Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 1 de Julio de 2016, expediente CCC 032209/2015/TO01

Fecha de Resolución 1 de Julio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 32209/2015/TO1 Buenos Aires, 1 de julio de 2016.

Y VISTOS:

Reunidos los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal nº

27, doctores J.H.R. –Presidente del debate–, F.M.S. y J.E. de la FUENTE –como vocales–, con la presencia de la señora Secretaria del Tribunal, I.M.B., para dictar sentencia en esta causa nº 4650/4667 seguida por los delitos de robo con armas en concurso real con robo simple reiterado, en grado de tentativa en tres oportunidades, a J.E.P., indocumentado, nacido el 7 de marzo de 1992, argentino, hijo de A.R.C. y A.F.P., detenido en el Complejo Penitenciario I de Ezeiza, L.P.U. N° 341.505/P, Expte. del Registro Nacional de Reincidencia O2722391 y P.. Policial RH 303601.

La audiencia de juicio oral se desarrolló en presencia del señor F. General, doctor G.P. DE LA FUENTE, el Dr.

G.D.M. por la Defensoría Oficial n° 5 y el imputado P..

RESULTA:

Se le imputan a J.E.P. cuatro hechos delictivos. Ellos estan contenidos en distintos requerimientos fiscales de elevación a juicio.

Fecha de firma: 01/07/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27241474#156785352#20160701130039481 1) En el primero de ellos, obrante en la causa n°

32209/2015, suscripto por la Dra. S.R., titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 41 de esta ciudad, se le imputa a J.E.P. “…el hecho ocurrido el día 2 de junio de 2015 a las 00:30 horas aproximadamente, en la intersección de la Av.

Antártica Argentina y R.M. de esta ciudad, ocasión en la que se apoderó ilegítimamente y mediante la exhibición de un cuchillo tipo “tramontina”,de un teléfono celular marca “Nokia” abonado nro.

1135153842 de la empresa “Personal” y de la suma de cuatro pesos ($4) en monedas, propiedad de M.C.D..

Concretamente ese día, mientras el dmanificado, de 16 años de edad, caminaba por las avenidas de mención, fue abordado por una persona de sexo masculino quien, luego de exhibirle un cuchillo tipo “tramontana”, le exigió sus pertenencias, motivo por el cual el menor le entregó los elementos mencionados, para luego el imputado darse a la fuga.

Tras ello, el nombrado C.D. se dirigió por la citada Ramos Mejía hasta la calle 14, oportunidad en la que relató lo sucedido a personal policial de la Policía Metropolitana y en ese momento, observó que a metros de allí, sobre la citada calle 14 se encontraba quien lo damnificó.

Fecha de firma: 01/07/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27241474#156785352#20160701130039481 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 32209/2015/TO1 Por tal motivo, el Oficial Prieto impartió la voz de alto, la que fue acatada inmediatamente por el imputado y en presencia de testigos, procedió a la detención y requisa de quien se identificó como J.E.P., logrando únicamente el secuestro de las monedas referidas, mas no del cuchillo y el celular mencionados…”.

2) En la causa n° 32.639/14, el Dr. Justo J.R., a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 7, tuvo por acreditado que “…con fecha 29 de mayo de 2014, alrededor de las 12:30 horas, J.E.P. intentó apoderarse ilegítimamente de un teléfono celular marca “Nokia”, modelo “C3”, color negro, abonado N° 15-4409-0792 de la empresa prestataria “Movistar”, propiedad de A.G.P..

Para ello y en circunstancias en que la nombrada G.P. se encontraba caminando por la Av. Ramos Mejía del Barrio Retiro este medio, por ingresar a la estación de trenes del ramal Mitre, escuchando música con sus auriculares desde el aparato telefónico en cuestión, el imputado metió su mano fuertemente en su bolsillo derecho de su campera y le sustrajo el aludido celular.

Luego de ello, J.E.P. se dio a la fuga corriendo en dirección a la Plaza de Canadá –hacia la intersección de la Av. Ramos M. y la calle Z. de este medio-, razón por la cual Fecha de firma: 01/07/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27241474#156785352#20160701130039481 la damnificada comenzó a perseguirlo a pie, gritando a viva voz “me están robando, es un chorro” (sic).-

Que dicha situación fue advertida por el Agente Orlando Ernesto Córdoba, numerario de la Seccional 46ª de la P.F.A., quien observó al encausado pasar frente a él y a la mujer gritando “me robo”

(sic).-

Ante ello, el nombrado C. persiguió al hombre, a bordo de un cuatriciclo, a quien observó todo el tiempo, y vio que intentó subir a un colectivo, pero el imputado no logró su cometido, por lo que cruzó la Av. Ramos M.. Que el personal policial se le acercó y le dio la voz de alto, cerca de las dársenas del medio de dicha calle, donde finalmente P. detuvo su marcha y se sentó.-

Posteriormente, se presentó en el lugar el Sargento Medina, numerario de la Seccional 46ª de la P.F.A., y junto a C. aprehendieron al imputado.-

Luego, arribó al lugar G.P., quien le manifestó al personal policial que él hombre que se encontraba allí

detenido minutos antes le arrebató su aparato telefónico y a su vez señaló como suyo el celular que tenía el encausado en sus manos.

Finalmente, el nombrado C. procedió a la formal detención de quien dijo ser J.E.P. y secuestró el Fecha de firma: 01/07/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27241474#156785352#20160701130039481 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 32209/2015/TO1 teléfono marca “Nokia”, modelo “C3”, color negro…”.

3) Asimismo, en la causa n° 45.422/2014, el Dr. S.A., de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 24, imputó a J.E.P. “…el haber intentado apoderarse, mediante violencia, el 29 de julio del corriente año, aproximadamente a las 23:30 horas, de una caja de herramientas marca “S.”, color negro, que contenía en su interior dos pinzas, un alicate, una masa, una tenaza, dos destornilladores y seis llaves de boca, propiedad de la empresa “Fevial S.A.”, elementos que en ese momento se encontraban en poder de J.O.M. y R.F.O., quienes estaban pintando la bicisenda ubicada en la intersección de las calles Paraguay y San Martín de este medio.

A dicho fin, el imputado, aprovechando la distracción de los operarios mencionados, se acercó al lugar, tomó la caja de herramientas y se dio a la fuga por la segunda calle mencionada en dirección a la avenida Córdoba, ocasión en la que una ocasional transeúnte, al ver lo sucedido, les avisó a aquéllos lo que había sucedido, para lo cual les señaló al sujeto que se retiraba del sitio, razón por la cual ambos operarios comenzaron la persecución.

En tal sentido, el nombrado O. se constituyó en el cruce de San Martín y Córdoba, donde observó que el encartado se Fecha de firma: 01/07/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27241474#156785352#20160701130039481 hallaba en la vereda izquierda de la avenida mencionada, por lo que aquél y su compañero comenzaron a perseguirlo, hasta que le dieron alcance pocos metros más adelante del cruce de Córdoba y A., donde comenzaron a forcejear con el objeto de quitarle la caja de herramientas que llevaba en su mano, lo que pudieron hacer luego de unos instantes, oportunidad en la que el incuso nuevamente intentó

darse a la fuga por A. hacia Paraguay, siendo perseguido por el Cabo 1° J.D.G., quien había visto la disputa en cuestión.

Finalmente, el preventor con el auxilio del A.C.B., que había concurrido al lugar, lograron detener al encartado y secuestraron la caja de herramientas…”.

4) Por último, en el expediente n° 12.333/15 se tuvo por probado que “…el 2 de marzo del corriente, a las 21:00 aproximadamente en un banco en la Plaza San Martín, precisamente, ubicado en el límite de la plaza con la calle J., J.E.P. intentó apoderarse ilegítimamente de pertenencias de A.D. joloidovsky, ejerciendo violencia sobre éste.

Para lograr su cometido, en circunstancias en que J. se encontraba en el referido banco, P. se acercó y le pidió un cigarrillo, a lo que aquél accedió. De seguido, el aquí

Fecha de firma: 01/07/2016 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #27241474#156785352#20160701130039481 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 32209/2015/TO1 imputado le refirió “dame la mochila o te pego un puntazo”, mientras hacía ademanes de portar un elemento en su cintura.

Ante ello, por temor a su integridad física, J. le entregó una mochila azul y negra con inscripción “Telecom”, que contenía en su interior una campera blanca con cierre y capucha, un jean con cinturón negro, un short de fútbol negro con vivos blancos y un teléfono celular “Nokia” C3 azul y negro.

Luego, el imputado se retiró a paso acelerado con las pertenencias de J. en dirección hacia la Av. D.L., mientras que éste lo persiguió y, al llegar al cruce con J., dio aviso a personal policial que se hallaba en la zona.

En virtud de ello, el preventor y la víctima continuaron con la persecución del agresor, quien ingresó a la estación “Retiro” del ferrocarril Mitre, sobre la Av. Ramos M., oportunidad en la que se le impartió la voz de alto, la cual fue acatada.

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