Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 12 de Mayo de 2016, expediente CCC 000716/2016/TO01

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 716/2016/TO1 Buenos Aires, 12 de mayo de 2016.

VISTA:

La causa n°716/2016 (interno n°4250) seguida a J.L.L. o O.U. o J.C.R. o O.U., argentino, titular del Documento Nacional de Identidad n° 16.296.889, nacido el 11 de septiembre de 1962 en esta ciudad, hijo de J.M. y de E.I.R., de estado civil soltero, sin ocupación, titular del Prontuario de la División Robos y Hurtos de la Policía Federal n°

205.374, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal n° 1 de Ezeiza.

Intervienen en el proceso el Sr. Fiscal General, Dr.

Santiago Vismara y la Unidad de Letrados Móviles n° 2 representada por la Dra. M.C.P..

De la que RESULTA PRIMERO De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio de fojas 77 a 80 se le reprocha al encausado:

…Hecho I: el haberse apoderado ilegítimamente de una cartera de color azul, propiedad de la Sra. R.M.C., la cual contenía en su interior un Documento Nacional de Identidad y Pasaporte nro. 44.262.696 a nombre de su hija B.B., dos carnet tipo tarjeta de la obra social OSDE, uno a nombre de la denunciante y el otro a nombre de su Fecha de firma: 12/05/2016 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.D., SECRETARIO DE CAMARA #27960279#152792005#20160510103014312 hija B., una credencial perteneciente a su lugar de trabajo, entre otros elementos, ello el pasado 04 de enero de 2016 a las 21.00 horas aproximadamente ocasión en que la damnificada ingresaba en el edificio en el cual reside, sito en la Av. Corrientes 2075 de esta Ciudad

.

Que para lograr su cometido, el encausado, quien ya se encontraba en el interior del edificio antes mencionado, sorprendió a la damnificada, y en tono amenazante le refirió:

‘camina, camina, sacá los documentos y dame la plata’ sic, al tiempo que le exhibió un elemento cortante el cual poseía en su mano derecha

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Asimismo, L. sin tomar contacto físico con B. la dirigió hacia la puerta del ascensor, en donde la nombrada hizo entrega de los elementos antes mencionados, como así también las llaves de ingreso al edificio, las cuales le fueron exigidas por el nombrado, y luego el encausado se retiró del edificio dándose a la fuga

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Hecho II: el haberse apoderado ilegítimamente de una cartera color azul con vivos azules de distintos tonos, propiedad de la Sra. M.C.E.L., la cual contenía en su interior un Documento Nacional de Identidad nro.

95.463.539 a su nombre, una tarjeta SUBE, un juego de llaves, un libro ‘I. llega con lluvia’, entre otros elementos, ello el pasado 04 de enero de 2016 a las 22.30 horas aproximadamente ocasión en que la damnificada se hallaba caminando por la Avenida Fecha de firma: 12/05/2016 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.D., SECRETARIO DE CAMARA #27960279#152792005#20160510103014312 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 716/2016/TO1 Independencia intersección con la calle G.. U. de esta ciudad

.

Que para lograr su cometido, el imputado sorprendió a la damnificada, la abrazó y le colocó un cuchillo en su cuello manifestándole que si no se quedaba quieta la iba a matar. Frente a ello, y por temor a su integridad física E.L. continuó caminando un par de metros, para luego tomar con su mano izquierda el cuchillo y quitárselo del cuello, lo que le ocasionó un corte en el dedo índice de su mano izquierda, desencadenando dicho accionar una actitud agresiva por parte de L., quien comenzó a agredirla físicamente mediante golpes de puño al tiempo que le refería en todo momento que la iba a matar

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Que luego de efectuarle varios golpes, el acusado tomó a la denunciante del pelo y la arrastró unos metros por el pelo, mientras le siguió propinándole golpes de puño y patadas.

Finalmente, L. sustrajo las pertenencias de L. y emprendió su fuga a pie para luego tomarse un taxi

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Frente a ello, la damnificada observó que el vehículo que había sido abordado por el imputado se había detenido en un semáforo y con la ayuda de C.E.L., quien se hallaba por las inmediaciones, dieron aviso a personal policial, haciéndose presente en el lugar el Cabo 1°

H.J., quien interceptó el vehículo, y observó al encartado en la parte trasera del mismo, quien si bien intentó darse a la fuga, fue finalmente detenido sobre la calle México 3146 de este medio y Fecha de firma: 12/05/2016 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.D., SECRETARIO DE CAMARA #27960279#152792005#20160510103014312 el secuestro de un bolso de tela a rayas de color azul, gris y negro el cual contenía un monedero color negro, un paquete de galletitas, varias lapiceras, un cuchillo tipo serrucho con mango plástico color azul, una bolsa de nylon color verde conteniendo un monedero negro, un estuche violeta con inscripción ‘ADRENALINA’ y en su interior un par de anteojos color rojo, un DNI nro. 44.262.696 a nombre de B.J.B., una bolsa azul conteniendo la suma de ciento cuarenta y tres pesos ($

143) y un broche de pelo color dorado

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Hecho III: el haber proferido frases amenazantes a D.S.Z. del tenor ‘MIRA PARA ADELANTE, SEGUI DERECHO Y NO ABRAS LA PUERTA NI PARES’ sic, al tiempo en que le exhibió un elemento corto punzante, ello el pasado 04 de enero de 2016 a las 22.30 horas aproximadamente, ocasión en que el damnificado se encontraba trabajando a bordo de su rodado de alquiler marca Fiat modelo Siena, dominio NJH-113, cuando al llegar a la calle México a la altura catastral 3146 de esta ciudad, el encausado le hizo señas para que detenga su marcha y poder subirse

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Ante ello, Z., detuvo la marcha del rodado permitiendo que L. suba al rodado en cuestión, momento en que éste extrajo de entre sus ropas un elemento corto punzante, se lo colocó en la espalda del damnificado y le profirió las frases amenazantes antes aludidas

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Fecha de firma: 12/05/2016 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.D., SECRETARIO DE CAMARA #27960279#152792005#20160510103014312 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 716/2016/TO1 “Que a los pocos metros el rodado tuvo que detener su marcha obligatoriamente en la señal de alto del semáforo, momento en el cual su vehículo fue rodeado por transeúntes y personal policial, donde dadas las circunstancias detalladas en el hecho II, se procedió a la detención del imputado”.

El Fiscal de grado calificó esta conducta como la autoría del delito de robo con armas reiterado en dos ocasiones -hecho I y II-, en concurso real con el delito de amenazas simples agravadas por el uso de armas (arts. 45, 55, 149 bis primer párrafo y 166, inciso 2° del Código Penal).

SEGUNDO Se presenta al Tribunal esta propuesta de juicio abreviado y cumpliendo con los recaudos formales establecidos por el artículo 431 bis del código de rito.

Allí (actas de fojas 124 a 126) el imputado presta conformidad con la existencia de los hechos y admite la intervención que le cupo...

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