Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 30 de Diciembre de 2019, expediente COM 032946/2019

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 32.946 / 2019

PLUS RES SA c/ ALVAREZ FRANCISCO BALTASAR s/ RECURSO DE QUEJA

(OEX)

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2019.-

Y VISTOS:

  1. ) Recurre en queja, la parte demandada Sr. F.B.Á., en razón de la denegación del recurso de nulidad planteado contra el Laudo Arbitral de fecha 26 de noviembre de 2019 (copiado a fs. 73/89), dictado por el Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires –actuando como amigable componedor.

    Tal vía recursiva fue desestimada por resolución del 03 de diciembre de 2019 (ver fs. 114),

    invocando los Sres. árbitros que en los arbitrajes de amigables componedores el derecho de las partes a canalizar la nulidad del laudo debe encauzarse en los términos del art. 771

    CPCC, señalando aquéllos, además, que no incurrieron en ninguna causal que invalidara el laudo por falta esencial de procedimiento –esto es, por haberse fallado fuera del plazo concedido por las partes o sobre puntos no comprometidos y/o que existan decisiones incompatibles entre sí).-

    Se quejó la recurrente sosteniendo que el citado laudo debía ser anulado pues,

    el Tribunal Arbitral se había pronunciado sobre puntos no comprometidos, apartándose de la verdad objetiva y afectando el derecho constitucional de la defensa en juicio. Expresó que se habría afectado el principio constitucional de legalidad, razonabilidad y congruencia beneficiando a la parte actora incumplidora Plus Red S.A.

  2. ) De las constancias que se disponen en este cuadernillo, se aprecia que la parte actora Plus Red S.A in re: “Plus Red S.A c/ Á.F.B. s.

    incumplimientos contractual-Daños y Perjuicios (Expte N° 1180/17), promovió ante el Fecha de firma: 30/12/2019

    Alta en sistema: 10/03/2020

    Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: J.A.C., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires una demanda por incumplimiento contractual y daños y perjuicios, contra el demandado F.B.Á. por u$s 1.555.537, en concepto de indemnización conforme lo previsto por la cláusula VIII apartado “ii” del compromiso irrevocable del aporte de capital, suscripto con fecha 02.12.13.

    Asimismo, se dejó en claro que los justiciables estaban contestes en que la cuestión suscitada entre ellas, sea resuelta por el Tribunal Arbitral como amigable componedor (ver copia de fs. 79, párr.4to).

    De...

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