PRESENTANTE: O. , A. C. s/HABEAS CORPUS
Fecha | 03 Enero 2023 |
Número de expediente | FGR 020814/2022/CA001 |
Número de registro | 024 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, de enero de 2023.
VISTO:
Este expediente caratulado “O., A.C. sobre habeas corpus” (Expte. Nº FGR 20814/2022/CA1), venido del Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Secretaría N°1; y,
CONSIDERANDO:
Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10
de la ley 23.098, al decidir el Juzgado Federal mencionado rechazar por un lado y declarar su incompetencia, por otro,
la acción presentada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en el Complejo V –Senillosa-
del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a exclusiva disposición del Tribunal Oral Criminal Federal N°2 de Rosario, provincia de Santa Fe.
Que, en su presentación inicial, O. manifestó
que interpuso la acción contra el Jefe de Trabajo del establecimiento y que los motivos los expondría “solamente delante de V.S.”. Luego, en ocasión de la audiencia celebrada en los términos del art.9 de la ley 23.098, expresó que desde el 10 de noviembre estaba esperando un cambio de tareas que –
alegó- debió producirse en 15 días según le había indicado el “director Blanco”. Luego expresó que el otro tema estaba relacionado con el Área de Visitas. En tal sentido sostuvo que tenía programada una visita presencial “desde el 12 hasta el 16 de diciembre con una amiga” y, al presentar el pedido,
le dijeron que “si tiene visita presencial le cortan por quince días las visitas por videollamadas”. Indicó que en octubre pasó por la misma situación y como sanción le cortaron la videollamada que “no es con la misma persona que Fecha de firma: 03/01/2023
Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.B., SECRETARIA DE CAMARA —1—
me va a visitar”. Explicó que las videollamadas las tenía con su concubina y con su hija. Luego, el defensor oficial que lo asistió en el acto solicitó que el señor B. recibiese en audiencia a su asistido y que “se libre oficio para ver el sustento reglamentario que prohíbe las videollamadas durante quince días si con anterioridad tuvo visita presencial”.
Que –junto a la presentación inicial- se acompañó un informe laboral del que se observa que el nombrado se encontraba afectado al taller de higiene de alojamiento y que cumplía formalmente con los objetivos fijados por el área. Asimismo, se puso en conocimiento que los cambios de tareas se realizaban de acuerdo con el concepto, la calificación y fase que transitaba la persona para lograr una mejor evaluación en su “Programa de Tratamiento Individual” y que no se contaba con cupo en los talleres productivos.
Que, más adelante y en función de lo solicitado el 05/12/2022 por el juzgado de origen –luego reiterado el 26 del mismo mes ante la falta de respuesta de la autoridad penitenciaria-, desde la División Visitas,
Relaciones familiares y Sociales se hizo saber que O.
recibió visita de la ciudadana C.
I. P. (amiga) … desde la fecha 12/12/2022 hasta el día 16/12/2022
. Por otra parte,
que las últimas comunicaciones que tuvo a través del sistema de videollamadas con E. A. fueron los días 01, 15, 22 y 29 de noviembre y 06 de diciembre pasados. Finalmente, se destacó
que se le explicó a O. el procedimiento administrativo,
diagrama establecido y alcances generales para ser incorporado al sistema de videollamadas que está establecido “para la comunicación con familiares directos, cuyos vínculos Fecha de firma: 03/01/2023
Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.B., SECRETARIA DE CAMARA —2—
37324079#354835331#20230103122426995
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca estén previamente corroborados con el área de Asistencia Social de este Complejo Penitenciario. Y para ser incorporado en la misma es necesario solicitarlo por medio de una audiencia escrita, la cual debe ser con anticipación
.
Que, frente a ello, el a quo señaló que el planteo de O. comprendía dos objetos: “a. Pedido de visita presencial con C.
P. desde el 12 hasta el 16 de diciembre de 2022 y b. cambio de tareas...
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