Pmc S.R.L.

Fecha de la disposición 4 de Febrero de 2011

Viernes 4 de febrero de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.085 6 %@% GRUPO BRANDPLAN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Escritura 285 de 14/12/10 1) Diego Fernando Hagberg 18/7/77 DNI 25899488 y domiciliado en Ortiguera 82 Piso 4 Departamento D CABA y Daniel Alejandro Zwettler 11/1/74 DNI 23766215 domiciliado en Primera Junta 2331 Vicente López Prov Bs As argentinos solteros empresarios 2) Aristobulo del Valle 1127 CABA 3) 50 años 4) Tiene por objeto dedicarse a la fabricación, distribución, compra, venta de stands, góndolas, muebles, exhibidores, asà como su mantenimiento técnico, ampliación, refacción y remodelación y asesoramiento en la materia 5) $24000

6) 31/12 7) Gerente Diego Fernando Hagberg y Daniel Alejandro Zwettler quienes fijan domicilio especial en sede social José De Stefano autorizado por escritura citada.

Abogado - José A. D. De Stéfano e. 04/02/2011 N'º12501/11 v. 04/02/2011 %@% ILUFED SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Se complementa edicto del 02/11/2010. Nueva Gerente: Adriana, Onchalos, domicilio especial Darragueira 2433, piso 7, depto. D, CABA.

Hernán A. Espindola autorizado por contrato del 28/05/2009.

Certificación emitida por: MarÃa R. Cohen.

N'º Registro: 1972. N'º MatrÃcula: 4176. Fecha:

26/01/2011. N'ºActa: 181. N'ºLibro: 49.

e. 04/02/2011 N'º12463/11 v. 04/02/2011 %@% INTERPRISE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Comunica que por Acta de Reunión de Socios del 29/12/10 se resolvió transladar sede social a José Cubas 3419, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y reforma del artÃculo 8 del estatuto: “ArtÃculo Octavo: La administración, representación y uso de la firma social, precedida del sello social, estará a cargo de una o más personas socios o no, que revestirán el cargo de Gerentes, en forma individual e indistinta Los Gerentes, durarán en sus funciones, el plazo de duración de la sociedad. En tal carácter, tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos, tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en el art. 1881 del Código Civil y 9no. del Dto. Ley 5965/63. La garantÃa de los directores titulares a que se refiere el artÃculo 256, párrafo segundo, de la ley 19.550, se regirá por las reglas siguientes: a) Deberá consistir en bonos, tÃtulos públicos o sumas de moneda nacional o Extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad;

o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada director; en ningún caso procederá constituir la garantÃa mediante el ingreso directo de fondos a la caja social b) cuando la garantÃa consista en depósitos en bonos, tÃtulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. c) El monto de garantÃa será igual para todos los directores, no pudiendo ser inferior a la suma de Pesos Diez Mil ($10.000) o su equivalente por cada uno”. La Sociedad.

Autorizada por Acta de Reunión de Socios del 29/12/2010.

Abogada – Silvia A. Grande e. 04/02/2011 N'º12203/11 v. 04/02/2011 %@% LA CORPO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Instrumento Privado de Constitución de fecha 04/11/2010. 1) Socios: (i) Ignacio Romero (Socio Gerente), argentino, soltero,

Licenciado en Administración de Empresas, nacido el 03/02/1983, D.N.I. 30.082.440, con domicilio en Marcelo T. de Alvear 1239, piso 11, departamento A, Capital Federal, (ii) Romano Lanfranconi (Socio Gerente), argentino, soltero, Licenciado en EconomÃa Empresarial, nacido el 18/01/1983, D.N.I. 30.036.028, con domicilio en Soldado de la Independencia 953, piso 9, Capital Federal y (iii) Enrique AgustÃn Lippold (Socio Gerente), argentino, soltero, Licenciado en EconomÃa Empresarial, nacido el 11/02/1983, D.N.I. 30.136.555, con domicilio en Ombú 2935, Capital Federal. 2) Denominación:

La Corpo S.R.L. 3) Sede Social y Domicilio Especial: Marcelo T. de Alvear 1239, piso 11, departamento A, Capital Federal. 4) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, por sÃ, por intermedio de terceros con terceros o asociada a terceros, por cuenta propia o de terceros o a través de contratos con personas fÃsicas o jurÃdicas, públicas o privadas, o mediante la constitución y/o adquisición de personas jurÃdicas en la República Argentina o en el extranjero, a las siguientes actividades en el paÃs o en el exterior: i) Gestión deportiva Empresarial:

Organizar eventos, jornadas, competiciones y/o torneos deportivos para empresas y/u organizaciones. Organizar viajes y/o reuniones gerenciales y/o de área; ii) Gestión recreativa empresarial: Organizar eventos, jornadas, competiciones y/o torneos recreativos para empresas y/u organizaciones. Organizar eventos de entretenimiento corporativo, fiestas, viajes, jornadas y/o festejos; iii) Gestión de programas de bienestar empresarial: Armar e implementar programas de bienestar corporativos. Organizar eventos al aire libre. Asesorar en la instalación, puesta en marcha y/o administración de gimnasios, actividades deportivas y/o de bienestar general dentro de las empresas y/u organizaciones; iv) Asesoramiento: Asesorar a terceros respecto de actividades comprendidas en los apartados i) a iii) del presente ArtÃculo, como asà también para el desarrollo e implementación de todo tipo de eventos deportivos, recreativos y/o de bienestar empresarial; y v) Financiación: Otorgar créditos para la financiación de emprendimientos, eventos jornadas, competiciones y/o torneos deportivos, recreativos y/o de bienestar empresarial de terceros, públicos o privados, solicitando en cualquiera de los casos mencionados precedentemente las garantÃas que se estimaren convenientes;

se comprende expresamente el otorgamiento con fondos propios de préstamos al personal de la sociedad cualquiera fuere su jerarquÃa y de acuerdo con la calificación crediticia que del mismo se efectúe, en su caso con las garantÃas reales y/o personales que correspondan; todo ello con sujeción a las normas y reglamentaciones que resultaren aplicables y en la medida que no se trate de operaciones reservadas a las entidades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras de la República Argentina.

Las actividades comprendidas en los apartados i) a v) en su caso, y de corresponder, conforme la normativa que resulte aplicable, deberán...

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