PRESENTANTE: JOFRÉ AMICO, MIRTA LILIANA s/HABEAS CORPUS
| Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2021 |
| Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A
FMZ 7359/2021/CA1
Mendoza, 16 de junio de 2021.
VISTOS:
Los presentes autos nº FMZ 7359/2021/CA1 caratulados “JOFRE
AMICO, M.L.s.C., venidos del Juzgado Federal de
Mendoza nº 3 Secretaría Penal “D”, a esta Sala “A”, a fin de resolver la
apelación interpuesta por la defensa de la interna M.L.J.A.,
en fecha 08/06/2021, en contra de la resolución denegatoria de Primera Instancia,
dictada el 07/06/2021.
Y CONSIDERANDO:
1) Los presentes autos se originaron con motivo de la acción de
hábeas corpus incoada el día 1 de junio de 2021 por Mirta Liliana JOFRÉ
AMICO, quien se encuentra alojada en el Complejo Penitenciario Federal VI
Luján de Cuyo, a disposición del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 de
Mendoza.
Dirigió su reclamo a la sección médica del complejo penitenciario,
solicitando se le brinde adecuada atención a su problema de salud.
El mismo día de la presentación, se acompaña un informe firmado por
el médico de guardia Dr. G.A., el que indica: “se trata de una
femenina de 59 años de edad con antecedentes de hipertensión arterial, trastorno
de ansiedad depresión, (ambas en tratamiento) y bosio tiroideo en estudio. La
misma ha sido evaluada por médicos de planta, cirujano y psiquiatría de este
HPC. Además el día 18/05/2021, en hospital central fue evaluada por
especialista de cabeza y cuello Dr. R.M., MP 6206 quien solicita
analítica y PAAF, guiada con ecografía la cual no nos han otorgado turno dado
que se encuentra el ecógrafo roto a lo cual se adjunta certificación con lo
detallado anteriormente”.
Al ser recibida en audiencia, en fecha 2/6/2021 manifestó: “que tengo
problemas en la garganta, tengo muy hinchado, como una bola en la garganta, y
me molesta para comer, para respirar, también tengo mareos y dolores de
articulaciones y no me siento muy bien. Me habían dado un turno en el Hospital
Central, pero no me han llevado, tengo problemas para dormir, acá me dicen que
puede ser la presión. También siendo como un cosquilleo en todo el cuerpo,
desde enero que estoy así, tengo la boca seca, no puedo comer bien, y los
médicos que me han visto no saben bien qué es lo que tengo, lo único que me dan
son pastillas para la presión. He vuelto a dormir gracias a que me vió mi
psiquiatra y me dio unas pastillas para eso. Tengo muchas dificultades para
comer, he bajado mucho peso. Casi no puedo estar parada, me tiembla el cuerpo,
Fecha de firma: 15/06/2021
Alta en sistema: 16/06/2021
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
tengo como el cuerpo adormecido. Además tengo problemas ginecológicos y
tampoco he sido atendida. También he solicitado la atención de un cardiólogo y
tampoco he sido atendida. Quiero aclarar que no me encuentro en huelga de
hambre, que no puedo comer por la bola que tengo en la garganta. En este acto
la Dra. M. solicita se requieran informes al C.V., si se le ha
realizado una biopsia del nódulo que la interna presenta en la garganta,
asimismo solicito que se agreguen al presente recurso fotografías del nódulo
referido (de la garganta) y por último solicito un informe médico con el peso de
la interna al ingresar al penal y el peso que actualmente posee la misma.
Asimismo la representante del Ministerio Público Fiscal solicita un informe al
C.V. sobre el estado de salud, atención medica recibida y medicamentos
suministrados a la Sra. J. y también que se arbitren los medios para que sea
revisada en forma urgente por un médico para que evalúe su condición de salud”
Luego, en fecha 4/6/2021 se incorpora un nuevo informe médico
firmado por la Dra. E.A., que obra en el presente legajo, ampliatorio del
transcripto supra, con algunas aclaraciones respecto a sus problemas de garganta,
cardíaco y ginecológico, que se encuentran en tratamiento y a la espera de un
turno en el hospital central. Destaca que la paciente fue evaluada el 21/5/2021
En dicha evaluación se informó que: “la paciente fue evaluada por
médico de planta, debido a que manifestaba "mareos", en examen físico se
constata tiroides aumentada de tamaño, resto de examen físico normal,
interpretando el cuadro como síndrome vertiginoso solicitando además
interconsulta con cirujano de cabeza y cuello y ecografía tiroidea para valorar el
hallazgo del examen físico. El día 10/05/2021 es evaluada por médico cirujano
de este complejo quien confirma el aumento de tamaño de la glándula
mencionada a predominio de lóbulo derecho solicitando ecografía tiroidea e
interconsulta con médico cirujano especialista en cabeza y cuello para valorar la
realización de PAAF (biopsia por punción). El día 11/05/2021 se realiza
Radiografía de tórax de frente encontrándose dentro de parámetros normales y
ecografía de tiroides, se destaca en lóbulo derecho de la misma imagen nodular
solida con doppler color positivo que mide aprox. 40x30mm, sin evidenciarse
adenopatías cervicales y flujo carotideo conservado; y en lóbulo izquierdo
imágenes quísticas de 8 mm de diámetro TIRADS 4. El 14/05/2021 se realiza
control clínico encontrando a la paciente en buen estado general, TA 130/80
mmHg, aparato cardiovascular: FC 201 1pm, se realiza ECG que evidencia
taquicardia leve, y se solicitó evaluación con endocrinología y laboratorio con
perfil tiroideo, agregando a su medicación propanolol 20 mg cada 12 hs. Ese
Fecha de firma: 15/06/2021
Alta en sistema: 16/06/2021
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A
FMZ 7359/2021/CA1
mismo día es evaluada además por el médico psiquiatra quien la encuentra en
buen estado general con buena evolución al tratamiento por especialidad. El día
18/05/2021 sale a hospital extramuros, Hospital Central, donde es evaluada por
especialista en cabeza, cuello y tiroides, el D.R.A.M., M.
6206 quien describe en su evolución: “paciente que presenta nódulo tiroideo en
lóbulo derecho duro pétreo, móvil. SOLICITO ANALITICA Y PAAF"
(actualmente nos encontramos a la espera de turno para PAAF debido a que se
encuentra el equipo roto necesario para la realización). El día 21/05/2021 se
realiza nuevo control clínico, TA 120/85 mmHg, mejoría de la frecuencia
cardiaca 78 1pm. Resto del examen normal, y por referir la paciente persistencia
de la sensación de vértigo se indicó betahistina.”
2) Incorporados los informes médicos y constancias del tratamiento,
en fecha 07/06/2021, el señor J. a quo resolvió rechazar la acción de hábeas
corpus impetrada, por los motivos allí expuestos, los que compartimos y a los
cuales cabe hacer remisión.
Con fecha 08/06/2021 obra constancia de la notificación de la
denegatoria de la acción interpuesta a la interna y a la Defensora particular, quien,
en fecha 8/6/2021, formula apelación.
Indica que los informes médicos presentados y evaluados por el señor
J. no son suficientes para fundamentar el rechazo del habeas corpus, en tanto la
falta de atención debida por parte del Servicio Penitenciario está ocasionando un
reagravamiento en las condiciones de detención.
Especifica que, estar a la espera de una realizarse una biopsia debido a
un equipo roto en el Hospital constituye un agravamiento ilegítimo en las
condiciones de detención. Refiere que: “…a mi defendida no se le puede
practicar una biopsia necesaria y urgente debido a que en el Hospital
extramuros el equipo que realiza esa muestra está roto y esta situación para V.S
no es un agravamiento ilegítimo en las condiciones de detención. En definitiva,
no explica por qué no; ya que remitirse a los informes médicos no torna en
fundada una resolución ya que para ello debe existir un análisis de las pruebas
incorporadas, una valoración de ellas y una conclusión al respecto. No una
remisión a informes médicos… Entiendo que el derecho a la salud de mi
defendida resulta afectado por la ineptitud del centro de detención donde se aloja
para tratar adecuadamente su dolencia, que más allá de ser revisada
regularmente, esto no es trato adecuado que merece y así lo confirma el informe
médico que requiere una biopsia. De lo contrario, de no ser necesario, no se
hubiera solicitado una biopsia”.
Fecha de firma: 15/06/2021
Alta en sistema: 16/06/2021
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
3) Por su parte, en fecha 11/06/2021 se incorpora el informe del
Ministerio Público Fiscal, donde insta el rechazo de la acción interpuesta.
Entiende que no ha mediado en el caso por parte del servicio
penitenciario un agravamiento de las condiciones de detención de la interna que
justifique hacer lugar a la acción interpuesta. En este sentido destaca que la
atención que recibe la interna es la adecuada a las dolencias que presenta,
encontrándose recibiendo atención médica de forma permanente y efectuándose
un continuo seguimiento del aumento de la glándula tiroides.
Remarca que el hecho que el equipo con la cual se realiza la misma en
el Hospital Central se encuentra roto, no puede significar un agravamiento de las
condiciones de detención, en tanto de no encontrarse la interna privada de su
libertad, tampoco habría podido acceder a la práctica pretendida, circunstancia
que excede a las posibilidades del Servicio Penitenciario.
4) Sentadas las posiciones de las partes este Tribunal estima que
corresponde confirmar en todas sus partes la resolución atacada, al considerar que
resultan suficientemente fundados de conformidad a los argumentos que agrega el
Ministerio Público Fiscal.
Entendemos que el planteo efectuado por la interna Mirta Liliana
JOFRÉ AMICO, no encuadraría en ninguna de las previsiones contempladas en el
artículo 3°, inciso 2° de la...
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