Prestaciones de la Anses: qué trámites pueden hacerse en estos días y cuáles no

Iniciar el trámite para jubilarse, sí, pero solo si se está en el régimen previsional general; no, por ejemplo, si el interesado es docente y está, por lo tanto, incluido en un sistema especial. Gestionar un retiro por invalidez, no. Solicitar una Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), sí. A cinco meses de haberse iniciado el período de aislamiento social obligatorio para la prevención de contagios del Covid-19, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) tiene habilitada una serie de trámites que pueden hacerse de manera virtual. El listado se fue ampliando en forma progresiva, según lo dispuesto en varias resoluciones, y no alcanza aún a todas las gestiones. A la vez, van abriendo sus puertas las Unidades de Atención Integral (UDAI), que dan cantidades limitadas de turnos diarios para la atención presencial.Antes de que se habilitara la solicitud a distancia de nuevas jubilaciones, hubo un fallo judicial que ordenó que se le diera curso a un pedido de alta de una prestación. Fue en el caso de Mirta Esther González, una afiliada que había obtenido originalmente un turno para ir a una UDAI el 20 de marzo y que, hacia principios de junio, había tenido varias reprogramaciones sin lograr que se le diera inicio al trámite para jubilarse.En estos días, las jubilaciones y pensiones del sistema contributivo pueden ser iniciadas a través del sistema de atención virtual o también puede pedirse un turno para hacer la gestión en forma presencial (incluso en la ciudad de Buenos Aires y el conurbano, un área donde la reapertura de las oficinas llegó en forma más tardía que en el interior del país)."Los trámites iniciados virtualmente van avanzando de a poco. Si bien ha sido una herramienta útil en tiempos de aislamiento, se demoró su implementación y esto implicó retroactivos computados desde más tarde", cuenta Ana María Weisz, consultora en materia previsional.Hace unos años se dispuso que, cuando alguien pide su jubilación, la prestación a cobrar empieza a calcularse desde el momento en que se le otorga un turno. Entonces, cuando la persona percibe su primer haber mensual se agrega el retroactivo por el tiempo que pasó desde el principio de la gestión. "El retroactivo se paga a valor nominal histórico; no se aplica la movilidad por el período que pasa, ni una tasa de interés por la mora", explica Federico Percovich, presidente de la Comisión de Seguridad Social de la Asociación de Abogados de Buenos Aires. Eso provoca que cuanto...

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