lugar hacia donde se dirigió la imputada al arribo del personal policial

    .-

  2. La prueba agregada en autos y la situación de los imputados.

    HECHO A (CAUSA 4693).

    HECHO 1.

    La materialidad del hecho y la autoría responsable de J.A.A.A. se encuentran debidamente acreditadas por la Fecha de firma: 27/06/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #27964845#156273186#20160630082241757 prueba recolectada en el proceso, la que conforma un compacto panorama acusatorio a su respecto.

    Dentro de este contexto, se destaca lo declarado por el agente S.A. (cfr fs 1), quien relató que el día del hecho se encontraba de facción en la intersección de las avenidas Acoyte y Rivadavia de esta ciudad, cuando observó un tumulto de gente. Se acercó hacia ellos observando a dos mujeres que forcejeaban, siendo que una de ellas intentaba subir a un taxi con una bolsa. Refirió que entrevistó a la primera de ellas que se identificó como encargada del local denominado “I.”, quien momentos antes había sido alertada por una clienta que la otra mujer había sustraído elementos de su local y los llevaba en la bolsa. Ante la presencia de testigos...

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