Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 1 de Agosto de 2016, expediente CCC 027067/2016/TO01

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 27067/2016/TO1 Buenos Aires, 1° de agosto de 2016.

Y VISTA:

Las causas nº 4708 y 4812 del registro de éste Tribunal Oral en lo Criminal Nº 30, seguida a R.A.B. (o R.A.B. o J.A.S. o J.A.S. o R.A.V.) –argentino, titular del D.N.

  1. n° 30.027.395 –

referido-, nacido el 15 de mayo de 1978 en la localidad de Rafael Calzada, Pcia.

de Buenos Aires, de estado civil soltero, desocupado, hijo de J.B. y Natividad Jesús Guardia, en situación de calle al momento del inicio de las actuaciones, con legajo de la Policía Federal Argentina RH 264.912, y detenido actualmente en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz donde se encuentra registrado con el L.P.U. n° 291.452, en orden al delito de robo en grado de tentativa reiterado en dos oportunidades.

De ella, RESULTA:

En la presentación que luce a fs. 169/170 de la causa n° 4812, la Sra. Fiscal, Dra. A.P., a cargo de la Fiscalía General N° 26, junto con el imputado R.A.B. y su defensor Dr. R.L. de la Unidad de Letrados Móviles n° 10, solicitaron la tramitación de estos autos bajo las reglas del juicio abreviado, de conformidad con lo normado en el art.

431 bis del Código Procesal Penal de la Nación.

El Tribunal tomó conocimiento de visu del imputado, quien también fue oído en todo cuanto quiso expresar, en la oportunidad de la que da cuenta el acta de fs. 171vta., por lo que, no existiendo circunstancia alguna de aquellas que, conforme el texto legal, autorizan el rechazo de la solicitud del juicio abreviado, corresponde el dictado de la sentencia, para la cual se llamó

autos a fs. 172.

Y CONSIDERANDO:

Fecha de firma: 01/08/2016

PRIMERO

Descripción del hecho, carga probatoria y su Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #28524993#158303359#20160802125728420 valoración:

  1. Hecho de la causa n° 4708.

    1) Descripción.

    El Tribunal tiene por acreditado el hecho que en el requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 82/84 la Sra. Fiscal de instrucción describiera, en el cual se le imputó a R.A.B. el “haber intentado sustraer ilegítimamente, bienes del interior del vehiculo automotor marca Volkswagen, modelo Gol, dominio CRO-896 que se encontraba estacionado sobre la calle Pasco 1140 de esta Ciudad de Buenos Aires, el día 9 de enero de 2016 alrededor de las 02.00 hs.”

    Para ello, B. rompió el cristal de la ventanilla trasera derecha del rodado e ingresó al mismo, instante en el que fue observado por la agente C.C. de la Policía Federal Argentina quién procedió a detenerlo y secuestrar en el interior del automotor un cuchillo de cocina tramontina

    .

    2) La carga probatoria y su valoración:

    El hecho precedentemente descrito, se encuentra avalado con las siguientes pruebas.

    2.1.- Declaración testimonial de la Agente C.C. de la Policía Federal Argentina quién manifestó que el día del hecho a las 2hs., observó a un hombre deambulando por la calle H. 1° y luego por Pasco hacia la Av. S.J. perdiéndolo de vista en ese momento.

    Posteriormente, escuchó el sonido de una alarma de automóvil, sobre Pasco hacia Av. S.J., por lo que se dirigió al lugar y observó al hombre que antes había visto que salía por la ventanilla trasera derecha de un rodado, por lo cual procedió a detener al individuo, luego identificado como el causante B. (fs. 7).

    2.2.- Declaración del I.C.O. quien formalizó la detención de B. mediante el acta de detención respectiva, secuestrando el Fecha de firma: 01/08/2016 Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.A., SECRETARIO DE CAMARA #28524993#158303359#20160802125728420 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 27067/2016/TO1 vehículo y un cuchillo de cocina (fs. 1 y actas de fs. 3 y 4).

    2.3.- Declaración testimonial de L.L.M. quién refirió

    que el 5 de enero de 2016 cerca de las 22hs., dejó estacionado y cerrado debidamente con llave, su automóvil marca Volkswagen, modelo Gol, dominio CRO-896 sobre la calle Pasco entre Av. S.J. y H. 1°.

    Aclaró que antes del hecho que lo damnificara el rodado presentaba la rotura del ventilete derecho trasero y la puerta derecha trasera forzada anteriormente, pero que el vidrio trasero derecho estaba en perfectas condiciones (fs. 69).

    2.4.- Declaraciones de los testigos del procedimiento H.O. de fs. 5 y E.L. de fs. 6 2.5.- Croquis con el recorrido y lugar de detención de B. de fs.8.

    2.6.- Informe pericial del automóvil de fs. 24 que da cuenta de la rotura de la ventanilla trasera derecha y que la puerta trasera derecha en su parte superior se encontró forzada.

    2.7.- Vistas fotográficas de fs. 17/21 que dan cuenta del estado del vehículo al momento del secuestro, y fs. 22 que da cuenta del estado del cuchillo secuestrado.

  2. Hecho de la causa n° 4812:

    1) Descripción.

    El Tribunal tiene por acreditado el hecho que en el requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 140/142 la Sra. Fiscal de instrucción describiera, en el cual se le imputó a R.A.B. “el hecho ocurrido con fecha 6 de mayo de 2016, a las 9.30hs. aproximadamente consistente en haber intentado apoderarse ilegítimamente y mediante fuerza en has cosas de los bienes de valor que se encontraban en el interior del rodado marca Ford, modelo Fiesta, dominio DDG-127 propiedad de J.A.G.V., el cual habla sido dejado estacionado por su hijo, J.F. de firma: 01/08/2016 Firmado por: G.E.F., JUEZ DE...

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