Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 14 de Noviembre de 2019, expediente CAF 023464/2018/CA001

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación 23464/2018; PLASTAR SAN LUIS SA c/ GCBA-AGIP-DGR s/PROCESO DE CONOCIMIENTO Buenos Aires, 14 de noviembre de 2019.- IBP Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que, por resolución del 28 de junio de 2019, el Sr. Juez de primera instancia decidió rechazar el planteo de inhabilidad de instancia judicial efectuado por la demandada, con costas.

    Para así resolver, sostuvo que en atención a la naturaleza de la pretensión deducida por la firma actora –

    acción declarativa de inconstitucionalidad de una norma- el agotamiento de la vía administrativa no tiene propósito, ya que la única consecuencia resultaría la postergación de la intervención del Poder Judicial, único órgano facultado para dirimir tal pretensión.

  2. Que dicho decisorio fue objeto de recurso de apelación interpuesto por Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fs. 130, fundado a fs. 140/142vta., y replicado por la contraria a fs.

    145/146.

    En su memorial de agravios, la demandada afirma que la pretensión sustancial de la sociedad actora es obtener la devolución de lo que dice haber pagado en exceso en concepto de impuesto sobre los ingresos brutos entre el anticipo 01 del año 2013 y el anticipo 12 del año 2017. Y de tal modo, sostiene que la resolución apelada resulta arbitraria, pues la demanda ha sido interpuesta sin haberse agotado la vía administrativa, incumpliendo así con el requisito -ineludible para acceder a la vía judicial, conf. art.72 del C.F. (t.o.2016 y concordantes de años anteriores)- de interponer un reclamo ante la Dirección General de Rentas en casos -como el de autos- en que se persiga la repetición de tributos.

  3. Que a fs. 154/155 corre dictamen del Sr. Fiscal General mediante el cual sostiene -en resumidas cuentas- que atento a que el reintegro requerido se encuentra subordinado a la procedencia de la declaración de inconstitucionalidad de los artículos cuestionados del C.F., de la Ley Tarifaria y sus normas Fecha de firma: 14/11/2019 Alta en sistema: 19/11/2019 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #31591621#249495554#20191114110412618 reglamentarias, no resulta exigible el previo agotamiento de la vía en sede de la AGIP, por comportar un ritualismo inútil.

  4. Que a los fines de resolver la cuestión traída a conocimiento de este Tribunal, corresponde precisar que de los expresos términos del escrito de inicio se advierte que la firma PLASTAR SAN LUIS S.A. ha interpuesto demanda...

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