Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 13 de Abril de 2021, expediente FRE 004118/2020/CFC001

Fecha de Resolución13 de Abril de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal Sala II

Causa Nº FRE 4118/2020/CFC1

B., P.A. s/ recurso de casación

Registro nro. 485/21

Buenos Aires, 13 de abril de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores A.W.S.,

C.A.M. y G.J.Y., reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 y ccds. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y 15/20 y ccds. de este cuerpo, para decidir acerca del recurso de casación interpuesto en la presente Causa Nº

FRE 4118/2020/CFC1, “B., P.A. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctores C.A.M. y G.J.Y. dijeron:

  1. Que la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, resolvió “Confirmar la resolución venida en apelación proveniente del Juzgado Federal N° 2 de esta ciudad de Resistencia (art. 19 ley 23.098), librándose DEO al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes a los efectos que estime corresponder”.

    En la decisión confirmada, el juez de primera instancia había resuelto “I) RECHAZAR la acción de hábeas corpus interpuesta por Á.P.B., DNI N°

    16.769.244, alojado en la Prisión Regional del Norte (U7), por no configurarse en la presente un agravamiento de la forma y condiciones en que se cumple su privación de la libertad,

    conforme lo normado por los arts. y 17° de la ley 23.098.

    Fecha de firma: 13/04/2021

    Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

    Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    II) Requerir al Señor Director de la Prisión Regional del Norte –Unidad 7del SPF, requerirse al Director de la Prisión Regional del Norte –Unidad 7disponga de manera urgente la atención médica psicológica y/o psiquiátrica semanalmente, a través del Departamento de Psicología y Psiquiatría de esa Unidad, a los fines de tratar las patologías que el denunciante dice padecer”.

    Contra dicha decisión el peticionante, autorizado a su autodefensa, presentó el recurso de casación que fue concedido, y se encuentra a estudio.

  2. En la decisión recurrida los camaristas afirmaron que “analizadas las constancias de la causa, se advierte que el decisorio se encuentra ajustado a derecho, toda vez que la presentación realizada por el accionante en cuanto requería ser atendido por profesionales médicos especialistas, alegando que la atención recibida no era acorde con...

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