Planilla Nro.: 510

Fecha de disposición27 Abril 2007
Fecha de publicación27 Abril 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31144

Segunda Sección 1. Contratos sobre Personas Jurídicas 2. Convocatorias y Avisos Comerciales 3. Edictos Judiciales 4. Partidos Políticos 5. Información y Cultura BOLETIN OFICIAL Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947) Buenos Aires, viernes 27 de abril de 2007

Precio $ 1,00

DELAREPUBLICA ARGENTINA Año CXV Número 31.144

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3. EDICTOS JUDICIALES 3.1 Citaciones y Notificaciones.

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Sumario 1.1. SOCIEDADES ANONIMAS 1. Contratos sobre Personas Jur dicasi´ PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 538.103

DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Nº 31.144 2Viernes 27 de abril de 2007 laleydepropiedadhorizontal.-5)Duración:99años.6) Capital: $. 12.000.- 7) Dirección yAdministración:

A cargo de un directorio de 1 a 5 titulares con mandato por 3 ejercicios, pudiendo la asamblea elegir igual o menor número de suplentes.- Se prescinde de la sindicatura.- Se designan: Presidente: Pablo Gerardo Tomas Strafe; y Director Suplente: Mariana Zayas, quienes constituyen domicilio especial en Sucre 2683, Piso 7º, Departamento 'A', Capital Federal.- 8) Representación legal: Indistintamente al Presidente o al Vicepresidente. 9) Cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.- La autorización surge de la escritura 132, del 13/04/07, Folio 409,

Registro 1842 de Capital Federal.- Escribano Rubén Jorge Orona, Matrícula 4273.

Escribano - Rubén Jorge Orona Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 24/04/2007. Número:070424183336/4.MatrículaProfesionalNº:4273.

  1. 27/04/2007 Nº 58.879 v. 27/04/2007 ARDIC SOCIEDAD ANONIMA Por escritura del 19/4/07, Reg 1713 CABA, se modificó el articulo 3º, que quedó redactado así:

ARTICULO TERCERO

'La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, a la construcción y venta de inmuebles, así como la remodelación, reconstrucción y modificación de todo tipo de inmuebles, incluyendo la proyección, dirección y ejecución de obras públicas y/o privadas por medio de contrataciones directas o de licitaciones.- Así como también toda clasedeoperacionesinmobiliariasincluyendoelfraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización, clubes de campo, pudiendo tomar la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. Todas las actividades que así lo requieran serán realizadas por profesionales con título habilitante.- La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que, directa o indirectamente, se relacionen con el objeto social'.

Autorizada a publicar por escritura 91 del 14/2/07.

Escribana - Andrea M. Leivar Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 24/04/2007.

Número: 070424185264/3. Matrícula Profesional Nº:

3991.

  1. 27/04/2007 Nº 87.199 v. 27/04/2007 AUDINAC SOCIEDAD ANONIMA Por escritura número 114, folio 942 del 11 de abril de 2007, de Reforma de estatuto y Aumento de Capital, se protocolizó el Acta de Asamblea Extraordinaria número 71, del 30 de diciembre de 2006, donde se decidió aumentar el capital social de $ 100.000 a $ 1.000.000, modificando el Artículo 4º del estatuto social, y el artículo séptimo de garantía de los directores, los cuales quedan redactado de la siguiente forma: 'Artículo Cuarto: El capital social es de $ 1.000.000, representado por acciones de $ 1 valor nominal cada una. Puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme al artículo 188 de la Ley 19.550.' 'Artículo Séptimo. Administración: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número que fije laAsamblea de accionistas entre un mínimo de 1 y un máximo de 15 con mandato por tres años. La asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. En el caso que la sociedad prescinda de la sindicatura la elección por la asamblea de uno o más directores suplentes es obligatoria. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente; éste último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funcionaconlapresenciadelamayoríadesusmiembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea de accionistas fija la remuneración del directorio. Los directores deben depositar como garantía la suma total de $ 10.000 (diez mil pesos) cada uno de los directores, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 256 de la ley 19.550, y conforme las resoluciones de la Inspección General de Justicia Nº 20/04 y...

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