Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 18 de Agosto de 2016, expediente CNT 053863/2012/CA001

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA DEFINITIVA Nº: 109235 SALA II EXPEDIENTE Nº: 53863/2012 (JUZG. Nº

72)

AUTOS: "PIRIS, J.H. c/ STARMOUNT S.A. Y OTROS s/

DESPIDO”

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la Ciudad de Buenos Aires, el 18 de agosto de 2016 , reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

M.Á.P. dijo:

La sentencia de primera instancia rechazó las pretensiones salariales, indemnizatorias y sancionatorias deducidas en el escrito inicial.

A fin de que sea revisada esa decisión por este Tribunal de Alzada, interpuso recurso de apelación la parte actora, en los términos y con los alcances que explicita en su expresión de agravios (fs. 320/336), replicada por la contraria Trindy S.R.L. (fs. 342/348). A su vez, la Dra. S. apeló los honorarios regulados en su favor por la representación y patrocinio letrado de los codemandados Trindy S.R.L. y S.M.S. por considerarlos bajos (fs. 337).

  1. fundamentar el recurso, la parte actora se agravia porque el a quo consideró que entre el accionante y las codemandadas no existió una relación laboral, sino un vínculo de carácter comercial. Sostiene que es inadmisible la forma en que el juez a quo considera desvirtuada la presunción del art. 23 LO, a partir de una errónea valoración de la prueba testimonial y documental obrante en autos. Cuestiona también la forma en que fueron impuestas las costas y la totalidad de los honorarios regulados en la instancia anterior por estimarlos elevados.

Por las razones que - sucintamente – se han reseñado, solicita se revoque el fallo recurrido y se haga lugar a la demanda en todas sus partes, con costas a las accionadas.

Los términos en que fueran expresados los agravios imponen memorar que el actor, de profesión ingeniero, señaló, en el escrito de inicio, que ingresó a trabajar bajo la dependencia de los demandados - Starmount S.A., Trindy S.R.L., la Sra. S.M.S., el Sr. D.C., la Sra. P.O. y el Sr.

V.V. - el 18/03/2001, quienes conformaban un grupo económico que adquiría, Fecha de firma: 18/08/2016 comercializaba y distribuía productos de belleza, cosmética y varios otros de uso Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.F., SECRETARIO INTERINO #19919298#159014911#20160818131828522 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II cotidiano. Dijo haberse desempeñado como jefe de ingeniería de proceso, en tareas de desarrollo de ideación de equipos a través de su dirección y asesoramiento e instalación de maquinaria y equipamiento. Adujo haber cumplido una jornada de trabajo que se desarrollaba de lunes a sábados con ingreso a las 09:00 y egreso a partir de las 18:00 hs., y que era habitual su presencia también los días domingo en caso de necesidades específicas.

Denunció haber percibido como mejor remuneración mensual la suma de $15.000, carente de todo registro. Destacó que, a los fines de adelantarse a la defensa que pudieran esgrimir las codemandadas, participó de una única relación comercial con los accionados, entre 23/01/2001 y 08/03/2001, cuando conformaba una sociedad de hecho conjuntamente con el Sr. S.. Relató que, tras recuperarse parcialmente de un ataque cardiorrespiratorio que habría sufrido a mediados de junio de 2011, solicitó a la Sra. S. el cobro de los salarios caídos, quien le negó la procedencia del reclamo tras atribuirle al Sr. P. el carácter de “profesional” no dependiente de las accionadas. Por tales motivos, intimó el 28/10/2011, por medio de comunicación telegráfica, a S.S.A. y Trindy S.R.L., a la que sólo respondió esta última, negando la relación laboral. Indicó que, como consecuencia de ello, se consideró despedido en los telegramas de 09/11/2011, por el silencio de Starmount S.A. y la negativa de Trindy S.R.L.

A fs. 64/70, contestó la demanda Trindy S.R.L., quién negó la relación laboral y mencionó haber desarrollado vínculos de carácter comercial con el actor a través de diferentes sociedades que aquél habría integrado, según surgiría de diferentes elementos de prueba documental aportada a la causa.

A fs. 71/73, contestó la demanda la Sra. S., quién invocó la excepción de falta de legitimación pasiva y adhirió al responde de la codemandada Trindy S.R.L. A fs. 146 se tuvo a la Sra. O., al Sr. V. y al Sr.

Costa por incursos en la situación prevista en el art. 71 LO, tercer párrafo.

A su vez, a fs. 146, se tuvo por no presentada la demanda contra S.S.A., al efectivizarse el apercibimiento contemplado en el art.

67 LO.

Como el actor invocó una supuesta relación laboral respecto de la cual todas las personas físicas y jurídicas serían solidariamente responsables, creo...

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