Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 12 de Febrero de 2019, expediente CAF 073196/2018/CA001

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 73196/2018PREVER COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO LIMITADA c/ EN-ANSES s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

Buenos Aires, de febrero de 2019.- LR VISTOS; CONSIDERANDO:

1º) Que la parte actora solicitó “[u]na medida cautelar autónoma de no innovar y suspensiva consistente en la suspensión de los efectos de la Resolución ANSES nº 131/18” –ver fs. 2/23-.

2º) Que a fs. 109 la Sra. Jueza a cargo del Juzgado nº11 del fuero declaró su incompetencia y ordenó remitir las actuaciones a la Justicia Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social.

3º) Que a fs. 110 la parte actora apeló y fundó su recurso a fs. 120/126.

Destacó que “[l]a presente causa es de la competencia del Fuero Contencioso Administrativo Federal, ya que el caso para su resolución habrá de quedar subsumido en normas de derecho administrativo y constitucional, por cuanto para proveerse tanto el dictado de la medida cautelar autónoma y suspensiva solicitad en autos, como para resolver la eventual revisión de la legitimidad y legalidad de la cuestionada Resolución ANSES 131/2010, que deberá

realizarse en su caso y oportunidad, habrán de ser dilucidadas mediante la aplicación de normas de derecho administrativo (arts. 7º y 14º LNPA) y de derecho constitucional (arts. 99, incs. 2º y 3º, 75, incs.

11º y 12º, etc.), siendo ajena la cuestión a un beneficio de la seguridad social o a casos donde resultan de aplicación normas de la seguridad social” –fs. 123vta./124-.

Solicitó que se revoque la resolución apelada y se declare la competencia del Fuero en lo Contencioso Administrativo Federal para intervenir en la presente causa.

4º) Que a fs. 133/134vta. obra el dictamen del Sr. Fiscal General quien opinó que corresponde confirmar la resolución de Fecha de firma: 12/02/2019 Alta en sistema: 18/02/2019 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA #32756110#225887442#20190208103501063 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 73196/2018PREVER COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO LIMITADA c/ EN-ANSES s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

primera instancia, en cuanto atribuyó el conocimiento del asunto al fuero federal de la seguridad social.

5º) Que, entonces, para determinar la competencia corresponde atender de modo principal a la exposición de los hechos que la parte actora hace en la demanda y, en la medida que...

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