Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 9 de Agosto de 2018, expediente CAF 048936/2015/CA001

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 48936/2015 “PISTRELLI HENRY MARTIN ASESORES SRL c/ EN-AFIP-DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA” juzgado nº 6 En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días del mes de del año dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los señores jueces de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver los autos “PISTRELLI HENRY MARTIN ASESORES S.R.L. C/EN- AFIP DGI S/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA”, expte. nº

48.936/2015, y La Dra. C.M. do P. dijo:

  1. La sentencia de fs. 154/157 rechazó, con costas, la demanda interpuesta por la firma P.H.M.A. S.R.L.

    mediante la que persiguió la declaración de nulidad de la resolución nº

    40/2015 dictada por la Dirección General Microcentro de la AFIP-

    DG

  2. Esa resolución había rechazado el recurso de apelación interpuesto en los términos del art. 74 de la ley 11.683 contra el acto administrativo que liquidó e intimó a la empresa actora a pagar la suma de $ 67.254,85 en concepto de intereses resarcitorios correspondientes al anticipo nº 9 del impuesto a las ganancias por el período fiscal 2014.

  3. Para así decidir, el juez de grado sostuvo sustancialmente que:

    1. Si bien el recurrente presentó la declaración jurada en el impuesto a las ganancias con anterioridad al vencimiento del anticipo nº 9, subsumiendo la deuda del anticipo en cuestión, lo cierto es que esa inclusión no fue extensiva al monto de los intereses resarcitorios, por lo que ellos debían ser calculados y pagados.

    2. La voluntad de la actora de presentar la declaración jurada de manera adelantada no puede modificar el régimen legal de los anticipos.

      Fecha de firma: 09/08/2018 Alta en sistema: 10/08/2018 Firmado por: DRA. DO PICO - DRA. HEILAND - DR. FACIO - , JUECES DE CÁMARA - - H. GERDING SECRETARIO #27455111#211945618#20180807151046845 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 48936/2015 “PISTRELLI HENRY MARTIN ASESORES SRL c/ EN-AFIP-DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA” juzgado nº 6 3. De conformidad con la doctrina que se desprende del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “F.V.D.S.A. s/ apelación” la actora debió calcular los intereses resarcitorios correspondientes al anticipo nº 9 no ingresado.

    3. El cálculo de los intereses resarcitorios practicado por el Fisco se ajustó a los parámetros previstos en la normativa por lo que la suma resultante no se advertía...

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