Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL, 30 de Mayo de 2016, expediente CCC 031069/2013/TO01

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31069/2013/TO1 n la Ciudad de Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de mayo de dos mil dieciséis, siendo las 12:00 horas, se constituyen en la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal nº 29 de Capital Federal los Sres. Jueces, el Dr. J.M.R.P. en su calidad de P., y los Dres. R.G.G. y J. De La Fuente, como vocales, éste último designado como J.S. en reemplazo de la Dra. M.C.D.G., para llevar a cabo la audiencia prevista por el artículo 293 del Código Procesal Penal en la presente causa nº

31069/2013 -interno n° 4802- seguida a W.F.D. en orden al delito de estafa en calidad de autor ( art. 45 y 172 del C.P.C.)

Acto seguido se verifica la presencia del representante del Ministerio Público Fiscal, Dr. H.F., del imputado W.F.D. y de la Dra. N.S.L.. Asimismo hice saber que se encontraban presentes los damnificados de la causa la Sra. M.C.S. y E.A.U., comprobaciones que se llevan a cabo en presencia de la suscripta, Dra. Ángeles M., Secretaria del Tribunal. Acto seguido, el Sr. Presidente advierte al imputado que esté

atento a lo que va a oír y le concede la palabra a la defensa del encausado, quien ratifica la presentación efectuada para suspender el juicio a prueba. Agrega la Dra.Lugo que para ello debe tenerse en cuenta la carencia de antecedentes penales de su asistido, y que, por sus condiciones personales, en el eventual caso de recaer sentencia condenatoria en estas actuaciones la misma podría ser dejada en suspenso. Asimismo, manifiesta que su asistido ofrece abonar la suma de tres mil pesos en concepto de reparación patrimonial, haciendo mención que era una suma simbólica ya que se encuentra con trabajo informal. Así

también agregó que esta dispuesto a realizar tareas comunitarias en la Iglesia del P.M. en G.C.. Por último, solicita se haga lugar al beneficio peticionado. Seguidamente se le concede la palabra a los Damnificados, quienes manifiestan que aceptan el dinero ofrecido. El Dr. De La Fuente, le pregunta al imputado si el monto de tres mil pesos es el último esfuerzo que puede hacer para resarcir el daño, haciendo mención a que era importante a los fines de que el Tribunal evalúe la procedencia del instituto. Luego de conversar con la Dra. L. esta agregó que podría esforzarse en abonar en el día de la fecha los tres mil pesos ( $ 3.000) en efectivo y luego la suma de...

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