Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 12 de Diciembre de 2017, expediente CCF 004755/2000/CA005

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I Causa 4755/2000/CA5 -

I- "Prado J.M. c/ Estado Nacional-

Estado Mayor General del Ejército s/ accidente en el ámbito militar y fzas.

de seg."

Juzgado N°: 11 Secretaría N°: 21 Buenos Aires, 12 de diciembre de 2017.

Advirtiendo el error en la foliatura a partir de fs. 652, corríjase dejando visible la anterior.

Y VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs.

639/644 –punto XIV–, fundado a fs. 659/667, cuyo traslado no fue contestado, contra la decisión de fs. 622 y la apelación deducida por la misma parte -en subsidio- a fs. 639/644, respondida a fs. 646/648, contra la resolución de fs.

625, mantenida a fs. 650/651, y CONSIDERANDO:

  1. El señor J. hizo efectivo el apercibimiento de fs. 582 y dispuso el embargo bancario sobre la cuenta indicada a fs. 581 por la suma de $37.422,83 –correspondiente a intereses sobre honorarios del letrado de la actora, Dr. J.M.M.–, con más la de $11.000 presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas y ordenó librar el oficio pertinente al BNA. Cumplido, citó de venta por cinco días en los términos del art. 505 del Código Procesal (cfr. fs. 622).

  2. En su memorial de agravios, la recurrente sostiene que no se encuentran vencidos los plazos que prevén el art. 22 de la ley 23.862 y el art.

    132 de la ley 11.682. Añade que la suma reconocida en autos integra el presupuesto 2017, manteniendo el orden cronológico que se le asignó y cita la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa "C.".

    Argumenta que la traba del embargo quebranta el procedimiento de presupuesto y pago de las sentencias judiciales previsto en las leyes 23.982 y 25.344, violando disposiciones de orden público, que no han sido declaradas inconstitucionales y cuya aplicación no se puede omitir.

    Fecha de firma: 12/12/2017 Alta en sistema: 20/12/2017 Firmado por: DE LAS CARRERAS-URIARTE, #16085460#185848153#20171212164745382 Invoca el art. 19 de la ley 24.624 en cuanto establece que son inembargables los depósitos en cuentas bancarias afectadas a la ejecución presupuestaria del Sector Público y la ley 26.854 –arts. 9 y 4–, en cuanto veda el dictado de medidas cautelares que afecten los recursos del Estado y requiere un informe previo que hubiera permitido conocer el compromiso del interés público involucrado en el embargo decretado.

  3. En primer lugar, se debe señalar que la Sala confirmó a fs. 618 la intimación formulada por el...

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