Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 22 de Junio de 2011, expediente 22.407/2011

Fecha de Resolución22 de Junio de 2011

Poder Judicial de la Nación SENT. INTERLOCUTORIA Nº: 61039 SALA II

Expediente Nro.: 22407/2011

AUTOS: “MINISTERIO DE TRABAJO C/ PORTAU COMBUSTIBLES S.A. S/ LEY

DE ASOC. SINDICALES”

Buenos Aires, 22 DE JUNIO DE 2011

VISTO

Y CONSIDERANDO:

M.Á.P. dijo:

La empresa Pourtau Combustibles S.A. promovió incidente de encuadramiento sindical por ante el MTEySS en los términos que lucen a fs. 1/3 de los presentes actuados a fin de que la autoridad administrativa determine cuál es la entidad sindical representativa del personal afectado a la estación de servicio de su propiedad sita en la localidad de Brandsen,

provincia de Buenos Aires. Puntualizó que tanto el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) como el Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicio y USO OFICIAL

GNC, Playas de Estacionamiento y Lavaderos Automáticos (SOESGYPE) han manifestado poseer capacidad de representación respecto de sus empleados; que fue intimada por este último a hacer aplicación del CCT 488/07 en función de lo decidido en el dictamen 568 del Expte. MTEySS 1312262/09; que en la empresa se aplicaba el CCT 80/89 suscripto por SMATA en función de un convenio de empresa celebrado en 1988 y que, al reencuadrar a sus trabajadores de conformidad con el emplazamiento cursado por SOESGYPE, fue citada a una audiencia por SMATA en el marco de un expediente administrativo labrado en la Delegación Regional La Plata del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, en la que también tuvo intervención el otro sindicato en disputa (ver fs. 19/22). Afirmó que al quedar expuesto el conflicto de representatividad alegado en sede administrativa y al haberse declarado incompetente la justicia provincial en lo laboral para resolver el planteo en el marco de la demanda declarativa de certeza deducida, correspondía al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad de la Nación expedirse al respecto de conformidad con lo dispuesto en el art. 59

ley 23.551 (conf. art. 3 dec. 1040/01).

La Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales desestimó la pretensión deducida por la empleadora por considerar que en realidad lo que se pretendía era la determinación del convenio colectivo de trabajo aplicable, cuestión que hace al encuadramiento convencional de los trabajadores y no al conflicto intersindical denunciado, por lo que la cuestión resultaría ajena a la competencia del MTEySS (conf. ley 25877 derogatoria del dec. 105/00).

Desestimado el recurso de reconsideración, el Ministro de Trabajo de la Nación rechazó el recurso jerárquico deducido en subsidio mediante resolución MTEySS 1164 del 26/10/2010.

Contra esta última resolución Pourtau Combustibles S.A. a fs. 54/57 dedujo recurso de apelación en los términos del art. 62 inc. b) de la ley 23.551.

En atención a la índole de las cuestiones debatidas y a los términos en que se expidiera el titular de la cartera laboral a fs. 47/49, se requirió la opinión del Sr. F. General ante la Cámara quien se expidió a tenor del dictamen obrante a fs. 69/70 (cuyos fundamentos comparto y doy aquí por reproducidos en homenaje a la brevedad).

Como lo puntualiza el Dr. E.Á. a fs. 69/70 la...

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