Prince C/Peïaloza

Juez Séptimo Juzgado de Paz Letrado, de la Ciudad de Mendoza Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza, Autos N° 148.960, caratulados "PRINCE MARIO HERIBERTO c/PEÑALOZA JOSE RAMON p/EJ. CAMBIARIA", hace saber que a fs. 36 de autos el juzgado proveyó: Mendoza, 17 de junio de 2013. Autos y vistos: Los precedentemente intitulados, constancias de autos, dictamen del Ministerio Fiscal de fs. 33, lo dispuesto por los Arts. 69 y 72 del C.P.C.; Resuelvo: I- Aprobar la información sumaria rendida en autos y, en consecuencia, declarar que el demandado José Ramón Peñaloza, D.N.I. N° 17.174.260 resulta ser persona de ignorado domicilio. II- Notificar mediante edictosque se publicarán en el Boletín Oficial y Diario Uno por el término de ley, la presente resolución y la de fs. 11. III- Fecho, dése intervención al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes en turno. "El Oficial de Justicia que oportunamente se designe, de acuerdo con lo ordenado a fs. 11. Séptimo Juzgado de Paz Letrado de la Ciudad de Mendoza Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza, Autos N° 148.960, caratulados "Prince Mario Heriberto c/Peñaloza José Ramón p/Ej. Cambiaria". Los presentes autos arriba intitulados, constancias de autos y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 230, 259 y 260 del C.P.C. Resuelvo: De conformidad con lo ordenado a fs. 11 en estos Autos N° 148.960, caratulados "Prince Mario Heriberto c/Peñaloza José Ramón p/Ej. Cambiaria", que se tramitan ante este...

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