Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 21 de Mayo de 2021, expediente CNT 006966/2017/CA001
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2021 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VI
SENTENCIA DEFINITIVA
SALA VI
Expediente Nro.: CNT 6966/2017
(Juzg. N° 55)
AUTOS: “PRIETO, D.A. C/ CHIPONT, RICARDO ERNESTO
S/ DESPIDO”
Buenos Aires, 20 de mayo de 2021
En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones,
practicando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.
EL DOCTOR L.A.R. DIJO:
Contra la sentencia de primera instancia, que hizo lugar en lo principal a las pretensiones deducidas, apelan ambas partes a tenor de sus memoriales de fs. 259/262 y fs. 264/268,
que recibieron réplica por parte de sus contrarias a fs.
269/272 y fs. 277/281.
Por razones de método, trataré el recurso de la parte demandada, quien se agravia porque el sentenciante concluyó
que se encontraba acreditada la existencia de relación laboral y, en virtud de ello, tuvo por ciertas las circunstancias Fecha de firma: 21/05/2021
Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA INTERINA
relatadas en la demanda, sobre las que entendió se proyectaba la presunción contenida en el art. 55 de la L.C.T..
La parte cuestiona que mediante las declaraciones de P. y Coria, el sentenciante de grado haya entendido que se encontraba debidamente acreditada la existencia de relación laboral entre las partes.
P. (fs. 206/7) declaró que conoció a la actora por venderle ropa a ella y a sus compañeras de trabajo. Expresó
que concurrió varias veces al establecimiento sito en Espinosa al 1500, C., que iba en los horarios de la mañana y las chicas la atendían afuera en la puerta del geriátrico, que a veces iba los días de semana a las 10/11 hs. y a veces iba después de la 1 ó 2 de la tarde y refiere que la veía a la accionante con el ambo. Refiere precisiones acerca de cómo era el geriátrico (portón de dos hojas color rojo o bordo y tenía al lado casas de dos o tres pisos y un supermercado enfrente).
La testigo Coria (fs. 212/214) refiere que conoce a la actora por haber sido compañeras de trabajo en el geriátrico perteneciente al demandado, refiere que en el mismo trabajaba ella, la actora, C. que era la encargada y D.C. que era franquera, gente de limpieza y de lavadero y da cuenta que...
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