Sentencia Interlocutoria de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 31 de Julio de 2013, expediente I 72277

PresidenteSoria-Kogan-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución31 de Julio de 2013
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

I.72.277 "D.P.M.F. Y OT. C/ PROVINCIA DE BS. AS. S/ INCONST. DECR.LEY 9434/79 Y OT. NORMAS"

La Plata, 31 de julio de 2013.

AUTOS Y VISTOS:

  1. Que los coactores interponen acción de inconstitucionalidad solicitando que este Tribunal invalide para el caso los artículos 64, 65, 66, 71, 72, 73, 74 y 75 del Decreto-Ley nº 9.434/79 -texto ordenado por Decreto 9.166/88–, que autorizan al Banco de la Provincia de Buenos Aires a realizar por sí y sin intervención judicial, la subasta de inmuebles afectados en garantía hipotecaria de los créditos que otorga el Banco citado, haciendo efectivo el desapoderamiento del inmueble y realizando allanamientos sin orden de autoridad jurisdiccional alguna.

  2. En primer término, corresponde analizar si el planteo del caso involucra un agravio patrimonial a fin de establecer si resulta aplicable la limitación temporal para deducir la pretensión que prevé el artículo 684 del Código Procesal Civil y Comercial.

    La demanda está destinada a evitar que se realice la subasta del inmueble propiedad de los coactores en virtud de estar afectado con garantía hipotecaria por un crédito otorgado por el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

    Este Tribunal ha resuelto que reviste carácter patrimonial la acción que se entabla para salvaguardar intereses económicos eventualmente afectados por la norma reputada inconstitucional, no debiéndose prescindir de tal carácter por el hecho de que se aleguen otros daños no patrimoniales que aparecen como complementarios del interés primario en cuya defensa se acciona (doctr. causa I. 69.175 “Distribuidora REL S.R.L.”, res. del 13-IV-2011).

    Que si bien en autos se omite toda referencia, de los registros informáticos de este Tribunal surge que los coactores -con fecha 30-III-2005- han iniciado una acción originaria de inconstitucionalidad cuestionando el mismo decreto ley que aquí se impugna (I-68.183 "D.P.M.F. y otro c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconst. Dec. Ley 9343/79"). En ese expediente, que se tiene a la vista, por resolución de fecha 4-V-2005 se hace lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, se ordena al Banco de la Provincia de Buenos Aires a que suspenda cualquier tipo de actividad que tienda al desapoderamiento del inmueble -matrícula nº 11.931- de propiedad de los actores. Finalmente, con fecha 27-VI-2012 se declara la caducidad de la instancia.

  3. La admisibilidad de la pretensión de inconstitucionalidad expuesta por los actores, dada la índole de los derechos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR