Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 13 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita601/15
Número de CUIJ21 - 509761 - 1

Texto del fallo Reg.: A y S t 265 p 349/353.

Santa Fe, 13 de octubre del año 2.015.

VISTOS: Los autos "PIRA, S.R. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD- (EXPTE. 540/14) EN AUTOS: 'PIRA, SEBASTIÁN RODRIGO S/ HOMICIDIO -SOBRESEIMIENTO POR PRESCRIPCIÓN' - (EXPTE.

2319/13) sobre QUEJA POR DENAGACIÓN DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00509761-1), venidos para resolver la concesión del recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación interpuesto por la Fiscal de Cámaras N° 3 de Rosario contra la decisión de este Tribunal del 12.05.2015; y, CONSIDERANDO:

  1. Que el recurso deducido por la compareciente contra la resolución de esta Corte registrada en A. y S. T. 262, págs. 361/372 (fs. 63/74v.), no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3 -incisos "d" y "e"- del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al no efectuar la presentante una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones enunciadas por el Tribunal Superior de la causa, demostrando asimismo que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales aludidas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho federal invocado.

    Ello es así, toda vez que al fundar la vía federal la F. se limita a reiterar sus agravios oportunamente expresados contra la decisión del A quo que confirmó el sobreseimiento de R.S.P. por prescripción de la acción penal. De este modo, ratifica aquí la recurrente su propia postura en cuanto a la solución que correspondería dar al caso -insistiendo en afirmar que la declaración de prescripción de la acción penal estando el imputado contumaz viola el debido proceso legal, la igualdad ante la ley, el principio de legalidad y el derecho de las víctimas a obtener respuesta por parte de los órganos estatales- mas sin aportar argumentos con eficacia en orden a demostrar que este Tribunal hubiese desestimado la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local sin brindar razones jurídicas suficientes, de modo arbitrario o lesivo de derechos constitucionales.

    En tal sentido, cabe destacar que esta Corte explicó, en síntesis, que más allá de la falta de planteo oportuno de la cuestión, la pretensión de la Fiscal de que se declare la inconstitucionalidad de la norma en virtud de la cual se dispuso el sobreseimiento del imputado por prescripción de la...

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