Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 11 de Febrero de 2019, expediente FPO 000025/2019/CA001
Fecha de Resolución | 11 de Febrero de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE POSADAS |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS FPO 25/2019/CA1 Posadas, a los 11 días del mes de febrero de 2019.
Y VISTOS: El presente expediente, registro N° FPO
25/2019/CA1, caratulado: “Lagua, M. y Lagua, Junior
M.A. Sobre Habeas Corpus”
CONSIDERANDO: 1) Que las presentes actuaciones arriban
al conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del
pronunciamiento que luce incorporado a fs. 8 vlta./11 y vlta. a tenor
del cual el Magistrado de la Instancia en el acápite II desestimó la
acción de Habeas Corpus formulada por M.A. Lagua y M.A.J. Lagua
en favor de M. y elevó en consulta conforme lo prevé
el art. 10 de la Ley 23.098.
2) Surge de la constancia de fs. 4 que la presente vía se
interpuso a favor de M.E. M. madre y cónyuge de los
presentantes, quienes invocaron agravamiento en las condiciones de
detención ante el traslado de la nombrada al Complejo Penitenciario
Federal del NOA en la Provincia de Salta y presuntas afecciones de
salud.
Que M., en la audiencia celebrada en
los términos de los arts. 13 y 14 de la Ley 23.098 manifestó: “…la
situación de mi mamá M. E. Morel, la cual fue trasladada al Complejo
Penitenciario de Salta, causa desarraigo a toda la familia, además
depende económicamente del dinero que se le envía desde acá y como
es detenida no procesada, no puede hacer tareas remuneradas, además
tuvo una operación de la vesícula antes de ser detenida, la cual
manifiesta que se le complico y experimenta dolores abdominales;
solicitando la posibilidad de su traslado a una unidad dentro de la
Provincia de Misiones para que la distancia sea menor, y mis
hermanos menores puedan establecer contacto con ella”.
Por su parte a fs. 7 y vlta. en la audiencia respectiva Miguel
Ángel Lagua expresó: “…la situación de mi señora María Estela
Fecha de firma: 11/02/2019 Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.A.S., C. Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIO DE CAMARA #33063847#226325363#20190211082458777 M., la cual fue trasladada al Complejo Penitenciario de Salta,
causa desarraigo a toda la familia, además depende económicamente
del dinero que se le envía desde acá, yo soy personal retirado de
gendarmería mi sueldo es de pesos diez mil o a veces pesos trece mil
aproximadamente, con ese dinero mantengo a toda mi familia,
integrada por mi señora, mis hijos y mis nietos que son tres, mi nuera
también, lo que le puedo enviar a mi señora no le alcanza; y como es
una detenida no procesada, no puede hacer tareas...
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