Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 12 de Diciembre de 2017, expediente CCF 004755/2000/CA005
Fecha de Resolución | 12 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I Causa 4755/2000/CA5 -
I- "Prado J.M. c/ Estado Nacional-
Estado Mayor General del Ejército s/ accidente en el ámbito militar y fzas.
de seg."
Juzgado N°: 11 Secretaría N°: 21 Buenos Aires, 12 de diciembre de 2017.
Advirtiendo el error en la foliatura a partir de fs. 652, corríjase dejando visible la anterior.
Y VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs.
639/644 –punto XIV–, fundado a fs. 659/667, cuyo traslado no fue contestado, contra la decisión de fs. 622 y la apelación deducida por la misma parte -en subsidio- a fs. 639/644, respondida a fs. 646/648, contra la resolución de fs.
625, mantenida a fs. 650/651, y CONSIDERANDO:
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El señor J. hizo efectivo el apercibimiento de fs. 582 y dispuso el embargo bancario sobre la cuenta indicada a fs. 581 por la suma de $37.422,83 –correspondiente a intereses sobre honorarios del letrado de la actora, Dr. J.M.M.–, con más la de $11.000 presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas y ordenó librar el oficio pertinente al BNA. Cumplido, citó de venta por cinco días en los términos del art. 505 del Código Procesal (cfr. fs. 622).
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En su memorial de agravios, la recurrente sostiene que no se encuentran vencidos los plazos que prevén el art. 22 de la ley 23.862 y el art.
132 de la ley 11.682. Añade que la suma reconocida en autos integra el presupuesto 2017, manteniendo el orden cronológico que se le asignó y cita la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa "C.".
Argumenta que la traba del embargo quebranta el procedimiento de presupuesto y pago de las sentencias judiciales previsto en las leyes 23.982 y 25.344, violando disposiciones de orden público, que no han sido declaradas inconstitucionales y cuya aplicación no se puede omitir.
Fecha de firma: 12/12/2017 Alta en sistema: 20/12/2017 Firmado por: DE LAS CARRERAS-URIARTE, #16085460#185848153#20171212164745382 Invoca el art. 19 de la ley 24.624 en cuanto establece que son inembargables los depósitos en cuentas bancarias afectadas a la ejecución presupuestaria del Sector Público y la ley 26.854 –arts. 9 y 4–, en cuanto veda el dictado de medidas cautelares que afecten los recursos del Estado y requiere un informe previo que hubiera permitido conocer el compromiso del interés público involucrado en el embargo decretado.
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En primer lugar, se debe señalar que la Sala confirmó a fs. 618 la intimación formulada por el...
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